BOLETÍN Nº 146 - 3 de diciembre de 2001

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Tribunal Superior de Justicia de Navarra - SALA DE LO SOCIAL

E D I C T O

Don José María Varas de Vega, Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

Hago saber: Que ante esta Sala se tramita el recurso de suplicación número 399/2001, interpuesto por Plazaola Gestión Integral, S.L., en el procedimiento número 653/2000 del Juzgado de lo Social número Uno, seguido a instancia de don Rafael Camarón Muélledes y 3 más, contra Plazaola Gestión Integral, S.L., Construcciones Senosiáin y Elizalde, S.A. y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación de cantidades, en el cual se dictó sentencia el día 9 de noviembre de 2001, cuya parte dispositiva dice así:

"Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la representación letrada de Plazaola Gestión Integral, S.L., frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Uno de los de Navarra, en el procedimiento número 653/2000, seguido a instancia de don Fidel Camarón Muélledes y 3 más, contra la recurrente y Construcciones Senosiáin y Elizalde, S.A., en reclamación de cantidades, confirmando íntegramente la sentencia recurrida.

Notifíquese a las partes y al Ministerio Fiscal la sentencia dictada, con la advertencia que contra la misma, puede interponerse recurso de casación para la unificación de doctrina ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, anunciándolo a través de esta Sala por escrito, dentro de los diez días hábiles siguientes a su notificación.

Firme que sea esta resolución, devuélvanse los autos al Juzgado de lo Social de procedencia, con certificación de la misma, dejándose otra certificación en el rollo a archivar por esta Sala.

Así por nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos".

Por el presente edicto se notifica al representante legal de la demandada Construcciones Senosiáin y Elizalde, S.A., que estuvo domiciliada en Pamplona y hoy en ignorado paradero, la resolución dictada, con la advertencia de que en la Secretaría de esta Sala se encuentra a su disposición copia de la misma.

Dado en Pamplona, a nueve de noviembre de dos mil uno. El Secretario, José María Varas de Vega.3624

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