BOLETÍN Nº 56 - 7 de mayo de 2001

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Social número Uno de Navarra

Cédula de notificación

Don Antonio Fernández Ayesa, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Uno de los de Navarra.

Hago saber: Que en el procedimiento demanda número 78/2001 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de don José Antonio Arellano Valles, contra la empresa Muebles Navarco, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"Que estimando la demanda de reclamación de cantidad formulada por don José Antonio Arellano Valles, contra Muebles Navarco, S.L., y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a Muebles Navarco, S.L., a abonar al actor, la cantidad de 325.335 pesetas, por los conceptos a que se contrae la demanda, cuantía que devengará el interés del diez por ciento, condenando al Fondo de Garantía Salarial a estar y a pasar por lo establecido en esta sentencia.

Contra esta sentencia, cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 25.000 pesetas en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, procedimiento 3158-0000-65-007801, en la sucursal del Banco Bilbao-Vizcaya de la calle Monasterio de Urdax, número 45, de Pamplona, y justificante de haber ingresado, en operación aparte, aunque en el mismo Banco y cuenta, esta vez con el número de procedimiento 3158-0000-69-007801, la cantidad objeto de condena.

Esta última cantidad, podrá ser sustituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia Letrado que dirija el recurso y si no se hace, lo nombrará de oficio el Juzgado si se trata de trabajador o empresario con beneficio de justicia gratuita, el cual, ostentará también la cualidad de representante a menos que él hubiese hecho designación expresa de este último.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo".

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los Estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Muebles Navarco, S.L., que estuvo domiciliada en Carretera de Rincón, s/n, Corella, Navarra. y hoy en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

En Pamplona, a once de abril de dos mil uno. El Secretario Judicial, Antonio Fernández Ayesa.1520

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