BOLETÍN Nº 156 - 26 de diciembre de 2001

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia número Dos de Pamplona

E D I C T O

Don Juan Miguel Iriarte Barberena, Magistrado, Juez del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Pamplona.

Hago saber: Que en los autos de juicio cognición número 428-A/2000, seguidos en este Juzgado a instancia de Francisco Ignacio San Román Galbete, contra Teresa de Jesús Correa Acosta, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

"Sentencia. En la ciudad de Pamplona, a veintitrés de noviembre de dos mil uno. El señor don Juan Miguel Iriarte Barberena, Magistrado, Juez del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Pamplona y su Partido, habiendo visto los presentes autos de cognición número 428-A/2000, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante don Francisco Ignacio San Román Galbete, con Procuradora doña Natividad Izaguirre Oyarbide y Letrado señor Tellería, y de otra como demandada doña Teresa de Jesús Correa Acosta, en rebeldía, sobre cognición, y,

Fallo: Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la Procuradora doña Natividad Izaguirre Oyarbide, en nombre y representación de don Francisco Ignacio San Román Galbete, y debo condenar y condeno a doña Teresa de Jesús Correa Acosta, en rebeldía, a que haga efectivas al demandante doscientas cincuenta mil (250.000) pesetas, más intereses legales desde la interposición de la demanda, con aplicación del artículo 921 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y pago de las costas procesales por la demandada.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo".

Contra esta sentencia, puede interponerse recurso de apelación ante este mismo Juzgado en término de cinco días.

Y a los efectos acordados y sirva de notificación a Teresa de Jesús Correa Acosta, en ignorado paradero, expido la presente para su publicación en el Tablón de Anuncios de este Juzgado y BOLETIN OFICIAL de Navarra, haciéndole saber que la misma no es firma y cabe interponer recurso de apelación en cinco días.

Dado en Pamplona, a veintiséis de noviembre de dos mil uno. El Secretario, firma ilegible.3820

Código del anuncio: 3820