I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Disposiciones Generales. Ordenes Forales
ORDEN FORAL 4/2001, de 17 de enero, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden Foral 205/1999, de 2 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para el resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo, de determinadas actividades empresariales y profesionales, premios y determinadas imputaciones de renta, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores de dicho modelo por soportes directamente legibles por ordenador.
Por Decreto Foral 635/1999, de 30 de diciembre, se modificó el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sometiéndose a retención del 2 por 100 los rendimientos de actividades forestales, debiéndose incorporar esta información al modelo 190.
En consecuencia,
ORDENO:
Primero.-Se modifica la letra b) del número 1 del apartado Primero de la Orden Foral 205/1999, de 2 de noviembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 190, que quedará redactada de la siguiente forma:
"b) Rendimientos de actividades empresariales y profesionales:
Exclusivamente las que sean contraprestación de actividades profesionales, agrícolas, ganaderas o forestales en los términos del artículo 78 del Reglamento del Impuesto y los rendimientos a que se refiere el artículo 64.2.b) del citado Reglamento, cuando provengan de actividades empresariales y profesionales".
Segundo.-Se modifica la clave H de la posición 78 del "Tipo de registro 2: Percepción" de los diseños físicos y lógicos del soporte directamente legible por ordenador del modelo 190, que figuran en el anexo II de la Orden Foral 205/1999, de 2 de noviembre, del Consejero de Economía y Hacienda, quedando de la siguiente forma:
"H. Rendimientos de actividades agrícolas, ganaderas y forestales."
DISPOSICION FINAL
La presente Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y será aplicable a las declaraciones a presentar a partir de 1 de enero de 2001.
Pamplona, diecisiete de enero de dos mil uno.-El Consejero de Economía y Hacienda, Francisco J. Iribarren Fentanes.
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