BOLETÍN Nº 23 - 19 de febrero de 2001

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

A N C I N

Tipos de gravamen

El Pleno del excelentísimo Ayuntamiento de Ancín, en sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2000, de conformidad con lo establecido en la Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra, adoptó el siguiente acuerdo:

a) Fijar en el 0,20 por ciento el tipo de gravamen para la exacción de la Contribución Territorial Urbana.

b) Fijar en el 0,50 por ciento el tipo de gravamen para la exacción de la Contribución Territorial Rústica.

c) Fijar en el 2 por ciento el tipo de gravamen del Impuesto Sobre Instalaciones, Construcciones Y Obras.

d) Aplicar un recargo del 10 por ciento a las tarifas del impuesto de Actividades Económicas (índice aplicable 1,10).

El presente acuerdo entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2001 y seguirá en vigor en tanto no se acuerde su modificación o derogación.

Ancín, a ocho de enero de dos mil uno. El Alcalde, Jon Iriberri Berrostegieta.

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