BOLETÍN Nº 22 - 16 de febrero de 2001

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

P A M P L O N A

E D I C T O

El Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 28 de noviembre de 2000, adoptó entre otras, la siguiente resolución:

"Visto informe de inspección de fecha 14 de noviembre de 2000, sobre la realización de obras que exceden de la licencia concedida, y visto el informe jurídico en el que se reflejan los siguientes hechos:

Girada visita de inspección el día 14 de noviembre de 2000, se comprueba que, en el número 9 de la calle Santo Andía, se están realizado obras no recogidas en la licencia concedida con fecha 2 de septiembre de 1999 mediante resolución RUV 02-SEP-99 (11/CM), consistentes en la renovación de forjados, demolición de escaleras y de fachada trasera.

Vistos los antecedentes mencionados y los artículos pertinentes de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, el Decreto Foral 85/95, de 3 de abril, la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, he resuelto:

1.-Ordenar la inmediata cesación de las obras ilegales.

2.-Conceder un plazo de dos meses para la solicitud de licencia, previa presentación del preceptivo proyecto redactado por técnico competente y visado.

3.-Incoar expediente de restauración del orden infringido, en virtud del artículo 230 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, don Angel Arraiza Razquin dispone de un plazo de 15 días, a efectos del artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R.J.A.P. y P.A.C., para alegar aquello que estime oportuno en defensa de sus derechos y aportar documentos que estime pertinentes, transcurrido el cual se dictará la resolución que corresponda".

Contra esta resolución, cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

-Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

-Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de notificación de esta resolución, o bien,

-Recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 y 59.5 apartado a), de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquéllos que, intentada la notificación de forma legal, ésta no se les haya podido practicar.

Pamplona, tres de enero de dos mil uno. La Secretaria Técnica de Urbanismo y Vivienda, Esther Azanza Fernández.

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