BOLETÍN Nº 18 - 7 de febrero de 2001

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

A R B I Z U

Tipos de gravamen

De conformidad con lo establecido en la vigente Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, esta Corporación, por unanimidad, que representa la mayoría absoluta legalmente exigida en sesión plenaria de fecha 19 de diciembre de 2000 procedió a la aprobación de los siguientes tipos de gravamen que se unen a los expedientes abiertos al efecto y que siguen a continuación:

Impuesto sobre Actividades Económicas: Indice del 1,2.

Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras: 3% sobre el Presupuesto de Ejecución Material.

Tasas por suministro de agua:

Uso doméstico: 35 pesetas/metro cúbico.

Uso no doméstico: 50 pesetas/metro cúbico.

Tasas por utilización de frontón y piscina cubierta del Polideportivo municipal:

Infantil con dos padres abonados: 0 pesetas.

Infantil con un padre abonado: 520 pesetas.

Infantil (11-13 años): 1.040 pesetas.

Juveniles (14-17 años): 1.275 pesetas.

Adultos (18-65 años): 1.930 pesetas.

Mayores de 65 años: 955 pesetas.

Tasa por redención en la prestación de Auzolan: 4.000 pesetas por cada prestación.

Contra este acuerdo cabe interponer optativamente, uno de los siguientes recursos:

Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del presente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Recurso contencioso - administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del presente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra., o

Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de publicación del presente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Arbizu, ocho de enero de dos mil uno. El Alcalde, Francisco Javier Razkin Flores.

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