BOLETÍN Nº 41 - 2 de abril de 2001

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

M E N D A V I A

Desafectación de comunales

El Pleno del Ayuntamiento de Mendavia, en sesión ordinaria celebrada el día 18 de enero de 2001, por mayoría, que representa el quórum de mayoría de dos tercios del número legal de miembros de la Corporación, exigida por el artículo 140.3. de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, adoptó el acuerdo del siguiente tenor:

1.-Segregar de la parcela recogida en el Registro Fiscal de la Riqueza Rústica al Polígono 6, Parcela 1.931, los 15.290 metros cuadrados señalados en la parte expositiva del presente acuerdo.

2.-Alterar inicialmente la calificación jurídica de los terrenos referidos, desafectándolos de su uso comunal, con la finalidad de proceder a su permuta por la finca recogida en la concentración parcelaria del Rubio de Arriba, al Polígono 7, Parcela 629, cuya extensión superficial es de 7.645 metros cuadrados, propiedad de doña Pilar Merino Lacalle.

3.-Aprobar el Pliego de Condiciones por el que se regirá la permuta, en el supuesto en que el Gobierno de Navarra apruebe la desafectación.

4.-Que el expediente se someta a información pública por el plazo de un mes en el Tablón de Anuncios y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a fin de que se puedan presentar las alegaciones que se consideren convenientes.

5.-Si no se formulasen reclamaciones en el plazo señalado, el expediente se tramitará al Gobierno de Navarra para su aprobación definitiva.

6.-Delegar en el señor Alcalde para la firma de las escrituras y cuantos documentos sean necesarios para hacer efectiva la permuta.

Mendavia, doce de febrero de dos mil uno. El Alcalde, Samuel Caro Sádaba.

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