BOLETÍN Nº 18 - 7 de febrero de 2001

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

S A N G Ü E S A

Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición de puesto de Trabajo de Oficial de Albañilería con destino al Ayuntamiento de Sangüesa

1.-Normas Generales.

1.1. El objeto de la presente convocatoria es la provisión, mediante concurso-oposición de un puesto de trabajo de Oficial de Albañilería, de nivel D, en régimen laboral fijo, para su incorporación a la Plantilla del muy ilustre Ayuntamiento de Sangüesa.

1.2. El aspirante que resulte nombrado en virtud de esta convocatoria tendrá la condición, desde la fecha de toma de posesión, de Oficial de Albañilería , de nivel D.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado con la remuneración básica correspondiente al nivel "D" del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

1.4. El aspirante que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas, resulte objeto de esta convocatoria, será afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

1.5. El régimen de jornada de trabajo será el establecido por la normativa aplicable, al igual que el régimen de vacaciones, días festivos, remuneración por dietas y demás derechos. No obstante, la jornada de trabajo podrá variarse en cualquier momento por los órganos administrativos competentes cuando las necesidades del servicio así lo requieran.

2.-Funciones a desempeñar.

El aspirante nombrado desempeñará las siguientes funciones:

Servicios múltiples relacionados con las actividades propias de la brigada de obras, preferentemente albañilería.

Cuantas otras funciones le sean encomendadas dentro de su nivel y categoría.

3.-Requisitos de los aspirantes.

3.1. Los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad y tener nacionalidad española o la que corresponda a los estados miembros de la Comunidad Económica Europea.

b) Hallarse en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

c) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

d) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública.

3.2 Los requisitos anteriores deberán ser acreditados por los aspirantes aprobados que obtengan las plazas, en el plazo y forma previstos en la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

4.-Instancias.

4.1. Quienes deseen participar en la presente convocatoria deberán presentar la correspondiente instancia según modelo adjunto, acompañada del D.N.I., en el Registro General del Ayuntamiento de Sangüesa, en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y hasta las 14 horas del último día, o bien, de cualquiera de las formas establecidas en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.2. Los aspirantes acompañarán a sus instancias los documentos justificativos de los méritos establecidos en la Base Séptima que serán objeto de valoración en la fase de concurso. Los documentos deberán ser originales o compulsados debidamente, teniéndose por no presentados en caso contrario. Para la acreditación de la experiencia solamente se tendrán en cuenta los trabajos y periodos justificados mediante contrato laboral y/o certificado de la Seguridad Social en los que conste expresamente la categoría de Oficial.

5.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

5.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el muy ilustre señor Alcalde dictará resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

5.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudiera haberse incurrido.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Alcalde dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. En la misma resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

6.-Tribunal Calificador.

6.1. El Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: El Alcalde Presidente del muy ilustre Ayuntamiento de Sangüesa.

Suplente: El Concejal Presidente de la Comisión Rural del muy ilustre Ayuntamiento de Sangüesa.

Vocal : Encargado de brigada de obras Ayuntamiento de Sangüesa.

Suplente: Empleado Servicios Múltiples Ayuntamiento de Aibar.

Vocal: Arquitecto municipal.

Suplente: Arquitecto a designar por el Colegio de Arquitectos.

Vocal: Técnico a designar por la Escuela de Formación Profesional de Lumbier.

Suplente: Técnico a designar por la Escuela de Formación Profesional de Lumbier.

Vocal: Un representante de los trabajadores del Ayuntamiento a designar por éstos.

Suplente: Un representante de los trabajadores del Ayuntamiento a designar por éstos.

Secretario (con voz y sin voto): Secretario del Ayuntamiento de Sangüesa.

Suplente: Secretario del Ayuntamiento de Aibar.

6.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

6.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las Bases de la convocatoria.

6.4. El Tribunal podrá, asimismo, incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente de aquéllas.

7.-Fase de concurso.

7.1. La fase de concurso, sin carácter eliminatorio, tendrá una puntuación máxima de 10 puntos.

7.2. Los méritos alegados y probados conforme a lo establecido en el Apartado 4.2 se puntuarán de acuerdo con el siguiente baremo:

Por experiencia acreditada mediante contrato laboral, como Oficial de Albañilería: 2 puntos por cada año.

7.3. Concluida la fase de concurso, se hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Sangüesa la puntuación obtenida por cada uno de los aspirantes. La puntuación obtenida en la fase de concurso, se sumará a la total obtenida en la fase de oposición, resultando de este modo la puntuación total del concurso-oposición.

8.-Fase de oposición.

8.1. En la resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

8.2. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios, y su puntuación máxima será de 70 puntos.

Prueba teórica:

Primer ejercicio: Matemáticas. Consistirá en la resolución de problemas basados en las cuatro reglas fundamentales, quebrados, reglas de tres simple y compuesta y regla de interés. Para la realización de esta prueba no se podrán utilizar máquinas calculadoras. Valoración de 0 a 10 puntos, quedando eliminados los que no obtengan una puntuación mínima de 5 puntos.

Segundo ejercicio: Prueba psicotécnica relacionada con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria. Será realizada por técnicos del Instituto Navarro de Administración Pública. Previamente, el Tribunal establecerá las características del puesto de trabajo con el fin de determinar el perfil deseado. Valoración de 0 a 10 puntos, resultando eliminados los aspirantes que no obtengan una puntuación mínima de 5 puntos.

Prueba práctica:

Consistirá en la realización de uno o varios ejercicios en relación a:

Conocimiento y destreza para la ejecución de trabajos propios de un Oficial de Albañilería.

Valoración 50 puntos, resultando eliminados los aspirantes que no obtengan una puntuación mínima de 25 puntos en el conjunto de la prueba práctica.

8.3. Al término de cada ejercicio de la fase de oposición se hará público en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Sangüesa la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas.

8.4. No será obligatoria la publicación de fechas, horas y lugar de los sucesivos anuncios de pruebas, si bien deberá hacerse en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Sangüesa, con un mínimo de cuarenta y ocho horas de antelación y veinticuatro si se trata la continuación de alguna prueba inicial.

8.5. Todos los aspirantes deberán acudir a las pruebas provistos del Documento Nacional de Identidad o asimilado legalmente. Cualquier fraude en las pruebas será causa de exclusión inmediata, sin perjuicio de las actuaciones penales si procedieran.

9.-Relación de aprobados, propuesta del Tribunal y presentación de documentos.

9.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Sangüesa y en el lugar de celebración del último ejercicio, la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida, sumando las calificaciones conseguidas por cada aspirante en la fase concurso y la fase oposición y elevará propuesta de nombramiento a favor del aspirante con mayor puntuación. Dicha propuesta deberá publicarse en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

9.2. Dentro de los 30 días naturales, siguientes a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de la propuesta de nombramiento, el candidato incluido en la misma deberá aportar en el Registro General del Ayuntamiento los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos.

Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presentara dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.

En el supuesto previsto en el párrafo anterior, se cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 9.1. procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

10.-Nombramiento y toma de posesión.

10.1. El Ayuntamiento de Sangüesa, nombrará al candidato que hubiere dado cumplimiento a lo dispuesto en el apartado anterior. Dicho nombramiento será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

10.2. El aspirante nombrado deberá tomar posesión del cargo en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos. En tal supuesto, se estará a lo establecido en el apartado 9.2.

11.-Recursos.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes ante el muy ilustre señor Alcalde y contra la resolución de éste y la presente convocatoria, sus Bases y los actos de aplicación de la misma, podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso contencioso - administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto recurrido; o bien,

b) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Código del anuncio: A0011937