BOLETÍN Nº 41 - 2 de abril de 2001

V. ADMINISTRACION DEL ESTADO

DELEGACION DEL GOBIERNO EN LA RIOJA

Notificación acuerdo de sanción número 671/00

De conformidad con lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14), y para que sirva de notificación a don José Angel Gómez Oquiñena, al no haber sido ésta posible, tras haberse intentado en el último domicilio conocido, en calle Uztárroz, número 47-4.º izquierda, de Pamplona (Navarra), se hace público que esta Delegación del Gobierno ha dictado resolución con fecha 10 de enero de 2001, en el expediente sancionador número 671/00, por la que se le sanciona con multa de cincuenta mil una pesetas (300,51 euros), por infracción al artículo 23.n) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana ("Boletín Oficial del Estado" del 22), según la numeración establecida por la Disposición Adicional Cuarta, punto 3, de la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos ("Boletín Oficial del Estado", 5 de agosto), advirtiéndole de su derecho a interponer recurso de alzada ante el excelentísimo señor Ministro del Interior en el plazo de un mes, a partir de la publicación del presente edicto. Durante dicho plazo, se encuentra a su disposición el expediente referido a fin de que pueda conocer su contenido íntegro, en la sede de este Centro, sito en calle Muro de la Mata, número 3, de esta Capital (Artículo 61 Ley 30/1992).

Se le notifica asimismo, que viene obligado a hacer efectivo el importe de la sanción impuesta, en el plazo de 15 días hábiles, siguientes a la fecha en que sea firme esta sanción en vía administrativa, procediéndose, en caso de impago, a su exacción por la vía de apremio.

El pago de la sanción deberá hacerse efectivo en la cuenta corriente número 0049-6253-962710006569 de cualquier oficina del Banco Santander Central Hispano, consignando sus datos identificativos (D.N.I. o N.I.F. y apellidos y nombre) y el número que se asigna, a efectos de control del pago, a la resolución sancionadora en cuestión, que es 516/00/000671/5.

En caso de que usted, opte por hacer efectivo el importe de la sanción mediante transferencia bancaria desde otra entidad bancaria, deberá consignar los datos, anteriormente reseñados, en la orden de transferencia, y remitir a este Centro, copia de la presente notificación, junto con el resguardo de la orden de transferencia efectuada, significándole que tanto los gastos de la citada transferencia, como los correspondientes a la comunicación del ingreso correrán de su cuenta.

Logroño, siete de febrero de dos mil uno. El Delegado del Gobierno, Tomás López San Miguel.599

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