BOLETÍN Nº 41 - 2 de abril de 2001

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA. Edicto de notificación.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 y 135 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de la Propuesta de Resolución de la Instructora del procedimiento sancionador número 29/2000, se procede por el presente a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo:

"PROPUESTA DE RESOLUCION de la Instructora del procedimiento sancionador número 29/2000, incoado mediante Orden Foral 185/2000, de 11 de agosto, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior frente a don José Lavea López, como titular del establecimiento denominado "Bar Camino Rojo", sito en la Carretera N121-A Km. 56 de la localidad de Santesteban, por presunta infracción de la normativa de espectáculos públicos y actividades recreativas.

1.º Hechos que se consideran probados:

Con fecha 31 de julio fue formulada denuncia por la Guardia Civil contra el establecimiento "Bar Camino Rojo" por carecer de Hojas de Reclamaciones.

2.º Valoración de los descargos presentados:

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 y 135 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de la Orden foral 185/2000, de 11 de agosto, del consejero de Presidencia, Justicia e Interior, se procedió en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo a publicar Edicto de notificación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 117, de 27 de septiembre de 2000 y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento del domicilio del expedientado, del día 20 de septiembre de 2000 al 3 de octubre del mismo año.

El expedientado no ha presentado alegaciones.

3.º Tipificación jurídica:

Los hechos considerados probados constituyen una infracción de lo dispuesto en el artículo 8.2.d de la Ley Foral 2/1989, de 13 de marzo, reguladora de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, tipificada como grave en el artículo 23.10 de la citada Ley Foral.

4.º Propuesta de resolución:

Por todo ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 27.1 de la Ley Foral 2/1989, de 13 de marzo, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, se propone imponer a don José Lavea López, como titular del establecimiento denominado "Bar Camino Rojo", sito en la Carretera N121-A Km. 56 de la localidad de Santesteban, una sanción de 100.000 pesetas.

Lo que se comunica al interesado para que en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente a la notificación de la presente propuesta de resolución, pueda formular alegaciones y presentar los documentos que estime pertinentes, poniéndose de manifiesto el expediente en las dependencias de la Dirección General de Interior (Avenida Carlos III, 2, 31002-Pamplona).

Pamplona, uno de febrero de dos mil uno.-La Instructora, Purificación González Merchán".

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