BOLETÍN Nº 18 - 7 de febrero de 2001

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

T U D E L A

Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición de una plaza de Coordinador/a de Centros Cívicos del muy ilustre Ayuntamiento de Tudela con destino al Area de Promoción Ciudadana

(Aprobada por resolución de Alcaldía de fecha 30 de noviembre de 2000, según competencias otorgadas por Ley 21 abril de 1999).

1.-Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza de Coordinador/a de Centros Cívicos del Ayuntamiento de Tudela con destino al Area de Promoción Ciudadana.

1.2. El puesto de trabajo, que está encuadrado en el nivel B, estará dotado con las remuneraciones correspondientes a dicho nivel, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Provisional de Retribuciones aprobados por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y demás disposiciones aplicables, y el nombrado para su desempeño tendrá todos los derechos y deberes que señalan las disposiciones vigentes en materia del personal del Ayuntamiento de Tudela, y la Plantilla Orgánica.

El puesto de trabajo, según se establece en la actual Plantilla Orgánica Municipal tiene asignado un complemento del 35% en concepto de puesto de trabajo.

1.3. El aspirante nombrado tendrá el deber de residir en el término municipal de Tudela, a cuyo efecto fijará efectivamente su domicilio.

1.4. La jornada de trabajo será en régimen de jornada partida, adaptándose a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

1.5. El nombramiento conferirá al designado/a, a todos los efectos, el carácter de funcionario de nómina y plantilla desde la fecha de toma de posesión, siendo afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, tal y como establece la Ley Foral 13/1993, de 30 de diciembre.

2.-Funciones a desempeñar.

-Emisión de informes y propuestas derivados de las funciones antes mencionadas.

-Asistencia e intervención en reuniones, comisiones, etc., relacionadas con sus competencias.

-Conexión y coordinación con organizaciones y grupos y con centros de actividades de ocio y tiempo libre.

-Asunción y desarrollo de las actividades derivadas de su pertenencia a órganos municipales de representación y/o gestión.

-Coordinación del Ayuntamiento con la empresa adjudicataria de la gestión de los Centros Cívicos.

-Elaboración de previsiones y propuestas para presupuestos anuales.

-Tareas administrativas relacionadas con los Centros Cívicos.

-Elaboración de informes, pliegos de condiciones, bases de convocatorias y memorias anuales.

-Cuantas funciones les sean encomendadas dentro de su nivel y categoría.

3.-Requisitos de los aspirantes.

3.1. Para ser admitido al presente concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española y ser mayor de edad.

b) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Formación profesional de tercer grado o haber superado tres cursos completos de un título universitario de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.

c) Poseer la capacidad física necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

d) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

3.2. Salvo lo dispuesto en la base 4, los anteriores requisitos deberán acreditarse por el/la aspirante aprobado/a que obtenga puesto de trabajo, en el plazo y forma previstos en la base 10 de la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de oposición hasta el momento del nombramiento.

4.-Instancias.

4.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Tudela o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales, a partir del siguiente al de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria como Anexo I. En ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

4.2. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

4.3. Los aspirantes con minusvalías podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán indicar en la instancia la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar la acreditación de la condición de minusválido, expedida por los organismos competentes.

5.-Admisión de los aspirantes y reclamaciones.

5.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el señor Alcalde dictará resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos.

5.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el señor Alcalde dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

6.-Tribunal calificador.

6.1. El Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Doña Carmen Ferrer Cajal, Concejala Delegada del Area de Promoción Ciudadana.

Suplente: Doña María Victoria Castillo Floristán, Concejala de Educación, Centros Cívicos y Juventud.

Vocal: Don Ignacio Arbeloa, Técnico Grado Medio de Educación, Juventud y Deporte del Ayuntamiento de Pamplona.

Suplente: Don José Manuel Santaana Toledo, Pedagogo del Ayuntamiento de Pamplona.

Vocal: Don Jesús Beitia López, jefe de Sección de Planificación y Promoción del Instituto Navarro de Deporte y Juventud.

Suplente: Don Aurelio San Millán Pérez, Jefe de Negociado de Asociacionismo y Formación del Instituto Navarro de Deporte y Juventud.

Vocal: Un representante de la Junta de Personal del Ayuntamiento de Tudela designado por la misma.

Suplente: Un representante de la Junta de Personal del Ayuntamiento de Tudela designado por la misma.

Vocal Secretaria: Doña Pilar Guerendiain Biurrun, Directora del Area de Promoción Ciudadana.

Suplente: Doña Edurne Juanarena, Trabajadora Social del Ayuntamiento de Tudela.

El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

6.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución del órgano colegiado se requerirá la presencia del presidente y vocal Secretario/a o en su caso de quienes les sustituyan, y la de la mitad al menos, de sus miembros.

6.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

6.4. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquéllas.

7.-Desarrollo del concurso-oposición.

7.1. El concurso-oposición dará comienzo en el mes de abril del año 2001, siempre y cuando hayan transcurrido, como mínimo, dos meses desde la publicación de la convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición en la forma indicada en las presentes bases.

7.2. En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de la fase de oposición.

Posteriormente, el Tribunal hará públicos, oportunamente, los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas, en la forma reglamentaria.

7.3. La valoración global máxima del concurso-oposición será de 100 puntos., correspondiendo 25 puntos a la fase de concurso y 75 puntos a la de oposición.

8.-Fase de concurso.

8.1. El Tribunal procederá a valorar los méritos alegados y debidamente justificados, de acuerdo con el baremo que sigue. El Tribunal podrá, en cualquier momento, solicitar aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por los concursantes.

8.2. Baremo de méritos:

a) Por prestación de servicios en Administraciones Públicas:

-Servicios prestados en el nivel o grupo B en centros pertenecientes a cualquier Administración Pública y sus organismos autónomos con carácter fijo: Por cada año 1.2 puntos.

-Servicios prestados en el nivel o grupo B en centros pertenecientes a cualquier Administración Pública y sus organismos autónomos con carácter temporal: Por cada año 1 punto.

-Servicios prestados en otros niveles o grupos diferentes al que se concursa en centros pertenecientes a cualquier Administración Pública y sus organismos autónomos con carácter fijo: Por cada año 0.8 puntos.

-Servicios prestados en otros niveles o grupos diferentes al que se concursa en centros pertenecientes a cualquier Administración Pública y sus organismos autónomos con carácter temporal: Por cada año 0.6 puntos.

La puntuación máxima será de 15 puntos.

b) Participación en acciones formativas organizadas o acreditadas por organismos o centros públicos y centros universitarios en materias relacionadas con las funciones del puesto a desempeñar, por cada crédito académico o su equivalente (10 horas lectivas) 0,1 puntos. Los certificados en que no conste duración en horas se valorarán como de un crédito, y en los que coste duración de un año académico como de 12 créditos. Hasta un máximo 6 puntos, prorrateándose las fracciones.

c) Títulos académicos:

1. Titulaciones académicas de nivel superior universitario: 2 puntos por cada título.

2. Titulaciones académicas de grado medio: 1 punto por cada título.

3. Por cada curso aprobado en la escuela de Idiomas: 0,10 puntos.

4. Otras titulaciones académicas oficiales distintas a las anteriores, a valorar por el Tribunal, hasta 1 punto.

No se valorarán los títulos cuya posesión sea requisito indispensable para la consecución de otros de superior rango académico que se aleguen como mérito y sean objeto de valoración específica en el baremo. Asimismo tampoco podrá ser objeto de valoración, en su caso, el título que sirva como requisito para poder concurrir a la convocatoria.

La puntuación correspondiente a este apartado c) no podrá ser superior a 4 puntos.

8.3. La puntuación máxima otorgada a la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, será de 25 puntos distribuidos en los siguientes apartados:

a) Servicios prestados: Máximo 15 puntos.

b) Curriculum profesional: Máximo 6 puntos.

c) Títulos académicos: Máximo 4 puntos.

8.4. Concluida la fase de concurso, el Tribunal hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Tudela la relación de aspirantes, precisando los puntos que hayan obtenido cada uno de ellos.

9.-Fase de oposición.

9.1. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios:

a) Primer ejercicio.-De carácter teórico, que consistirá en exponer por escrito, durante el plazo máximo de 4 horas, dos temas escogidos al azar, del anexo II del programa. Cada tema será valorado de 0 a 10 puntos, siendo necesario un mínimo de 5 puntos en cada tema para aprobar.

La puntuación máxima de este ejercicio será de 20 puntos.

b) Segundo ejercicio.-De carácter teórico, que consistirá en exponer por escrito, durante el plazo máximo de 4 horas, dos temas escogidos al azar, del anexo III del programa.

La puntuación máxima de este ejercicio será de 20 puntos.

c) Tercer ejercicio.-De carácter práctico, que consistirá en la resolución, durante el plazo máximo de 4 horas, de dos supuestos prácticos que determine el Tribunal en relación con las materias recogidas en los anexos II y III del programa.

Cada supuesto será valorado de 0 a 12,5 puntos, siendo necesario un mínimo de 6,25 puntos en cada supuesto para aprobar.

La puntuación máxima de este ejercicio será de 25 puntos.

Todos los ejercicios serán eliminatorios si no se alcanzara la puntuación mínima señalada en cada uno de ellos.

d) Entrevista personal: Consistirá en la realización de una entrevista personal con el Tribunal Calificador que versará sobre el temario de la convocatoria, pruebas realizadas, méritos alegados y aspectos generales del trabajo a desarrollar . La puntuación máxima será de 10 puntos.

9.2. La valoración de las 4 pruebas de la oposición podrá alcanzar hasta un máximo de 75 puntos.

9.3. Cada uno de los miembros del Tribunal efectuará la calificación por separado. La media aritmética de todas las calificaciones será la puntuación de la parte del ejercicio de que se trate.

9.4. Una vez terminado cada ejercicio, el Tribunal, en el plazo de diez días, hará pública en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Tudela la lista de aspirantes con las calificaciones obtenidas y asimismo la fecha, lugar y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas.

9.5. Las pruebas se realizarán a través del sistema de plicas cerradas y mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparecieran a las mismas quedarán eliminados.

10.-Relación de aprobados.

10.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Tudela y en el lugar de celebración del último ejercicio, la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida, sumando las calificaciones conseguidas por cada aspirante en la fase de concurso y en la fase oposición.

10.2. El Tribunal elevará a Alcaldía propuesta de nombramiento en favor del aspirante aprobado con mayor puntuación. La referida propuesta deberá publicarse en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

En caso de empate en las puntuaciones finales, tendrá prioridad aquel aspirante que acredite mayor puntuación en la fase de oposición. Si persistiera la situación de empate, tendrá prioridad el aspirante de mayor edad.

10.3. Dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación del nombramiento en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, el candidato incluido en la misma deberá aportar en el Departamento de Personal del Ayuntamiento los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la Base 3 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

c) Informe médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

d) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

e) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las leyes y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

10.3.1. En el caso de que el aspirante hubiera alegado una minusvalía deberá aportar una acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competente.

10.3.2. Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presentaran dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.

10.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el Alcalde cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 10.1. procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

11.-Nombramiento y toma de posesión.

11.1. El Alcalde nombrará, mediante resolución, Coordinador de Centros Cívicos del Ayuntamiento de Tudela al candidato que hubiere dado cumplimiento a lo dispuesto en el apartado anterior.

11.2. Dicho nombramiento será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

11.3. El aspirante nombrado deberá tomar posesión del cargo en el plazo de un mes a contar desde la publicación del nombramiento en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Si en dicho plazo y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario del Ayuntamiento de Tudela.

12.-Recursos.

Contra la presente convocatoria y sus bases podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso contencioso - administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo/resolución, pudiendo no obstante interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que lo/la hubiera dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo o resolución; o bien,

b) Recurso de alzada, directamente, ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo o resolución.

Además contra las decisiones del Tribunal Calificador cabrá el recurso de alzada ante el muy ilustre señor Alcalde dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Tudela, treinta de noviembre del dos mil. El Alcalde, Luis Campoy Zueco.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/doña ....................., mayor de edad, provisto del D.N.I. número ............, nacido/a el día ......... de .............. de 19......, natural de ...................., con domicilio en ...................., calle ........................, número .........., piso ..........., código postal ..............., teléfono ................, comparece y como mejor proceda.

Expone:

Que solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión mediante concurso-oposición de un puesto de trabajo, en régimen funcionarial, de Coordinador de Centros Cívicos del Ayuntamiento de Tudela.

Que no padece enfermedad ni defecto físico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no esta incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Publica, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación señalada en la base 2 de la convocatoria.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Que sí padece minusvalía, por lo que solicita la adaptación que se adjunta por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán los motivos de la minusvalía y las adaptaciones que se solicitan)

Que no padece minusvalía alguna

(Márquese con una X donde proceda)

Por lo expuesto:

Solicito se sirva admitir la presente instancia y en su virtud le haga ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición y en régimen funcionarial, de una plaza de Coordinador de Centros Cívicos del Ayuntamiento de Tudela.

Tudela, a ....... de ................ de 2001.

(Firma)

ILUSTRISIMO SEÑOR ALCALDE-PRESIDENTE DEL MUY ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE TUDELA.

ANEXO II

1.-Los Presupuestos de las Corporaciones Locales de Navarra: Decreto Foral 270/1998. Estructura presupuestaria. El ciclo presupuestario. Modificaciones presupuestarias. Los gastos plurianuales.

2.-Ley Foral de Servicios Sociales y Reglamentos que la desarrollan.

3.-Recursos de las Haciendas Locales de Navarra. Ingresos no tributarios. Ingresos Tributarios: Concepto y clases. Impuestos: Concepto y clases. Tasas: Concepto y clases, diferencias con los precios públicos. Las contribuciones especiales.

4.-Las fuentes del Derecho Administrativo. La ley. Decretos Legislativos. Decretos Leyes. Los Reglamentos. La Costumbre y los Principios Generales del Derecho.

5.-La Constitución Española de 1978.

6.-El acto administrativo: Concepto, elementos, clases y requisitos. Notificación de resoluciones y actos administrativos. Nulidad y anulabilidad del acto administrativo El silencio administrativo.

7.-El Procedimiento Administrativo y su Ley Reguladora. Ambito de aplicación y principios generales. Los interesados. Disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos: incoación, ordenación, instrucción, finalización y ejecución.

8.-La contratación administrativa en Navarra. Exposición de Motivos de la Ley Foral 10/1998, de 16 de junio. Ambito de aplicación y régimen jurídico. Los contratos administrativos típicos: Concepto y régimen básico. Requisitos para contratar con la Administración: capacidad y solvencia, clasificación y garantías. Los pliegos. Proposiciones de los interesados y documentación. Publicidad.

9.-La contratación administrativa en Navarra: Formas de adjudicación: Subasta, concurso y otros. Ejecución, modificación y suspensión de los contratos.

10.-Actividades, servicios y obras de las entidades locales de Navarra: Intervención administrativa en la actividad privada; Servicios públicos; consorcios; obras públicas locales; acción socioeconómica; del fomento.

11.-Bienes de las Entidades Locales de Navarra: Concepto, clasificación y régimen jurídico. Calificación jurídica. Alteración. Adscripción. Adquisición. Defensa, conservación y recuperación. Utilización y aprovechamiento. Enajenación y gravamen.

12.-La Comunidad Europea. El Parlamento. La Comisión. El Consejo. El Tribunal de Justicia. El euro: Origen e implantación progresiva del mismo.

13.-Las Instituciones Forales de Navarra: El Parlamento o Cortes de Navarra. Composición y funciones. Su reglamento. Pleno y Comisiones. La Cámara de Comptos.

14.-El Gobierno de Navarra: Funciones. Composición. El Presidente del Gobierno de Navarra. Su elección. Su responsabilidad política ante el Parlamento de Navarra.

15.-Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra: Disposiciones Generales. Funcionarios Públicos: selección; adquisición y pérdida de la condición de funcionario; niveles y grados; carrera administrativa; plantillas orgánicas, relaciones de funcionarios y expedientes personales; situaciones administrativas; provisión de puestos de trabajo; derechos.

16.-Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra: deberes de los funcionarios públicos; régimen disciplinario, derechos pasivos; órganos de representación. Personal eventual. Personal contratado.

17.-Ley Foral de la Administración Local de Navarra (Ley Foral 6/1990, de 2 de julio). Organización y Administración de las entidades locales de Navarra.

18.-Recurso de reposición y recurso de alzada en la Comunidad Foral.

19.-Reglamento Orgánico de Funcionamiento del Ayuntamiento de Tudela.

ANEXO III

Tema 1.-La participación juvenil. Participación y democracia. Expectativas y trascendencia. Implicación de los jóvenes y sensibilidad de las instituciones. Cauces para la participación social de los jóvenes. Futuro de la participación juvenil.

Tema 2.-Políticas de juventud. Política e imagen de los jóvenes. Determinantes para la política de juventud. Globalidad, integración y coordinación. Tipos de políticas de juventud. Ventajas e inconvenientes. Planes integrales de juventud.

Tema 3.-Gestión de programas de juventud. Programación de actividades. Metodología. Estrategias para evaluar la programación. Gestión pública, mixta y privada.

Tema 4.-La animación sociocultural: Concepto y objeto. El papel de la participación ciudadana en los programas socioculturales. Elaboración de presupuestos de programas y acciones comunitarias. Procedimiento y empleo de recursos.

Tema 5.-Práctica de la animación sociocultural. La animación sociocultural en el medio rural. Metodología y diseños de investigación en la animación sociocultural.

Tema 6.-Gestión y dirección de equipos socioculturales. Gestión cultural desde el marketing.

Tema 7.-Estructura orgánica del Instituto Navarro de Deporte y Juventud. Centros propios, comarcales y objetivos. Actividades de juventud. Comisión interdepartamental. Ayudas y subvenciones.

Tema 8.-Ordenanza reguladora del Servicio Público Municipal de Equipamientos Socioculturales (BOLETIN OFICIAL de Navarra número 29 de 6 de marzo de 2000).

Tema 9.-El voluntariado: Condiciones para la implantación y organización de un programa de voluntariado.

Tema 10.-El sector de población de la mujer como área de intervención. Marco legal. Organización y prestaciones. Situación en Navarra.

Tema 11.-Reglamento regulador del Consejo Municipal de la Mujer del muy ilustre Ayuntamiento de Tudela.

Tema 12.-Sistema de calidad en la Administración Local. Exigencias de la calidad y los índices de medida. Indicadores de calidad. Medidas de calidad en los servicios. Evaluación.

Tema 13.-El trabajo en equipo. Funcionamiento de un equipo. Su diagnóstico. Condiciones necesarias para el funcionamiento de un equipo. Fases de desarrollo de un equipo. Competencias de dinamización de un equipo. Participación e integración. Potenciación de la toma de decisiones en grupo.

Tema 14.-Elaboración y gestión de programas de infancia: programación y metodología. Estrategias para evaluar la programación.

Tema 15.-Elaboración y gestión de programas de Tercera Edad: programación y metodología. Estrategias para evaluar la programación.

Tema 16.-Gestión de Recursos Humanos. Selección de personal. Evaluación de competencias. Motivación.

Tema 17.-La Organización Municipal. La estructura organizativa. Modelos de estructuras organizativas. Mecanismos de coordinación. Reglamento Orgánico Municipal.

Tema 18.-Evaluación y Control de la Gestión Municipal. Concepto de evaluación. Clases de Evaluación. Validez de los indicadores. La implantación de la evaluación.

Tema 19.-Marketing y servicio público. Marketing público. La demanda, la estructura del servicio, la oferta. Concepto de calidad.

Tema 20.-Calidad total y desarrollo. Calidad y competitividad. Medida de la calidad de los servicios. Calidad en la Administración central, autonómica y local. Razones para la implantación de sistemas de calidad.

Tema 21.-La calidad del servicio. Determinantes de la calidad. Técnicas aplicadas de evaluación de calidad.

Tema 22.-La ciudad y los ciudadanos. Educación para el desarrollo comunitario. Educación para la salud y la prevención. Educación no sexista.

Tema 23.-Política Social y Estado del Bienestar Social. Conceptos fundamentales. Evolución histórica.

Tema 24.-Conciliación de las responsabilidades profesionales y familiares. La corresponsabilidad. Los servicios sociocomunitarios. Otras medidas.

Tema 25.-Los indicadores sociales. Objetivos de su elaboración. Areas principales de aplicación y criterios de selección de los mismos. Procedimientos de elaboración de indicaciones.

Tema 26.-Valores de la juventud actual. Evolución de los valores en los jóvenes. Fortalezas y debilidades de la juventud actual.

Tema 27.-La emancipación de los jóvenes. Papel de los jóvenes en la sociedad. Autonomía personal y responsabilidad social. Problemas que inciden en los jóvenes. Problemas sociales que se vinculan a la juventud. Inserción, integración o incorporación social de los jóvenes.

Tema 28.-Estilos de vida y tiempo libre de la población. La organización de la vida cotidiana. Centros Cívicos Municipales. Oferta de actividades y servicios.

Tema 29.-Centro Municipal de información y orientación juvenil. Objetivos generales. Objetivos específicos. Estrategias y actividades. Indicadores. Evaluación.

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