BOLETÍN Nº 22 - 16 de febrero de 2001

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Social número Dos de Navarra

Cédula de citación

Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria Judicial del Juzgado Social número Dos de Navarra.

Hago saber: Que en autos número 606/2000 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de don Antonio Zaratiegui Basarte, contra la empresa Construcciones Senosiáin Elizalde, S.A. y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente:

"Propuesta de providencia. S.S.ª la Secretaria Judicial, doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz. En Pamplona, a catorce de diciembre de dos mil.

Por presentada la anterior demanda, se admite a trámite. Fórmense autos y regístrense entre los de su clase. Se cita a las partes a los actos de conciliación si procediere, y en su caso, juicio posterior, que tendrán lugar en única convocatoria en la Sala de Audiencias de este Juzgado de lo Social, sito en Pamplona, calle San Roque, s/n, el día 22 de enero de 2001, a las once horas treinta minutos de su mañana.

Dése traslado de copia de la demanda y demás documentos a la demandada. Se advierte a las partes que deberán concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse, así como con los documentos pertenecientes a las partes que hayan sido propuestos como medio de prueba por la parte contraria y se admita por este Juzgado, pudiendo estimarse probadas las alegaciones hechas por la contraria en relación con la prueba acordada si no se presentaran sin causa justificada.

Se advierte que si el demandante, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda y que la incomparecencia injustificada de la demandada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía.

Para la confesión judicial, cítese a la parte demandada apercibiéndole que en caso de incomparecencia, rehusase declarar o persistiese en no responder afirmativa o negativamente, podrá ser tenida por confesa.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley de procedimiento Laboral, cítese como parte al Fondo de Garantía Salarial, dándole traslado de la demanda.

La demandada deberá aportar la documental solicitada por la parte actora, la cual se declara pertinente.

Se declara pertinente también la documental solicitada en el otrosí segundo y se acuerda librar oficio al Departamento de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo del Gobierno de Navarra, en los términos interesados en el escrito.

Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Lo que propongo a S.S.ª para su conformidad. Conforme: El Magistrado. La Secretaria Judicial".

"Propuesta de providencia. S.S.ª la Secretaria Judicial, doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz. En Pamplona, a veinte de enero de dos mil uno.

El edicto devuelto por el BOLETIN OFICIAL de Navarra, únase a los autos de su razón. A la vista del contenido del mismo y la diligencia de fecha 17 de enero de 2001, se acuerda la suspensión de los actos de conciliación y juicio señalados para el día 22 de enero de 2001, señalándose para el día 28 de febrero de 2001, a las once horas treinta minutos de la mañana, debiendo citarse a las partes para el nuevo señalamiento, con los apercibimientos legales.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Lo que propongo a S.S.ª para su conformidad. Conforme: El Magistrado. La Secretaria Judicial".

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones que hayan de entenderse con él, se harán en los Estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación en legal forma a Construcciones Senosiáin Elizalde, S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

En Pamplona, a veinte de enero de dos mil uno. La Secretaria Judicial, Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.349

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