III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
A R B I Z U
Tipos de gravamen
De conformidad con lo establecido en la vigente Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, esta Corporación, por unanimidad, que representa la mayoría absoluta legalmente exigida en sesión plenaria de fecha 19 de diciembre de 2000 procedió a la aprobación de los siguientes tipos de gravamen que se unen a los expedientes abiertos al efecto y que siguen a continuación:
Impuesto sobre Actividades Económicas: Indice del 1,2.
Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras: 3% sobre el Presupuesto de Ejecución Material.
Tasas por suministro de agua:
Uso doméstico: 35 pesetas/metro cúbico.
Uso no doméstico: 50 pesetas/metro cúbico.
Tasas por utilización de frontón y piscina cubierta del Polideportivo municipal:
Infantil con dos padres abonados: 0 pesetas.
Infantil con un padre abonado: 520 pesetas.
Infantil (11-13 años): 1.040 pesetas.
Juveniles (14-17 años): 1.275 pesetas.
Adultos (18-65 años): 1.930 pesetas.
Mayores de 65 años: 955 pesetas.
Tasa por redención en la prestación de Auzolan: 4.000 pesetas por cada prestación.
Contra este acuerdo cabe interponer optativamente, uno de los siguientes recursos:
Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del presente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Recurso contencioso - administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del presente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra., o
Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de publicación del presente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Arbizu, ocho de enero de dos mil uno. El Alcalde, Francisco Javier Razkin Flores.
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