BOLETÍN Nº 18 - 7 de febrero de 2001

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

V I L L A F R A N C A

Aprobación inicial de modificación de tasas y precios públicos en las Ordenanzas Fiscales que han de regir para su exacción en el ejercicio económico de 2001

El Pleno del Ayuntamiento de Villafranca, en sesión ordinaria celebrada el pasado día 27 de diciembre de 2000, ha aprobado inicialmente y con el "quórum" reglamentario, las siguientes Ordenanzas Fiscales así como los precios públicos, tasas y canon de comunales y dehesa, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 2/95, de las Haciendas Locales de Navarra.

1.º Ordenanzas Fiscales:

-Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por la utilización de las piscinas y Polideportivo municipales conjunta o separadamente.

-Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por la prestación de servicios de la Residencia de Ancianos "Virgen del Portal".

-Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas de la Escuela Municipal de Música.

2.º Aprobar inicialmente las tarifas de todas las Ordenanzas fiscales vigentes, para su exacción durante el ejercicio de 2001, con arreglo a las cuantías y circunstancias siguientes:

A) Se aumenta el 4% sobre el gravamen existente en todas las tasas y precios públicos vigentes para el ejercicio de 2001, a excepción de las Ordenanzas Fiscales reguladoras del servicio de báscula, expedición de documentos los cuales permanecen como en el ejercicio anterior. Se modifican los precios por utilización de piscinas municipales por abono individual, familiar y abonos temporales mensuales, así mismo se establecen los nuevos precios públicos por abonos de uso individual y familiar del Polideportivo municipal, como también los abonos conjuntos por uso familiar anual del Polideportivo y temporada de piscinas municipales.

B) Se modifican estableciendo en la ordenanza nuevas tasas por el servicio de usuarios válidos con habitación compartida; habitación individual, los semiasistidos y asistidos; así como las tasas por matrícula; y cursos de iniciación; 1.º, 2.º, 3.º, 4.º, 5.º, 6.º y de 2.º Grado en la Escuela de Música.

C) Se modifica estableciendo para el arriendo de fincas comunales la tasa de 5.345 pesetas por robada y año.

3.º Exponer al público el acuerdo de aprobación inicial, durante el plazo de treinta días, en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, al objeto de que los vecinos interesados puedan formular las reclamaciones que estimen pertinentes, pasado el cual, sin que se presente reclamación alguna, la aprobación se elevará a definitiva.

Villafranca, a diecisiete de enero de dos mil uno. El Alcalde, Julián León Merino.

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