BOLETÍN Nº 23 - 19 de febrero de 2001

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

L O N G U I D A

E D I C T O

El Pleno del Ayuntamiento de Lónguida, en sesión de 14 de diciembre de 2000, adoptó el acuerdo que se transcribe literalmente a continuación:

11.-Visto Informe Técnico de la Arquitecto Municipal de 20 de octubre de 2000, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos Vasco-Navarro el día 26 de octubre siguiente, sobre estado de conservación de los edificios e instalaciones existentes en el denominado "Barrio del Aserradero de Ecay-Lónguida".

Vista comunicación del Director del Servicio de Calidad Ambiental del Gobierno de Navarra, de 26 de mayo de 2000, relativa al carácter de "suelo contaminado" en diferentes zonas y edificaciones de dicho Barrio.

Visto informe jurídico de los Letrados de los muy ilustres Colegios de Abogados de Pamplona y de Madrid, doña María José y don José Luis Beaumont Aristu, de 30 de noviembre de 2000.

Debatido el asunto y sometido a votación, se acuerda por unanimidad, con 7 votos a favor de don Francisco Javier Oliver Carte, doña Maite Rey Arizcuren, don Koldobika Egiluz Gaubeka, doña Beatriz Gorráiz Echamendi, doña María José Redín Aristu, don José Armendáriz Olaverri, don Miguel Angel Itúrbide Iriarte:

1.º Iniciar el expediente contradictorio de ruina y/o de requerimiento urgente de conservación y mantenimiento respecto de todos los inmuebles a que el expresado Informe Técnico se refiere y en los términos en que se propone para cada uno, así como en los términos de indicada comunicación del Gobierno de Navarra, de 26 de mayo de 2000.

2.º Dar audiencia a los propietarios y/o posibles titulares de derechos reales sobre los inmuebles citados, mediante notificación del presente acuerdo al que se adjuntarán copias de expresados Informe Técnico y comunicación del Gobierno de Navarra, a fin de que en el término de quince días, desde su notificación, aleguen y presenten por escrito cuantos informes periciales y documentación estimen oportunos en defensa de sus derechos.

3.º De conformidad con lo señalado en los preceptos legales citados, las posibles responsabilidades que por daños y perjuicios a personas y bienes pudieran deducirse como consecuencia del estado actual de los inmuebles, serán imputables exclusivamente a sus titulares.

4.º Disponer la colocación de carteles en los accesos al Barrio Aserradero de Ecay, advirtiendo del peligro de acercarse, facultando expresamente al Alcalde para que disponga los medios necesarios a tal fin.

5.º Notificar el presente acuerdo a todos cuantos propietarios y/o titulares de derechos en dicho Barrio Aserradero, figuran en los correspondientes Registros Públicos, con indicación. de que contra el presente acuerdo no cabe recurso alguno.

6.º Dar traslado del presente acuerdo al Servicio de Calidad Ambiental del Gobierno de Navarra.

7.º Publicar el presente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Lónguida, a cinco de enero de dos mil uno. El Alcalde, Francisco Javier Oliver Carte.

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