BOLETÍN Nº 19 - 9 de febrero de 2001

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

T U D E L A

Convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado, de 2 vacantes del puesto de trabajo de Técnico de Grado Medio al servicio del muy ilustre Ayuntamiento de Tudela

(Aprobada por Resolución de Alcaldía de fecha 30 de noviembre de 2000, según competencias otorgadas por Ley 21 abril de 1999)

1.-Objeto.

Convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado, de 2 vacantes del puesto de trabajo de Técnico de Grado Medio al Servicio del muy ilustre Ayuntamiento de Tudela, con destino una de ellas a la Subárea de Organización y Personal y otra al Area de Actividades Económicas y Empleo.

Las funciones a desempeñar en los puestos objeto de la convocatoria son las generales de apoyo técnico en el desarrollo y seguimiento de los expedientes del área, Asistencia e intervención en reuniones, comisiones, etcétera, relacionadas con sus competencias y cuantas funciones les sean encomendadas dentro de su nivel y categoría.

2.-Ampliación de vacantes.

Las plazas objeto de la presente convocatoria podrán completarse posteriormente con las que estén vacantes el día en que el Tribunal calificador de traslado al órgano convocante de la relación de concursantes por orden puntuación obtenida.

En el presente concurso serán objeto de provisión, no sólo las plazas inicialmente convocadas y, en su caso, las resultantes de la ampliación a que se refiere el párrafo anterior, sino también las que dejen vacantes los aspirantes que obtengan en el concurso una nueva plaza.

3.-Normativa aplicable.

El presente concurso de traslado se regirá por lo dispuesto en el artículo 33 del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el Capítulo II del Reglamento de provisión de puestos de trabajo, en el Decreto Foral número 186 de 15 de junio de 1998, en el Decreto Foral 283/2000 y en las bases de la presente convocatoria.

4.-Requisitos.

De conformidad con las disposiciones legales vigentes, quienes concurran al presente traslado deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:

a) Ostentar la condición de personal fijo del Ayuntamiento de Tudela así como de los organismos autónomos dependientes del mismo, en situación de servicio activo, servicios especiales o excedencia especial.

b) Hallarse encuadrado en el nivel o grupo B.

c) Haber sido nombrado para un puesto de trabajo de Técnico de Grado Medio al servicio del muy ilustre Ayuntamiento de Tudela.

Los funcionarios en situación de excedencia forzosa o voluntaria sin reserva de plaza podrán participar en el concurso, siempre que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria, obteniendo de esa forma el reingreso en el servicio activo y la adjudicación definitiva de una plaza.

La participación en el presente concurso no supone en ningún caso la modificación del régimen jurídico al que estuvieren sujetos los concursantes con anterioridad a su participación en el mismo.

5.-Retribuciones.

Serán las correspondientes según las disposiciones vigentes, si bien, según se establece en la actual Plantilla Orgánica Municipal, los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria tienen asignado un porcentaje del 35% en concepto de complemento de puesto de trabajo.

6.-Instancia, plazo y lugar de presentación.

a) Quienes deseen tomar parte en el presente concurso de traslado deberán presentar la correspondiente instancia en el Registro General del Ayuntamiento de Tudela, dentro del plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Las instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria y en ellas los aspirantes deberán manifestar, en cada caso, que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de la instancia.

b) A la instancia se acompañará la documentación, debidamente autenticada, que acredite cuantos méritos sean alegados a tenor del baremo establecido en la convocatoria.

c) El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

7.-Lista provisional de admitidos y reclamaciones.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el señor Alcalde aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, con la indicación de que, dentro de los cinco días naturales siguientes, los excluidos podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido. Si no se hubiera presentado ninguna solicitud dentro del plazo establecido, el señor Alcalde dictará Resolución declarando desierto el concurso. Dicha Resolución deberá publicarse en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Terminado el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el señor Alcalde aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Si no hubiera aspirantes excluidos se aprobará y publicará directamente en el BOLETIN OFICIAL de Navarra la lista definitiva de admitidos y excluidos

8.-Composición del Tribunal.

El Tribunal que ha de calificar el concurso estará compuesto por:

-Presidente: Don Pedro Felipe González, Concejal Delegado del Area de Gestión y Organización de Recursos del Ayuntamiento de Tudela.

Suplente: Don Ignacio Pérez Garde, Concejal Delegado del Area de Actividades Económicas y Empleo del Ayuntamiento de Tudela.

-Vocal: Un representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Tudela, designado por la misma.

Suplente: Un representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Tudela, designado por la misma.

-Vocal-Secretario: Don Luis Eduardo Gil Munilla, Director del Area de Actividades Económicas y Empleo del Ayuntamiento de Tudela.

Suplente: Doña Elena Zubieta Mozaz, Graduado Social del Ayuntamiento de Tudela.

9.-Calificación de méritos.

Los méritos alegados y justificados se calificarán y puntuarán por el Tribunal de acuerdo con el baremo adjunto.

Todos los méritos deberán ser alegados y probados documentalmente en el momento de presentar cada aspirante su instancia solicitando tomar parte en el presente concurso de traslado.

En ningún caso el Tribunal podrá dar por supuesta la concurrencia de un mérito que no hubiese sido alegado y que no hubiese sido acreditado documentalmente, ni podrá otorgar, por cada uno de los apartados del mismo, puntuación superior a la máxima señalada.

Los empates que se produzcan en la puntuación de los concursantes se dirimirán en favor de quienes cuenten con mayor antigüedad en la prestación de servicios a las Administraciones Públicas. Si persistiese el empate, éste se dirimirá en favor del concursante de mayor edad.

El Tribunal podrá solicitar aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por los concursantes.

Terminada la calificación de los méritos, el Tribunal hará públicas en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Tudela las puntuaciones obtenidas por los participantes .

10.-Relación de aspirantes según la puntuación obtenida.

Una vez efectuada la calificación de los concursantes, el Tribunal publicará las puntuaciones definitivas en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Tudela y remitirá la lista de aspirantes, ordenados conforme a la puntuación obtenida, al señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Tudela, quien adoptará, en su caso, la resolución oportuna en relación con la ampliación de las plazas inicialmente convocadas.

11.-Elección de vacantes.

Los concursantes podrán elegir las vacantes según la puntuación alcanzada, mediante comparecencia a estos efectos en Personal el día y hora que se señale. Los concursantes que, salvo casos de fuerza mayor suficientemente justificada, no elijan plaza, perderán todos sus derechos a desempeñar las vacantes objeto del concurso.

12.-Adjudicación y toma de posesión.

El señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Tudela, mediante la correspondiente Resolución, adjudicará a los concursantes las plazas que les hayan correspondido y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Los concursantes deberán tomar posesión de las plazas adjudicadas dentro de los diez días naturales siguientes al de notificación de la Resolución de adjudicación, salvo que en la misma el órgano convocante determine una fecha fija de toma de posesión si se dieran las circunstancias a que hace referencia el artículo 41.2 del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo.

13.-Recursos.

Contra la presente convocatoria y sus bases podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso contencioso - administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo/resolución, pudiendo no obstante interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que lo/la hubiera dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo o resolución; o bien,

b) Recurso de alzada, directamente, ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo o resolución.

Además contra las decisiones del Tribunal Calificador cabrá el recurso de alzada ante el muy ilustre señor Alcalde dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Tudela, treinta de noviembre de dos mil. El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Tudela, firma ilegible.

ANEXO I

Modelo de instancia

Solicitud para participar en la convocatoria del concurso de traslado para provisión de ....... plazas de ............................, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número ....... de fecha ...............

1.-Datos personales

Apellidos y nombre

Fecha y lugar de nacimiento

D.N.I.

Domicilio

Teléfono domicilio

Teléfono trabajo

2.-Datos administrativos

a) Situación administrativa:

Puesto de trabajo para el que fue nombrado:

En situación de servicio activo

En situación de servicios especiales

En situación de excedencia especial

En situación de excedencia voluntaria

En situación de excedencia forzosa

(Márquese con una x el concepto correspondiente)

b) Destino actual:

Puesto de trabajo:

Fecha de toma de posesión:

3.-El que suscribe manifiesta reunir todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

4.-Documentación acreditativa de los méritos alegados, que se adjunta a la solicitud.

Tudela, ....... de ................... de 2001.

(Firma)

ANEXO II

Baremo para la valoración de méritos

a) Servicios prestados a las Administraciones Públicas:

1) Servicios prestados con carácter fijo a cualquier Administración Pública en puestos de trabajo iguales o similares al de la convocatoria: por cada año 2 puntos.

2) Servicios prestados con carácter temporal a cualquier Administración Pública en puestos de trabajo iguales o similares al de la convocatoria: Por cada año 1,9 puntos.

3) Servicios prestados con carácter fijo a cualquier Administración Pública en puestos de trabajo distintos al de la convocatoria: Por cada año 1,8 puntos.

4) Servicios prestados con carácter temporal a cualquier Administración Pública en puestos de trabajo distintos al de la convocatoria: Por cada año 1,7 puntos.

-Notas

1.ª Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda al período en que se hayan prestado servicios.

2.ª La puntuación máxima de este apartado a) no podrá ser superior a 30 puntos, como dispone el artículo 9 del Decreto Foral 215/85, de 6 de noviembre, modificado por Decreto Foral número 186/98.

3.ª En los casos de servicios prestados a tiempo parcial se descontará la parte correspondiente.

4.ª No se valorarán los servicios prestados con posterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.

5.ª Los periodos en los que el funcionario haya estado en situación de servicios especiales o excedencia especial, así como desempeñando una Jefatura o Dirección de Unidad Orgánica, se computarán como servicios prestados en el puesto de trabajo que tuviera en el momento de acceso a dichas situaciones.

b) Formación, docencia e investigación:

1) Por cada título universitario: 2 puntos.

2) Por cada título de grado medio: 1 punto.

3) Por participación en acciones formativas : 0,50 puntos por cada crédito académico o su equivalente (10 horas lectivas), hasta un máximo de 7 puntos.

-Notas

1.ª Se prorratearán las fracciones de horas lectivas que resulten de los cursos a valorar.

2.ª Los certificados en que no conste duración en horas lectivas se valorarán como de 1 crédito.

3.ª Los certificados en que la duración que conste sea de un año académico se valorarán como de 12 créditos.

4) Presentación de ponencias o comunicaciones en congresos o jornadas, realización de trabajos científicos o de investigación becados o premiados y publicación de trabajos en revistas especializadas: hasta un máximo de 2 puntos, a valorar por el Tribunal calificador teniendo en cuenta el carácter individual o colectivo del trabajo o actividad, así como el ámbito local, regional, nacional o internacional del congreso o de la publicación.

5) Organización y/o participación docente en acciones formativas en el ámbito del sector público: hasta un máximo de 1 punto, a valorar por el Tribunal calificador en función de la duración de las mismas.

La puntuación máxima de este apartado b) no podrá ser superior a 10 puntos.

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