BOLETÍN Nº 23 - 19 de febrero de 2001

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

L O D O S A

Relación de infracciones a la Ley de Tráfico. (Resoluciones)

No habiendo podido ser notificadas las resoluciones dictadas por esta Alcaldía por infracciones a la Ley de Tráfico, Seguridad Vial y Circulación de Vehículos a Motor, que figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo y demás legislación aplicable, se publica el siguiente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra:

Propietario: Jaime Munárriz Guezala. Matrícula: NA-9750-AD. Lugar: C. Parroquial. Día: 7-11-99. Hora: 9,35. Importe: 10.000. Infracción: RGC 154.1. Expediente: 7/00.

Propietario: José Antonio Iñigo Ruiz. Matrícula: M-5790-JU. Lugar: C. Parroquial. Día: 7-11-99. Hora: 9,35. Importe: 10.000. Infracción: RGC 154. Expediente: 8/00.

Propietario: José Luis Sáinz Albero. Matrícula: NA-4619-S. Lugar: C. Parroquial. Día: 30-4-00. Hora: 1,38. Importe: 10.000. Infracción: RGC 154. Expediente: 106/00.

La Multa deberá hacerse efectiva dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de su firmeza. Vencido dicho plazo de ingreso sin que se hubiese satisfecho la multa, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio.

Contra la imposición de tales sanciones, desde el día siguiente a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, cabe interponer cualquiera de estos recursos:

1.-En el plazo de un mes, desde el día siguiente a la notificación, el de reposición, ante el órgano municipal autor del mismo (Ley 30/1992, de 25 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero).

Si se presenta el recurso de reposición, no se pueden interponer ni el de alzada ni el contencioso-administrativo, hasta que sea resuelto o desestimado presuntamente el de reposición.

Contra la resolución de un recurso de reposición no podrá interponerse de nuevo dicho recurso.

2.-En el plazo de un mes desde la notificación, el de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra (Ley Foral 6/1990, de 2 de julio).

Si se presenta recurso de alzada, no se podrá interponer el contencioso-administrativo, hasta que sea resuelto o desestimado presuntamente el de alzada.

3.-En el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la notificación, el contencioso-administrativo ante el órgano competente de dicha jurisdicción (Ley 29/1998 de 13 de julio).

Lodosa, a veintinueve de diciembre de dos mil. El Alcalde Presidente, Jesús María García Antón.

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