BOLETÍN Nº 56 - 7 de mayo de 2001

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Social número Dos de Navarra

E D I C T O

Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Navarra.

Hago saber: Que en proceso seguido ante este Juzgado de lo Social número Dos registrado con número 106/2000, ejecución número 106/2000, a instancia de María Angeles López Moreno, Nuria Legaz Modrego e Izaskun Echechipía Ciciro, contra Adriana Jiménez Campo y Víctor Jiménez Campo, en reclamación sobre ordinario, en providencia de esta fecha he acordado sacar a la venta en pública subasta, los siguientes bienes embargados como propiedad de la parte demandada, cuya relación y tasación es la siguiente:

BIENES QUE SE SUBASTAN Y VALORACION

Lote primero.-Equipo informático Macintosh y PC (Power Macintosh 7500/100, pantalla de 21", 2 Gb de disco duro, 88 Mb RAM+Disco interno 500 Mb). Equipo informático Macintosh y PC Power Macintosh 6100/60 (pantalla 21", 2 Gb, disco duro, 64 Mb RAM + coprocesador 300 Mzh). Macintosh y PC Power Macintosh 7500/100 (pantalla de 15", Gb disco duro, 128 Mb RAM). Impresora láser Writer (12/640 PTS). Escáner Crosfield Celsius 240. Removible Syquest. Lectores ópticos SQP 230 Mb e ITEM 128 Mb. Lector Zip (100 Mb) Lomega. Lector Jaz (1 Gb) Lomega. Filmadora Fujifilm PL/400 (averiada). Valor del lote: 235.000 pesetas.

Lote segundo.-Fotocopiadora Konica U-BX 6192 B/N. Valorada en 350.000 pesetas.

Lote tercero.-Fotocopiadora digital Konica 7060 con Ordenador RIP.IP.302. Valorada en: 1.100.000 pesetas.

Lote cuarto.-Fotocopiadora digital color, Konica 7723+RIP. Hotspur, con pantalla 15". Valor del lote: 1.300.000 pesetas.

Lote quinto.-Material de oficina. Cizalla Rotratrim Euro Cut. Encuadernadora colocadora espiral Mustang 200. Encuadernadora canutillo Rucupi R-3000. Encuadernadora Wireo Rilecart WB-34. Guillotina Ideal 4700. Fax Mita TC 710. Maquina de escribir Gabriella 9009. Doce discos Jaz (1 Gb). 50 Discos ópticos 128 Mb. 60 Discos ópticos 230 Mb. Grapadora Stanley Bostitch 00540. Caja registradora Barroc, Mod. 100. Grabadora CD 4X Lacie. Procesadora Rapilina 43. Instalación de red 10 T HUB/8. Módem Supraexpress 288. Teléfono inalámbrico Panasonic. Valor del lote: 717.000 pesetas.

Lote sexto.-Unidad de aire acondicionado Fujitsu A54 24 AS. Cinco sillas con ruedas de oficina. Cuatro sillas de tipo director. Cuatro módulos de mostrador en gris. Seis lámparas fluorescentes. Valor del lote 178.000 pesetas.

CONDICIONES DE SUBASTA

Tendrá lugar en la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en Pamplona, el día 22 de mayo 2001, a las doce horas de la mañana.

Si por causa de fuerza mayor se suspendiese, se celebrará al día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar.

La subasta se celebrará bajo las condiciones siguientes:

Primera: En cualquier momento anterior a la aprobación del remate o de la adjudicación al acreedor podrá el deudor liberar sus bienes pagando íntegramente principal, intereses y costas (artículo 650.5 L.E.C.).

Segunda: Los licitadores deberán identificarse de forma suficiente, declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta y presentar resguardo de que han depositado en el Banco Bilbao-Vizcaya sucursal calle Monasterio de Urdax, número 45, de Pamplona, en la cuenta número 3159-0000-64-0106-00, de depósitos y consignaciones de este Juzgado, o de que han prestado aval bancario, por el importe del veinte por ciento del valor de tasación de los bienes.

Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo, llevándose a cabo las devoluciones que procedan con arreglo a Derecho únicamente a la persona designada (artículo 647.1 y 625.2 L.E.C.).

Tercera: Desde el presente anuncio hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito, en sobre cerrado que contendrá identificación de forma suficiente del postor y declaración de que conoce las condiciones de la subasta, acompañando justificante de haber efectuado el depósito a que se refiere la condición anterior. Los sobres cerrados serán abiertos al inicio de la subasta y las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo los mismos efectos que las que se realicen oralmente (artículo 648 L.E.C.).

Cuarta: El ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que se hicieren, sin necesidad de consignar cantidad alguna (artículo 647.2 L.E.C.).

Quinta: Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose facultad de ceder el remate a un tercero (artículo 647.3 L.E.C.).

Sexta: El precio del remate deberá abonarse en el plazo de 10 días siguientes a la aprobación del mismo y realizada la consignación se le pondrá en posesión de los bienes (artículo 650.1 L.E.C.).

Se exceptúa el caso de que quien hubiera hecho la mejor postura, igual o superior al cincuenta por ciento del avalúo, fuera el ejecutante, en cuyo caso, aprobado el remate se procederá por el Secretario Judicial a la liquidación de lo que se deba por principal e intereses, y notificada esta liquidación, el ejecutante deberá consignar la diferencia, si la hubiera, en el plazo de diez días a resultas de la liquidación de costas (artículo 650.2 L.E.C.).

Séptima: En la subasta se podrán ofrecer cantidades libremente, si bien, la aprobación directa del remate sólo se producirá si la cantidad más alta de las ofrecidas fuera igual o superior al cincuenta por ciento del valor de los bienes subastados (artículo 650.1 L.E.C.), no siéndolo, se seguirán los trámites establecidos en el artículo 650.4 L.E.C.

Octava: Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor pedir la adjudicación de los bienes por el treinta por ciento del valor de tasación o por la cantidad que se le deba dar por todos los conceptos. Cuando el acreedor, en el plazo de veinte días, no hiciere uso de esa facultad, se procederá al alzamiento del embargo, a instancia del ejecutado.

Novena: Aprobado el remate se devolverán las cantidades depositadas por los postores excepto la que corresponda al mejor postor, la cual se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación, y, en su caso, como parte del precio de la venta. Sin embargo, si los demás postores lo solicitan, también se mantendrán a disposición del Tribunal las cantidades depositadas por ellos, para que, si el rematante no entregare en plazo el resto del precio, pueda aprobarse el remate en favor de los que le sigan, por el orden de sus respectivas posturas (artículo 652.1 L.E.C.).

Y para que sirva de notificación al público en general y a las partes de este proceso en particular, una vez que haya sido publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y en cumplimiento de lo establecido en Leyes Procesales, expido la presente en Pamplona, a nueve de abril de dos mil uno. La Secretaria, Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.

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