BOLETÍN Nº 38 - 26 de marzo de 2001

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Disposiciones Generales. Ordenes Forales

ORDEN FORAL 48/2001, de 26 de febrero, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueban los modelos F-50, en pesetas y en euros, de declaración anual de operaciones con terceras personas, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de sus hojas interiores por soportes directamente legibles por ordenador.

El Decreto Foral 265/1996, de 1 de julio, por el que se regula la declaración anual de operaciones con terceras personas, establece la obligación de los empresarios y profesionales de suministrar, con carácter periódico, información referida a dichas operaciones.

A estos efectos, la Orden Foral 15/1997, de 27 de enero, del Consejero de Economía y Hacienda, aprobó el modelo F-50 correspondiente a la declaración anual de operaciones con terceras personas, así como las instrucciones para su presentación en soporte magnético.

La necesaria adaptación del modelo F-50 a las actuales características y directrices que regulan el resto de modelos informativos de declaración exige la modificación del contenido del mismo. En este sentido se equiparan las condiciones y diseños de los soportes directamente legibles por ordenador a los establecidos para otro tipo de declaraciones informativas que deben presentarse ante la Administración tributaria. Con ello se posibilita un más adecuado tratamiento de la información suministrada, al mismo tiempo que se facilita a los obligados tributarios el cumplimiento con este deber de información.

El artículo 6.º del mencionado Decreto Foral 265/1996, de 1 de julio, faculta al Departamento de Economía y Hacienda para aprobar el modelo oficial al que deberá ajustarse la declaración anual de operaciones con terceras personas, así como para aprobar las condiciones y diseño en que dicha declaración podrá presentarse en soporte directamente legible por ordenador o mediante transmisión por vía telemática y para establecer las circunstancias en que dicha presentación sea obligatoria. Igualmente, se permite al referido Departamento para que autorice la presentación de declaraciones por medio de soportes colectivos directamente legibles por ordenador.

Además, debe significarse que los modelos de declaración que se aprueban por la presente Orden Foral son objeto de la necesaria adecuación a la adopción de la moneda única europea, el euro, por España el 1 de enero de 1999. Así, mediante la presente Orden Foral el Consejero de Economía y Hacienda, de acuerdo con la habilitación prevista en el artículo 33 de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre la introducción del euro, aprueba el modelo F-50 de declaración anual de operaciones con terceras personas en euros, determinándose, asimismo, los requisitos para la utilización del citado modelo en euros.

El artículo 36.2.b) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral, atribuye a los Consejeros, en relación con las competencias propias de su Departamento, el ejercicio, mediante Orden Foral, de la potestad reglamentaria.

En consecuencia y haciendo uso de tal atribución,

ORDENO:

Primero.-Aprobación de los modelos F-50, en pesetas y en euros.

1. Se aprueban los modelos F-50, en pesetas y euros, "Declaración anual de operaciones con terceras personas". Dichos modelos, que figuran en los anexos I y II de la presente Orden Foral, se componen de los siguientes documentos:

a) Hoja-resumen, que comprende dos ejemplares, uno para la Administración y otro para el interesado.

b) Hojas interiores de personas o entidades relacionadas en la declaración, cada una de las cuales consta, asimismo, de dos ejemplares, uno para la Administración y otro para el interesado.

c) Hoja anexo de relación de los arrendadores de locales de negocio, que también consta de dos ejemplares, uno para la Administración y otro para el interesado.

2. El modelo F-50 en pesetas que figura en el anexo I de la presente Orden Foral deberá ser utilizado, con carácter general, por aquellos obligados a suministrar información que no puedan utilizar el modelo F-50 en euros que figura en el anexo II de la misma o que, pudiendo utilizar este último modelo en el supuesto y condiciones dispuestas en el número siguiente de este apartado, no opten por realizar la declaración en euros.

3. El modelo F-50 en euros que figura en el anexo II de la presente Orden Foral podrá ser utilizado por aquellos declarantes que hayan ejercitado la opción de expresar en euros las anotaciones en sus libros de contabilidad, o en los registros exigidos por la normativa fiscal, desde el primer día del ejercicio económico correspondiente al año a que se refiera la declaración anual.

El ejercicio de la opción de utilizar el modelo F-50 en euros se entenderá realizado mediante la mera presentación del citado modelo.

La opción de utilización del modelo F-50 en euros tiene carácter irrevocable y abarca a la totalidad de declaraciones anuales con terceras personas que deba presentar el obligado al suministro de la información. A partir de este momento no se podrán utilizar los modelos F-50 en pesetas, salvo que concurran casos excepcionales de utilización de la unidad de cuenta peseta en los términos del apartado Tres del artículo 27 de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre introducción del euro, y que se mencionan en el Real Decreto 2814/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueban las normas sobre los aspectos contables de la introducción del euro. En este caso, deberá comunicarse tal situación al Departamento de Economía y Hacienda.

Segundo.-Aprobación de los diseños físicos y lógicos a los que deben ajustarse los soportes directamente legibles por ordenador de los modelos F-50, en pesetas o en euros.

1. Se aprueban los diseños físicos y lógicos que figuran en el anexo III de la presente Orden Foral, a los que deberán ajustarse los soportes directamente legibles por ordenador que se presenten en sustitución de las hojas interiores de personas o entidades relacionadas y de la hoja anexo de relación de los arrendamientos de locales de negocio, correspondientes a los modelos F-50, en pesetas o euros, que se aprueban por la presente Orden Foral.

2. Será obligatoria la presentación en soporte directamente legible por ordenador de aquellas declaraciones anuales de operaciones con terceras personas que contengan más de 25 personas o entidades relacionadas en la declaración. En los demás casos la presentación en soporte directamente legible por ordenador será opcional.

3. La presentación en soporte directamente legible por ordenador de aquellas declaraciones correspondientes a los modelos F-50, en pesetas o en euros, podrá realizarse de forma individual o de forma colectiva, según que el archivo correspondiente contenga los datos de un solo declarante, en el primer caso, o de varios, en el segundo.

Tercero.-Obligados a presentar los modelos F-50.

Los modelos F-50 deberán ser utilizados por las personas físicas y jurídicas a que se refiere el artículo 1.º del Decreto Foral 265/1996, de 1 de julio, por el que se regula la declaración anual de operaciones con terceras personas.

Cuarto.-Lugar de presentación de los modelos F-50, en pesetas o en euros, por medio de papel impreso.

La declaración anual de operaciones con terceras personas, modelos F-50, en pesetas o en euros, por medio de papel impreso, se presentará en el Departamento de Economía y Hacienda.

Quinto.-Lugar y forma de presentación de los modelos F-50, en pesetas o en euros, por medio de soporte directamente legible por ordenador.

1. Tratándose de soporte individual, la presentación se realizará en el Departamento de Economía y Hacienda debiendo ir, en todo caso, acompañado de la documentación a que se refiere el número 1 del apartado Sexto de la presente Orden Foral.

2. Tratándose de soportes colectivos, la presentación se realizará en el Departamento de Economía y Hacienda debiendo ir, en todo caso, acompañado de la documentación a que se refiere el número 2 del apartado Sexto de la presente Orden Foral.

Sexto.-Identificación de los soportes directamente legibles por ordenador de los modelos F-50, en pesetas y en euros, y forma de presentación de los mismos.

1. Tratándose de presentación individual en soporte directamente legible por ordenador, el declarante presentará los siguientes documentos:

1) Los dos ejemplares, para la Administración y para el interesado, de la hoja resumen de los modelos F-50, en pesetas o en euros, debidamente firmados, indicando en los espacios correspondientes la identidad del declarante firmante, así como los restantes datos que en la citada hoja-resumen se solicitan, excepto los relativos a la presentación colectiva.

Una vez sellados por la oficina receptora, el declarante retirará el "ejemplar para el interesado" de la hoja-resumen del modelo F-50 presentado, que servirá como justificante de la entrega.

2) El soporte directamente legible por ordenador deberá tener una etiqueta adherida en el exterior, en la que se hagan constar los datos que se especifican a continuación y, necesariamente, por el mismo orden:

a) Ejercicio.

b) Modelo de presentación: F-50.

c) Número de Identificación Fiscal (NIF) del declarante.

d) Apellidos y nombre, o razón social, del declarante.

e) Domicilio, municipio y código postal del declarante.

f) Apellidos y nombre de la persona con quien relacionarse.

g) Teléfono y extensión de dicha persona.

h) Número total de registros.

i) Densidad del soporte: 1.600 ó 6.250 BPI, sólo cintas, y 720 KB ó 1.44 MB en disquetes de 3 1/2".

Para hacer constar los referidos datos, bastará consignar cada uno de ellos precedidos de la letra que les corresponda según la relación anterior.

En el supuesto de que el archivo conste de dos o más soportes directamente legibles por ordenador, todos llevarán su etiqueta numerada secuencialmente: 1/n, 2/n, etc., siendo "n" el número total de soportes. En la etiqueta del segundo y sucesivos volúmenes sólo será necesario consignar los datos indicados en las letras a), b), c) y d) anteriores.

2. Tratándose de presentación colectiva en soporte directamente legible por ordenador, la persona o entidad presentadora entregará los siguientes documentos:

1) Los dos ejemplares, para la Administración y para el interesado, de la hoja resumen correspondiente al presentador, modelos F-50, en pesetas y en euros, debidamente firmados, dejando constancia, en el espacio reservado al efecto, de la identidad del firmante, del número total de declarantes y del número total de personas o entidades relacionadas, así como el ejercicio y tipo de presentación.

Una vez sellados por la oficina receptora, el presentador retirará el "ejemplar para el interesado" de la hoja resumen, que servirá como justificante de la entrega.

2) Los dos ejemplares, para la Administración y para el interesado, de las hojas resumen, modelos F-50, en pesetas o en euros, correspondientes a todos y cada uno de los declarantes contenidos en la presentación colectiva, debidamente firmados y cumplimentados.

Una vez sellados por la oficina receptora, el presentador retirará los "ejemplares para el interesado" de las hojas resumen presentadas. No obstante, si el número de hojas resumen presentadas así lo aconseja y con el objeto de agilizar la recogida de documentos, la retirada por el presentador de los ejemplares señalados podrá realizarse con posterioridad a la presentación, lo que será oportunamente comunicado.

3) El soporte directamente legible por ordenador deberá tener una etiqueta adherida en el exterior, en la que se hagan constar los datos del presentador que se especifican a continuación y, necesariamente, en el mismo orden:

a) Ejercicio.

b) Modelo de presentación: F-50.

c) Número de Identificación Fiscal (NIF) del presentador.

d) Apellidos y nombre, razón social o denominación, del presentador.

e) Domicilio, municipio y código postal del presentador.

f) Apellidos y nombre de la persona con la que relacionarse.

g) Teléfono y extensión de dicha persona.

h) Número total de registros.

i) Densidad del soporte: 1.600 ó 6.250 BPI, sólo cintas, y 720 KB ó 1.44 MB en disquetes de 3 1/2".

j) Número total de declarantes presentados.

k) Número total de declarados presentados.

Para hacer constar los referidos datos, bastará consignar cada uno de ellos precedido de la letra que le corresponda según la relación anterior.

En el caso de que la presentación conste de más de un soporte directamente legible por ordenador, todos llevarán su etiqueta numerada secuencialmente: 1/n, 2/n, etc., siendo "n" el número total de soportes. En la etiqueta del segundo y sucesivos volúmenes sólo será necesario consignar los datos indicados en las letras a), b), c) y d) anteriores.

3. Todas las recepciones de soportes legibles por ordenador serán provisionales, a resultas de su proceso y comprobación. Cuando no se ajusten al diseño y demás especificaciones establecidas en la presente Orden Foral, o cuando no resulte posible el acceso a la información contenida en los mismos, se requerirá al declarante para que en el plazo de diez días hábiles subsane los defectos de que adolezca el soporte informático presentado, transcurridos los cuáles y de persistir anomalías que impidan a la Administración tributaria el acceso a los datos exigibles, se tendrá por no presentada la declaración informativa a todos los efectos, circunstancia esta que se pondrá en conocimiento del obligado tributario de forma motivada.

4. Por razones de seguridad, los soportes legibles directamente por ordenador no se devolverán, salvo que se solicite expresamente, en cuyo caso se procederá al borrado y entrega de los mismos u otros similares.

Séptimo.-Plazo de presentación de los modelos F-50, en pesetas o en euros.

La presentación de la declaración anual de operaciones con terceras personas, modelos F-50, en pesetas o en euros, tanto en papel impreso como en soporte directamente legible por ordenador o por vía telemática, se realizará durante los veinte primeros días naturales del mes de abril de cada año, en relación con las operaciones realizadas durante el año natural anterior.

DISPOSICION DEROGATORIA

Queda derogada la Orden Foral 15/1997, de 27 de enero, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo de impreso F-50 correspondiente a la declaración anual de operaciones con terceras personas y las instrucciones para su presentación en soporte magnético.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y será de aplicación, por primera vez, a las operaciones realizadas durante el año natural de 2000 y a las declaraciones correspondientes a éste que deben presentarse durante los veinte primeros días naturales del mes de abril de 2001.

Pamplona, veintiseis de febrero de dos mil uno.- El Consejero de Economía y Hacienda, Francisco Iribarren Fentanes.

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

Diseños físicos y lógicos del soporte directamente legible por ordenador del modelo F-50

A) Características de los soportes magnéticos

Los soportes directamente legibles por ordenador para la presentación de la declaración anual de operaciones con terceras personas (Modelo F-50), habrán de cumplir las siguientes características:

Cinta magnética:

Pistas: 9.

Densidad: 1.600 ó 6.250 BPI.

Código: EBCDIC, en mayúsculas.

Etiquetas: Sin etiquetas.

Marcas: En principio y fin de cinta.

Registros de: 250 posiciones.

Factor de bloqueo: 10.

Disquetes:

De 3 1/2" doble cara. Doble densidad (720KB) Sistema operativo MS-DOS y compatibles.

De 3 1/2" doble cara. Alta densidad (1.44MB) Sistema operativo MS-DOS y compatibles.

Código ASCII en mayúsculas sin caracteres de control o tabulación.

Registros de: 250 posiciones.

Los disquetes de 3 1/2" deberán llevar un solo fichero, cuyo nombre será RTPAXXXX, siendo XXXX las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponde la declaración, conteniendo este único fichero los diferentes tipos de registros y en el orden que se menciona en el apartado B).

Si el fichero ocupa más de un disquete, deberá particionarse en tantos ficheros como sea necesario. Cada uno de los ficheros parciales tendrá la denominación RTPAxxxx.NNN(NNN=001,002, ), siendo xxxx las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponde la declaración y NNN el número consecutivo del fichero comenzando por el 001.

Los archivos parciales contendrán siempre registros completos, es decir, nunca podrá particionarse el fichero dejando registros incompletos en los ficheros parciales.

B) Diseños lógicos

Descripcion de los registros:

Para cada declarante se incluirán dos tipos diferentes de registro, que se distinguen por la primera posición, con arreglo a los siguientes criterios:

Tipo 1: Registro del declarante: Datos identificativos y resumen de la declaración. Diseño de tipo de registro 1 de los recogidos más adelante en estos mismos apartados y Anexo de la presente Orden Foral.

Tipo 2: Registro de declarado y Registro de inmueble. Diseño de tipo de registro 2 de los recogidos más adelante en estos mismos apartados y Anexo de la presente Orden Foral.

El orden de presentación será el del tipo de registro, existiendo un único registro del tipo 1 y tantos registros del tipo 2 como declarados e inmuebles tenga la declaración, siendo diferentes los de declarados y los de inmuebles.

Todos los campos alfanuméricos y alfabéticos se presentarán alineados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas sin caracteres especiales, y sin vocales acentuadas.

Para los caracteres específicos del idioma se utilizará la codificación ISO-8859-1. De esta forma la letra "Ñ" tendrá el valor ASCII 209 (Hex.D1) y la "€" (cedilla mayúscula) el valor ASCII 199 (Hex.C7).

Todos los campos numéricos se presentarán alineados a la derecha y rellenos a ceros por la izquierda, sin signos y sin empaquetar.

Todos los campos tendrán contenido, a no ser que se especifique lo contrario en la descripción del campo. Si no lo tuvieran, los campos numéricos se rellenarán a ceros y tanto los alfanuméricos como los alfabéticos a blancos.

En los supuestos de presentación colectiva (más de un declarante en el mismo archivo) se presentará como primer registro del soporte un registro tipo cero, con arreglo al diseño del tipo de registro cero que se incluye a continuación en este mismo apartado, el cual contendrá los datos de la persona o entidad responsable de la presentación y existirá en todo caso, aunque dicha persona o entidad figure también en el soporte como declarante. A continuación seguirán los datos del primer declarante (tipo 1), seguidos de sus declarados e inmuebles (tipo 2); a continuación los datos del siguiente declarante y así sucesivamente.

El primer registro del fichero (tipo 0 para presentaciones colectivas o tipo 1 para presentaciones individuales) contendrá un campo de 13 caracteres, en las posiciones 238 a 250, reservado para el sello electrónico, que será cumplimentado exclusivamente por los programas oficiales que, en su caso, facilite la Hacienda Tributaria de Navarra. En cualquier otro caso se rellenará a blancos.

MODELO F-50

A.-Tipo de registro 0: Presentacion colectiva

POSICIONES NATURALEZA DESCRIPCION DE LOS CAMPOS

1 Numérico TIPO DE REGISTRO.

Constante '0' (cero).

2-4 Numérico MODELO DE PRESENTACION.

Constante '347'.

5-8 Numérico EJERCICIO.

Las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponden las declaraciones incluidas en el soporte.

9-17 Alfanumérico N.I.F. DEL PRESENTADOR.

Se consignará el NIF del presentador. Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control, y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda, de acuerdo con las reglas previstas en el Real Decreto 338/1990, de 9 de marzo, por el que se regula la composición y forma de utilización del NIF, y en el Decreto Foral 182/1990, de 31 de julio, por el que se regula el Número de Identificación Fiscal.

18-57 Alfanumérico APELLIDOS Y NOMBRE O RAZON SOCIAL DEL PRESENTADOR.

Se rellenará con el mismo criterio que el especificado para el declarante en el registro de tipo 1.

58-109 Alfanumérico DOMICILIO DEL PRESENTADOR.

Este campo se subdivide en nueve:

58-59 SG: Siglas de la vía pública.

60-79 VIA PUBLICA: Nombre de la Vía Pública.

Ha de ser alfabético y, en consecuencia, la que tenga números en su nombre se consignará con letras (ejemplo: 2 de mayo, será dos de mayo). En caso de ser una carretera se finalizará con la abreviatura Km.

80-84 NUMERO: Número de la casa o punto kilométrico (sin decimales).

Ha de ser numérico de cinco posiciones.

85-86 ESCALERA.

87-88 PISO.

89-90 PUERTA.

91-95 CODIGO POSTAL: El que corresponda al domicilio del presentador. Ha de ser numérico de cinco posiciones.

96-107 MUNICIPIO: Ocupa doce posiciones. Si el nombre excede de doce caracteres se consignarán los doce primeros sin artículos ni preposiciones.

108-109 CODIGO PROVINCIA: Se rellenará con el mismo criterio que el especificado para el campo CODIGO PROVINCIA del registro de declarado (Tipo 2). Numérico.

110-114 Numérico TOTAL DECLARANTES.

Campo numérico de cinco posiciones.

Se indicará el número total de personas o entidades declarantes incluidas en el soporte colectivo. (Número de registros de tipo 1 grabados).

115-123 Numérico TOTAL DECLARADOS.

Campo numérico de 9 posiciones.

Se indicará el número total de declarados (registros) incluidos en el soporte, con independencia de los declarantes a que correspondan.

Se incluirán tanto los que figuren en el registro de declarado (registro de tipo 2) como los que figuren en el registro de inmueble (registro de tipo 2).

124 Alfabético TIPO DE SOPORTE.

Se cumplimentará una de las siguientes claves:

'C': Si la información se presenta en cinta magnética.

'D': Si la información se presenta en disquete.

125-173 Alfanumérico PERSONA CON QUIEN RELACIONARSE.

Datos de la persona con quién relacionarse. Este campo se subdivide en dos:

125-133 TELEFONO: Campo numérico de nueve posiciones.

134-173 APELLIDOS Y NOMBRE: Se rellenará con el mismo criterio que el especificado para el declarante en el registro de tipo 1.

174-237 BLANCOS.

238-250 Alfanumérico SELLO ELECTRONICO.

Campo reservado para el sello electrónico en presentaciones colectivas, que será cumplimentado exclusivamente por los programas oficiales que, en su caso, facilite la Hacienda Tributaria de Navarra. En cualquier otro caso se rellenará a blancos.

* Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.

* Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.

* Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.

* Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.

MODELO F-50

B.-Tipo de registro 1: Registro de declarante

POSICIONES NATURALEZA DESCRIPCION DE LOS CAMPOS

1 Numérico TIPO DE REGISTRO.

Constante '1'.

2-4 Numérico MODELO DECLARACION.

Constante '347'.

5-8 Numérico EJERCICIO.

Las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponde la declaración.

9-17 Alfanumérico N.I.F. DEL DECLARANTE.

Se consignará el N.I.F. del declarante. Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control, y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda, de acuerdo con las reglas previstas en el Real Decreto 338/1990, de 9 de marzo, por el que se regula la composición y forma de utilización del NIF, y en el Decreto Foral 182/1990, de 31 de julio, por el que se regula el Número de Identificación Fiscal.

18-57 Alfanumérico APELLIDOS Y NOMBRE O RAZON SOCIAL DEL DECLARANTE.

Si es una persona física se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo, necesariamente en este orden.

Para personas jurídicas y entidades en régimen de atribución de rentas, se consignará la razón social completa, sin anagrama.

En ningún caso podrá figurar en este campo un nombre comercial.

58 Alfabético TIPO DE SOPORTE.

Se cumplimentará una de las siguientes claves:

'C': Si la información se presenta en cinta magnética.

'D': Si la información se presenta en disquete.

59-107 Alfanumérico PERSONA CON QUIEN RELACIONARSE.

Datos de la persona con quién relacionarse. Este campo se subdivide en dos:

59-67 TELEFONO: Campo numérico de nueve posiciones.

68-107 APELLIDOS Y NOMBRE: Se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo, necesariamente en este orden.

108-120 Numérico NUMERO DE JUSTIFICANTE DE LA DECLARACION.

Se consignará como número de justificante correspondiente a la declaración. Campo de contenido numérico de 13 posiciones.

El número de justificante que habrá de figurar en el modelo F-50 en euros, será un número secuencial cuyos tres primeros dígitos se corresponderán con el código 348.

121-122 Alfabético DECLARACION COMPLEMENTARIA O SUSTITUTIVA.

En el caso excepcional de segunda o posterior presentación de declaraciones deberá cumplimentarse obligatoriamente uno de los siguientes campos:

121 DECLARACION COMPLEMENTARIA: Se consignará una "C" si la presentación de esta declaración tiene por objeto incluir percepciones que, debiendo haber figurado en otra declaración del mismo ejercicio presentada anteriormente, hubieran sido completamente omitidas en la misma.

122 DECLARACION SUSTITUTIVA. Se consignará una "S" si la presentación tiene como objeto anular y sustituir completamente a otra declaración anterior del mismo ejercicio. Una declaración sustitutiva sólo puede anular a una única declaración anterior.

123-135 Numérico NUMERO DE JUSTIFICANTE DE LA DECLARACION ANTERIOR.

En cualquier caso deberá rellenarse a CEROS.

136-144 Numérico NUMERO TOTAL DE PERSONAS Y ENTIDADES.

Se consignará el número total de personas y entidades declarados en el soporte para este declarante que figuren en el registro de declarado (registro de tipo 2). Si un mismo declarado figura en varios registros, se computará tantas veces como figure relacionado. (Número de registros de tipo 2).

145-159 Numérico IMPORTE TOTAL DE LAS OPERACIONES.

Campo numérico de 15 posiciones.

Se consignará sin signo y sin decimales 'IMPORTE DE LAS OPERACIONES' (posiciones 83 a 97) correspondientes a los registros de declarados.

Si el modelo corresponde a una presentación en la unidad de cuenta peseta (el campo "NUMERO DE JUSTIFICANTE" comienza por 347), los importes se consignarán en pesetas. Si se corresponde a una presentación en la unidad de cuenta euro (el campo "NUMERO DE JUSTIFICANTE" comienza por 348) los importes deben configurarse en céntimos de euros. Por los tanto los importes nunca llevarán decimales.

Las declaraciones incluidas en un mismo soporte colectivo deben estar expresadas en la misma unidad de cuenta monetaria.

160-168 Numérico NUMERO TOTAL DE INMUEBLES.

Se consignará el número total de inmuebles declarados en el soporte para este declarante que figuren en el registro de inmueble (registro de tipo 2). Si un mismo inmueble figura en varios registros, se computará tantas veces como figure relacionado. (Número de registros de tipo 2).

169-183 Numérico IMPORTE TOTAL DE LAS OPERACIONES DE ARRENDAMIENTO DE LOCALES DE NEGOCIO.

Campo numérico de 15 posiciones.

Se consignará sin signo y sin decimales la suma total de las cantidades reflejadas en el campo 'IMPORTE DE LA OPERACION' (posiciones 100 a 114) correspondientes a los registros de inmuebles.

Si el modelo corresponde a una presentación en la unidad de cuenta peseta(el campo "NUMERO DE JUSTIFICANTE" comienza por 347), los importes se consignarán en pesetas. Si se corresponde a una presentación en la unidad de cuenta euro (el campo "NUMERO DE JUSTIFICANTE" comienza por 348), los importes deben configurarse en céntimos de euros. Por lo tanto los importes nunca llevarán decimales.

Las declaraciones incluidas en un mismo soporte colectivo debe estar expresadas en la misma unidad de cuenta monetaria.

184-237 - BLANCOS.

238-250 Alfanumérico SELLO ELECTRONICO.

Campo reservado para el sello electrónico en presentaciones individuales, qué será cumplimentado exclusivamente por los programas oficiales que, en su caso, facilite la Hacienda Tributaria de Navarra. En cualquier otro caso se rellenará a blancos.

* Todos los importes serán positivos.

* Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.

* Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.

* Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.

* Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.

MODELO F-50

C.-Tipo de registro 2: Registro de declarado

POSICIONES NATURALEZA DESCRIPCION DE LOS CAMPOS

1 Numérico TIPO DE REGISTRO.

Constante '2'.

2-4 Numérico MODELO DE PRESENTACION.

Constante '347'.

5-8 Numérico EJERCICIO.

Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1.

9-17 Alfanumérico N.I.F. DEL DECLARANTE.

Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1.

18-26 Alfanumérico N.I.F. DEL DECLARADO.

Si es una persona física se consignará el N.I.F. del declarado de acuerdo con las reglas previstas en el Real Decreto 338/1990, de 9 de marzo, por el que se regula la composición y forma de utilización del NIF, y en el Decreto Foral 182/1990, de 31 de julio, por el que se regula el Número de Identificación Fiscal.

Si el perceptor es una entidad en régimen de atribución de rentas (Comunidad de bienes, sociedad civil, herencia yacente, etc.) se consignará el número de identificación fiscal correspondiente a la misma.

Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control, y rellenando con ceros las posiciones a la izquierda.

En el supuesto de perceptores menores de edad que carezcan de NIF no se cumplimentará este campo, sino el campo "NIF del representante legal" en el que se hará constar el NIF de su representante legal (padre, madre o tutor).

27-35 Alfanumérico N.I.F. DEL REPRESENTANTE LEGAL.

Si el perceptor es menor de edad se consignará en este campo el NIF de su representante legal (padre, madre o tutor).

En cualquier otro caso el contenido de este campo se rellenará a espacios.

36-75 Alfanumérico APELLIDOS Y NOMBRE, RAZON SOCIAL O DENOMINACION DEL DECLARADO.

a) Para personas físicas se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo, necesariamente en este mismo orden. Si el perceptor es menor de edad, se consignarán en este campo los apellidos y nombre del menor de edad.

b) Tratándose de personas jurídicas y entidades en régimen de atribución de rentas, se consignará la denominación completa de la entidad, sin anagramas.

76 Alfabético TIPO DE HOJA.

Constante 'D'.

77-81 Numérico CODIGO PROVINCIA/PAIS.

77-78 CODIGO PROVINCIA:

Campo numérico de dos posiciones. En el caso de residentes o de no residentes que operen en territorio español mediante establecimiento permanente, se consignará el correspondiente al domicilio fiscal del declarado. Se consignarán los dos dígitos que correspondan a la provincia o, en su caso, ciudad autónoma, del domicilio del declarado, según la siguiente relación:

ALAVA 01

ALBACETE 02

ALICANTE 03

ALMERIA 04

ASTURIAS 33

AVILA 05

BADAJOZ 06

BARCELONA 08

BURGOS 09

CACERES 10

CADIZ 11

CANTABRIA 39

CASTELLON 12

CEUTA 51

CIUDAD REAL 13

CORDOBA 14

CORUÑA, A 15

CUENCA 16

GIRONA 17

GRANADA 18

GUADALAJARA 19

GUIPUZCOA 20

HUELVA 21

HUESCA 22

ILLES BALEARS 07

JAEN 23

LEON 24

LLEIDA 25

LUGO 27

MADRID 28

MALAGA 29

MELILLA 52

MURCIA 30

NAVARRA 31

OURENSE 32

PALENCIA 34

PALMAS, LAS 35

PONTEVEDRA 36

RIOJA, LA 26

SALAMANCA 37

S.C. TENERIFE 38

SEGOVIA 40

SEVILLA 41

SORIA 42

TARRAGONA 43

TERUEL 44

TOLEDO 45

VALENCIA 46

VALLADOLID 47

VIZCAYA 48

ZAMORA 49

ZARAGOZA 50

En el caso de no residentes sin establecimiento permanente se consignará 99.

79-81 CODIGO PAIS.

Campo numérico de 3 posiciones.

En el caso de no residentes sin establecimiento permanente se consignará XXX, siendo XXX el Código del país de residencia del declarado, de acuerdo con las claves de países/territorios que figuran en el anexo V de la Orden Foral 26/2000 de 15 de febrero del Consejero de Economía y Hacienda.

En cualquier otro caso se rellenará a ceros.

82 Alfabético CLAVE CODIGO

Se consignará la que corresponda según el siguiente detalle:

A Adquisición de bienes y servicios superiores a 500.000 pesetas (3.005,06 euros).

B Entregas de bienes y prestaciones de servicios superiores a 500.000 pesetas (3.005,06 euros).

C Cobros por cuenta de terceros superiores a 50.000 pesetas (300,51 euros).

D Adquisiciones de bienes o servicios al margen de cualquier actividad empresarial o profesional por Entidades Públicas superiores a 500.000 pesetas (3.005,06 euros.

E Subvenciones, auxilios y ayudas satisfechos por las Administraciones Públicas superiores a 500.000 pesetas (3.005,06 euros).

(Clave de uso exclusivo para Administraciones Públicas que satisfagan dichas subvenciones, auxilios y ayudas, nunca deben utilizar esta clave los perceptores de las mismas).

83-97 Numérico IMPORTE DE LAS OPERACIONES.

Se consignará el importe total de las operaciones, sin signo y sin decimales, con excepción de las Entidades Aseguradoras que harán constar de forma separada las operaciones de seguro del resto, así como los arrendadores y arren datarios de locales de negocio que consignarán separadamente las operaciones de arrendamiento de locales de negocio declarables del resto.

Si el modelo corresponde a una presentación en la unidad de cuenta peseta (el campo "NUMERO DE JUSTIFICANTE" comienza por 347), los importes se consignarán en pesetas. Si se corresponde a una presentación en la unidad de cuenta euro (el campo "NUMERO DE JUSTIFICANTE" comienza por 348), los importes deben configurarse en céntimos de euros. Por lo tanto los importes nunca llevarán decimales.

Las declaraciones incluidas en un mismo soporte colectivo deben estar expresadas en la misma unidad de cuenta monetaria.

98 Alfabético OPERACION SEGURO.

(Sólo Entidades Aseguradoras).

Las Entidades Aseguradoras pondrán una 'X' en este campo para identificar las operaciones de seguros, debiendo consignarlas separadamente del resto de operaciones.

99 Alfabético ARRENDAMIENTO LOCAL NEGOCIO.

(Sólo arrendadores y arrendatarios de Locales de Negocio).

Se pondrá en este campo una 'X' para operaciones de arrendamiento de locales de negocio, debiendo consignarlas separadamente del resto.

Además los arrendadores deberán cumplimentar los campos que componen el REGISTRO DE INMUEBLE, consignando el Importe Total de cada arrendamiento correspondiente al año natural al que se refiere la declaración, con independencia de que éste ya haya sido incluido en la clave 'B' (ventas).

100-250 - BLANCOS.

* Todos los importes serán positivos.

* Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.

* Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.

* Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.

* Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.

MODELO F-50

C.-Tipo de registro 2: Registro de inmueble

POSICIONES NATURALEZA DESCRIPCION DE LOS CAMPOS

1 Numérico TIPO DE REGISTRO.

Constante '2'.

2-4 Numérico MODELO DE PRESENTACION.

Constante '347'.

5-8 Numérico EJERCICIO.

Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1.

9-17 Alfanumérico N.I.F. DEL DECLARANTE.

Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1.

18-26 Alfanumérico N.I.F. DEL ARRENDATARIO.

Si es una persona física se consignará el N.I.F. del arrendatario de acuerdo con las reglas previstas en el Real Decreto 338/1990, de 9 de marzo, por el que se regula la composición y forma de utilización del NIF, y en el Decreto Foral 182/1990, de 31 de julio, por el que se regula el Número de Identificación Fiscal.

Si el perceptor es una entidad en régimen de atribución de rentas (Comunidad de bienes, sociedad civil, herencia yacente, etc.) se consignará el número de identificación fiscal correspondiente a la misma.

Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control, y rellenando con ceros las posiciones a la izquierda.

En el supuesto de perceptores menores de edad que carezcan de NIF no se cumplimentará este campo, sino el campo "NIF del representante legal" en el que se hará constar el NIF de su representante legal (padre, madre o tutor).

27-35 Alfanumérico N.I.F. DEL REPRESENTANTE LEGAL.

Si el arrendatario es menor de edad se consignará en este campo el número de identificación fiscal de su representante legal (padre, madre o tutor).

En cualquier otro caso el contenido de este campo se rellenará a espacios.

36-75 Alfanumérico APELLIDOS Y NOMBRE, RAZON SOCIAL O DENOMINACION DEL ARRENDATARIO.

a) Para personas físicas se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo, necesariamente en este mismo orden. Si el perceptor es menor de edad, se consignarán en este campo los apellidos y nombre del menor de edad.

b) Tratándose de personas jurídicas y entidades en régimen de atribución de rentas, se consignará la razón social o la denominación completa de la entidad, sin anagramas.

76 Alfabético TIPO DE HOJA.

Constante 'I'.

77-99 - BLANCOS.

100-114 Numérico IMPORTE DE LA OPERACION.

Se consignará el importe total, sin signo y sin decimales, del arrendamiento del local de negocios correspondientes al año natural al que se refiere la declaración, cualquiera que sea la cuantía a la que ascienda el mismo.

Si el modelo corresponde a una presentación en la unidad de cuenta peseta (el campo "NUMERO DE JUSTIFICANTE" comienza por 347), los importes se consignarán en pesetas. Si se corresponde a una presentaciÍn en la unidad de cuenta euro (el campo "NUMERO DE JUSTIFICANTE" comienza por 348), los importes deben configurarse en céntimos de euros. Por lo tanto los importes nunca llevarán decimales.

Las declaraciones incluidas en un mismo soporte colectivo deben estar expresadas en la misma unidad de cuenta monetaria.

115-139 Alfanumérico REFERENCIA CATASTRAL.

Se consignará la referencia catastral correspondiente al local de negocio arrendado.

140-141 Numérico CODIGO PROVINCIA.

Se consignarán los dos dígitos que correspondan a la provincia o, en su caso, ciudad autónoma, del que corresponda al local de negocios arrendado, según la siguiente relación:

ALAVA 01

ALBACETE 02

ALICANTE 03

ALMERIA 04

ASTURIAS 33

AVILA 05

BADAJOZ 06

BARCELONA 08

BURGOS 09

CACERES 10

CADIZ 11

CANTABRIA 39

CASTELLON 12

CEUTA 51

CIUDAD REAL 13

CORDOBA 14

CORUÑA, A 15

CUENCA 16

GIRONA 17

GRANADA 18

GUADALAJARA 19

GUIPUZCOA 20

HUELVA 21

HUESCA 22

ILLES BALEARS 07

JAEN 23

LEON 24

LLEIDA 25

LUGO 27

MADRID 28

MALAGA 29

MELILLA 52

MURCIA 30

NAVARRA 31

OURENSE 32

PALENCIA 34

PALMAS, LAS 35

PONTEVEDRA 36

RIOJA, LA 26

SALAMANCA 37

S.C. TENERIFE 38

SEGOVIA 40

SEVILLA 41

SORIA 42

TARRAGONA 43

TERUEL 44

TOLEDO 45

VALENCIA 46

VALLADOLID 47

VIZCAYA 48

ZAMORA 49

ZARAGOZA 50

142-165 Alfanumérico MUNICIPIO.

Se consignará el correspondiente al local de negocio arrendado.

166-167 Alfabético S.G. (CALLE, PLAZA, AVDA.).

Siglas del domicilio del local de negocio arrendado, según las siguientes claves:

AL= Alameda, Aldea

AP= Apartamento

AV= Avenida

BL= Bloque

BO= Barrio

CH= Chalet

CL= Calle

CM= Camino

CO= Colonia

CR= Carretera

CS= Caserío

CT= Cuesta

ED= Edificio

GL= Glorieta

GR= Grupo

LU= Lugar

ME= Mercado

MU= Municipio

MZ= Manzana

PB= Poblado

PG= Polígono

PJ= Pasaje

PQ= Parque

PZ= Plaza

PR= Prolongación

PS= Paseo

RB= Rambla

RD= Ronda

TR= Travesía

UR= Urbanización

168-187 Alfabético NOMBRE DE LA VIA PUBLICA.

Nombre de la vía pública del domicilio del local de negocio arrendado. Ha de ser alfabético y, en consecuencia, la que tenga números en su nombre se consignará con letras (ejemplo: 2 de mayo, será dos de mayo). Si no cupiese completo el nombre, no grabar artículos, preposiciones ni conjunciones y utilizar abreviaturas de uso general. En caso de ser una carretera se finalizará con la abreviatura Km.

188-192 Numérico NUMERO.

Numérico sin decimales.

Número de la vía pública del domicilio del local de negocio arrendado.

193-194 Alfanumérico ESCALERA.

Escalera del domicilio del local de negocio arrendado.

195-196 Alfanumérico PISO.

Piso del domicilio del local de negocio arrendado.

197-198 Alfanumérico PUERTA.

Puerta del domicilio del local de negocio arrendado.

199-250 Alfanumérico BLANCOS.

* Todos los importes serán positivos.

* Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.

* Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.

* Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.

* Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.

Código del anuncio: A0102220