BOLETÍN Nº 22 - 16 de febrero de 2001

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

C A B A N I L L A S

Modificación puntual de las Normas Subsidiarias. Aprobación inicial

El Ayuntamiento de esta Villa, en sesión ordinaria celebrada el día 15 de enero actual, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

1. Aprobar, inicialmente, la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Cabanillas, que consiste en añadir a cada uno de los artículos que seguidamente se mencionan, el texto que igualmente se señala.

Tomo II. Título 7. Capítulo 3. Condiciones Particulares del 2.º Ensanche. Artículo 7.3.3.

Tomo II. Título 7. Capítulo 4. Condiciones Particulares del 3.º Ensanche A. Artículo 7.4.3.

Tomo II. Título 7. Capítulo 5. Condiciones Particulares del 3.º Ensanche B. Artículo 7.5.3.

Texto a añadir:

En el caso de las actuales parcelas que lindaren a dos calles se podrán autorizar segregaciones o divisiones de las mismas, siempre que las parcelas resultantes dispongan de un mínimo de 8 metros de fachada y 120 m.2 de extensión. Estas dimensiones podrán ser inferiores en el caso de tratarse de una parcela ya consolidada en la actualidad, de menor dimensión.

2. Someter el expediente a exposición pública en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y Diario de Navarra, durante un mes, a los efectos establecidos en el artículo 115 de la Ley F. 10/94.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 115 de la Ley Foral 10/94, se somete a información pública dichas modificaciones, durante el plazo de un mes. Dicho expediente se encuentra a disposición de los interesados en la Secretaría del Ayuntamiento.

Cabanillas, dieciséis de enero de dos mil uno. La Alcaldesa, Ana María Rodríguez Eneriz.

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