BOLETÍN Nº 23 - 19 de febrero de 2001

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

OLAZTI/OLAZAGUTIA

Decreto de Alcaldía número 8/2001

Visto que mediante Decreto de Alcaldía número 138/2000 de 26 de septiembre se aprobó inicialmente el Proyecto de Reparcelación del Sector S-3.

Visto que publicado anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 132, de 1 de noviembre de 2000, en el periodo de información pública se han presentado alegaciones por parte de don Marcelino Galparsoro Jauregi, doña Rosa Igoa Mundiñano y don Javier Lasa Aramendia.

Visto el informe a las alegaciones emitido por el equipo redactor del proyecto de Reparcelación del Sector S-3.

Considerando lo dispuesto en el artículo 146 en relación con el 119 de la Ley Foral 10/1994 de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Considerando asimismo las facultades que me arroga el artículo 21.1.j de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999.

Resuelvo:

1.-Desestimar íntegramente las alegaciones presentadas por don Marcelino Galparsoro Jauregi, doña Rosa Igoa Mundiñano y don Javier Lasa Aramendia, motivado en el informe de alegaciones arriba citado.

2.-Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación del sector S-3, dando lugar a las unidades de ejecución S-3-a y S-3-b.

3.-Publicar este acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.-Comunicar el presente acuerdo a los titulares de fincas sitas en el Sector S-3.

5.-Dar traslado del presente acuerdo a don Marcelino Galparsoro Jauregi, doña Rosa Igoa Mundiñano y don Javier Lasa Aramendia adjuntando copia diligenciada del informe de alegaciones suscrito por el equipo redactor del proyecto.

Contra el presente acto o acuerdo, podrán interponer los siguientes recursos:

1.º Potestativamente en el plazo de un mes recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó o bien recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra.

2.º Recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a contar del siguiente a su notificación ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, salvo en los supuestos previstos en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998 que se presentaran ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.

Olazti/Olazagutía, a quince de enero de dos mil uno. El Alcalde, José Manuel Armendáriz Catalán.

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