BOLETÍN Nº 22 - 16 de febrero de 2001

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Pamplona

Cédula de citación

En los autos de juicio de desahucio número 681/2000, que se siguen en este Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Pamplona, a instancia de don Carlos Javier Alonso Yerro, doña María Elena Alonso Yerro, doña María Julio Alonso Yerro y don Juan Manuel Alonso Yerro, contra Promociones y Construcciones Togreco, S.L., se ha dictado providencia de esta fecha, mandando convocar a las partes a juicio verbal, señalando para su celebración el día 2 de marzo de 2001, a las diez horas de su mañana, en la Sala de Audiencias del Juzgado, por la presente se cita a Promociones y Construcciones Togreco, S.L., para que el día y hora expresados pueda comparecer a la celebración del juicio, asistida de cuantos medios de prueba intente valerse, advirtiéndosele que deberá comparecer en legal forma, bajo apercibimiento de que no compareciendo por sí o por legítimo apoderado, se declarará el desahucio sin más citarla ni oírla.

Asimismo, se hace saber a la demandada que el artículo 1.563 de la Ley de Enjuiciamiento Civil dispone:

Primero: El desahucio por falta de pago de las rentas, de las cantidades asimiladas o de las cantidades cuyo pago hubiera asumido el arrendatario en el arrendamiento de viviendas o en el arrendamiento de una finca urbana habitable en la que se realicen actividades profesionales, comerciales o industriales, podrá ser enervado por el arrendatario si en algún momento anterior al señalado para la celebración del juicio, paga al actor o pone a su disposición en el Juzgado o notarialmente el importe de las cantidades en cuya inefectividad se sustente la demanda y el de las que en dicho instante adeude.

Se le hace saber que según manifiesta la parte actora en la papeleta de demanda, no cabe en este caso la enervación del desahucio mediante el pago o consignación del importe de las cantidades en cuya inefectividad se sustenta la demanda.

Y para que conste y sirva de cédula de citación, expido la presente en Pamplona, a veintidós de enero de dos mil uno. El Secretario, firma ilegible.305

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