BOLETÍN Nº 40 - 30 de marzo de 2001

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Obras y Servicios Públicos

DECRETO FORAL 49/2001, de 26 de febrero, por el que se declara de utilidad pública y se aprueba la desafectación de 1.583 metros cuadrados de terreno comunal del Concejo de Orondritz (Erro), para su posterior permuta por 283 metros cuadrados de propiedad particular.

El Concejo de Orondritz (Erro) solicita la preceptiva aprobación por el Gobierno de Navarra de la desafectación de 1.583 metros cuadrados de terreno comunal, correspondientes a parte de la parcela 455 del polígono número 15.

Se pretende la permuta del terreno referido por 283 metros cuadrados, propiedad de doña Alejandra Erro Errea, desglosados de la forma siguiente:

-260 metros cuadrados, correspondientes a parte de la parcela 634 del polígono número 15.

-23 metros cuadrados, correspondientes a parte de la parcela 6 del polígono número 15.

El objeto de dicha permuta es la construcción de un camino y el ensanchamiento de otro para entrada al núcleo urbano.

Por el Concejo de Orondritz (Erro) se ha dado estricto cumplimiento a lo establecido sobre la materia objeto de este expediente en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, así como en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra, aprobado mediante el Decreto Foral 280/1990, de 18 de octubre.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintiséis de febrero de dos mil uno,

DECRETO:

Artículo 1.º Se declara de utilidad pública y se aprueba la desafectación de 1.583 metros cuadrados de terreno comunal del Concejo de Orondritz (Erro), correspondientes a parte de la parcela 455 del polígono número 15.

Artículo 2.º Se autoriza al Concejo de Orondritz (Erro) a permutar el terreno desafectado por 283 metros cuadrados, propiedad de doña Alejandra Erro Errea, desglosados de la forma siguiente:

-260 metros cuadrados, correspondientes a parte de la parcela 634 del polígono número 15.

-23 metros cuadrados, correspondientes a parte de la parcela 6 del polígono número 15.

El objeto de dicha permuta es la construcción de un camino y el ensanchamiento de otro para entrada al núcleo urbano.

Artículo 3.º La aprobación de dicha desafectación se condiciona a que se dé fiel cumplimiento al pliego de condiciones aprobado al efecto por el Concejo de Orondritz (Erro), en especial a la cláusula de reversión en caso de que desaparezcan o se incumplan los fines que motivaron la desafectación. Dicha cláusula deberá reflejarse en el documento público que formalice el contrato y en la posterior inscripción en el Registro de la Propiedad.

Artículo 4.º El Concejo de Orondritz (Erro) deberá proceder a la realización del deslinde de los terrenos objeto de este expediente, reflejándolo en la cartografía catastral oficial y dando cuenta de la modificación al Servicio de Riqueza Territorial de Hacienda Tributaria de Navarra y al Servicio de Estructuras Agrarias del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

DISPOSICION FINAL

Este Decreto Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, veintiséis de febrero de dos mil uno.-El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.-El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ignacio Javier Martínez Alfaro.

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