BOLETÍN Nº 143 - 26 de noviembre de 2001

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

L E K U N B E R R I

Ordenanza parejas estables

El Ayuntamiento de Lekunberri, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de mayo de 2001, aprobó inicialmente la Ordenanza sobre parejas estables. Transcurrido el periodo de exposición pública, con la correspondiente publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 99 de fecha 15 de agosto 2001, como su exposición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento sin que se hayan presentado alegaciones, el Ayuntamiento en sesión extraordinaria celebrada el día 5 de octubre de 2001 aprobó definitivamente dicha Ordenanza cuyo texto íntegro se transcribe a continuación.

Lo que se comunica para general conocimiento.

Todo lo cual se publica para general conocimiento y a los efectos determinados en el artículo 326 de la Ley Foral 6/90, 2 de julio, de Administración Local.

Lekunberri, diecinueve de junio de dos mil uno. El Alcalde-Presidente, José María Aierdi Fernández de Barrena.

ORDENANZA REGULADORA DE LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO MUNICIPAL DE PAREJAS ESTABLES

Artículo 1.º El Registro Municipal de Parejas Estables no casadas del Ayuntamiento de Lekunberri tiene carácter administrativo y en él podrán inscribirse las uniones no matrimoniales de convivencia, así como su terminación en la forma y con los requisitos que se establecen en la presente Ordenanza.

Art. 2.º Se considera unión no matrimonial aquella unión libre y pública, en una relación de afectividad análoga a la conyugal, con la independencia de su orientación sexual, de dos personas mayores de edad o menores emancipadas sin vínculo de parentesco por consanguinidad o adopción en línea recta o colateral hasta el segundo grado, siempre que ninguna de ella esté unida por vínculo matrimonial o forme pareja estable con otra persona.

Art. 3.º Se considera que la unión es estable cuando los miembros de la pareja hayan convivido maritalmente como mínimo, un período ininterrumpido de un año, salvo que tuvieran descendencia común, en cuyo caso bastará la mera convivencia, o salvo que hayan expresado su voluntad de constituir una pareja estable en documento público.

Art. 4.º Podrán instar su inscripción en el Registro todas aquellas parejas estables, independientemente de su sexo, que por su libre y pleno consentimiento hayan constituido una unión de convivencia no matrimonial.

Para acceder al registro la unión deberá tener carácter de estable conforme se dispone en el artículo tres.

Al menos uno de los miembros de la unión deberá tener la vecindad civil Navarra y estar empadronado en el municipio de Lekunberri por su condición de residente habitual en el mismo.

Asimismo, ambos miembros deberán presentar declaración jurada de no estar casados ni inscritos en otro Registro de Parejas Estables no casadas.

Art. 5.º La primera inscripción de cada pareja se producirá mediante comparecencia personal y conjunta de las dos personas ante el funcionario encargado del Registro, para declarar la existencia entre ellas de una unión de convivencia no matrimonial.

No se procederá a practicar inscripción alguna si alguno de los comparecientes es menor de edad no emancipado o si son entre sí parientes por consanguinidad o adopción en línea recta o por consanguinidad en segundo grado colateral.

Tampoco podrá llevarse a efecto la inscripción si alguno de los comparecientes estuviere afectado por deficiencias o anomalías psíquicas. En este caso deberá aportar dictamen médico de su aptitud para consentir en la constitución de una unión de convivencia no matrimonial.

Asimismo se denegará la inscripción si alguno de los comparecientes estuviere ligado por vinculo matrimonial o declarado incapaz para contraer matrimonio.

Art. 6.º En ese primer asiento, podrán hacerse constar cuantas circunstancias relativas a su unión manifiesten los comparecientes. También podrán anotarse, mediante transcripción literal, los convenios reguladores de las relaciones personales y patrimoniales entre los miembros de la unión.

Los contenidos indicados en el párrafo anterior podrán ser objeto de inscripción en ulteriores comparecencias conjuntas de la pareja.

No obstante, las anotaciones que se refieran a la terminación o extinción de la unión, podrán practicarse a instancia de sólo uno de los miembros de la misma.

Art. 7.º Todas las inscripciones que puedan practicarse en el Registro Municipal de Parejas Estables, lo serán a instancia conjunta de los dos miembros de la unión no matrimonial, salvo la anotación que se refiere a la terminación o extinción de la unión que podrá practicarse a instancia de sólo uno de los miembros de la misma.

Art. 8.º Se considerará disuelta la pareja estable en los siguientes casos:

-Por matrimonio de uno de sus miembros.

-Por mutuo acuerdo.

-Por voluntad unilateral de uno de los miembros de la pareja, notificada fehacientemente al otro.

-Por cese efectivo de la convivencia por un período superior a un año.

-En los supuestos acordados por sus miembros en escritura pública.

En cualquiera de los supuestos anteriormente relacionados, ambos miembros están obligados a notificarlo e instar la disolución ante el encargado del Registro Municipal de parejas estables, no obstante la anotación que se refiere a la terminación o extinción de la unión, podrá practicarse a instancia de sólo uno de los miembros de la misma.

Art. 9.º El Registro estará residenciado en la Secretaría General del Ayuntamiento.

Art. 10. El Registro se materializará en un Libro General en el que se practicarán las inscripciones a que se refieren los artículos precedentes. El Libro está formado por hojas móviles, foliadas y selladas, y se encabezará y terminará con las correspondientes diligencias de apertura y cierre.

Art. 11. La primera inscripción de cada pareja tendrá el carácter de inscripción básica y al margen de la misma se anotará todo otro asiento que se produzca con posterioridad en el Libro General principal relativo a esa unión.

Art. 12. El Registro también tendrá un Libro Auxiliar ordenado por apellidos por los inscritos en el que se expresará el número de las páginas del Libro General en las que existan anotaciones que les afecten.

Art. 13. Con el fin de garantizar la intimidad personal y familiar de los inscritos en el Registro no se dará publicidad alguna al contenido de los asientos, salvo las certificaciones que expida el funcionario encargado del Registro a instancia exclusivamente de cualquiera de los miembros de la unión interesada o de los Jueces y Tribunales de Justicia.

Art. 14. Tanto las inscripciones que se practiquen, como las certificaciones que se expidan, serán totalmente gratuitas.

Art. 15. En el Ayuntamiento de Lekunberri, todas las uniones no matrimoniales de convivencia inscritas en el Registro Municipal de Parejas de Hecho recibirán el mismo tratamiento que las uniones matrimoniales.

ANEXO I

En el Ayuntamiento de Lekunberri, el día ...................., comparecen conjuntamente:

Don/doña ..................., natural de ..................., con domicilio y empadronamiento en ..................., mayor de edad (menor emancipado, según documentación que aporta) y con D.N.I. número ................, y

Don/doña ..................., natural de .................., con domicilio y empadronamiento en ..................., mayor de edad (menor emancipado, según documentación que aporta) y con D.N.I. número ................,

Y manifiestan:

Que desean ser inscritos/as como "pareja estable no casada" en el Registro correspondiente de ese Ayuntamiento y, conforme a la Ordenanza reguladora y a tal efecto,

Declaran:

Primero.-Que como consecuencia de la convivencia prevista en dicha Ordenanza, fijan su domicilio común en ...................... (se recuerda a don/doña .................... la obligación de empadronarse en el municipio del domicilio más habitual de conformidad con el artículo 15 L.B.R.L.).

Segundo.-Que ninguno de ellos/ellas está unido/a por vínculo matrimonial ni entre los/las mismos/as ni con otras personas.

Tercero.-Que entre los/las comparecientes no existe parentesco por consanguinidad o adopción en línea recta ni por consanguinidad hasta el segundo grado inclusive colateral.

Cuarto.-Que ninguno de ellos/as está afectado por deficiencias o anomalías psíquicas ni declarado incapaz para contraer matrimonio.

Quinto.-Que no/sí desean se anoten en el Registro convenios reguladores de relaciones personales y patrimoniales entre ellos.

Sexto.-Que autorizan la comprobación de datos en el Padrón Municipal de Lekunberri a estos efectos.

Y declaran bajo juramento que ninguno de ellos/as está inscrito en ningún otro registro de parejas de similar contenido y objeto.

Por todo lo cual,

Solicitan sean inscritos/as en el referido Registro Municipal de parejas estables no casadas en este Ayuntamiento de Lekunberri.

Fdo.: .................. Fdo.: ..................

ANEXO II

En el Ayuntamiento de Lekunberri, el día .................. comparecen:

Don/doña ..................., con D.N.I. número ................, y don/doña ....................., con D.N.I. número .................,

Y manifiesta que, de conformidad con lo previsto en la Ordenanza Municipal reguladora de la Organización y Funcionamiento del Registro Municipal de Parejas Estables no Casadas, desea dar fin o extinguir la relación de pareja estable que fue incorporada al Registro Municipal de referencia, según consta en el mismo.

Por todo lo cual, solicita se dé por terminada o extinguida la referida inscripción de unión.

Código del anuncio: a0111536