BOLETÍN Nº 143 - 26 de noviembre de 2001

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Disposiciones Generales. Ordenes Forales

ORDEN FORAL 389/2001, de 19 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se delega el ejercicio de atribuciones en el Director General de Presidencia.

El artículo 37 de la Ley Foral del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra dispone que los Consejeros podrán delegar el ejercicio de sus atribuciones en los Directores Generales de sus respectivos departamentos.

A fin de lograr el conveniente dinamismo en el desarrollo de las actividades del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior en materias propias de la Dirección General de Presidencia, se considera necesario delegar en el titular de este órgano determinadas atribuciones que corresponden al Consejero.

En su virtud y en uso de las facultades que me confiere el articulo 37 de la Ley Foral del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

Artículo 1.º Se delega en el Director General de Presidencia el ejercicio de todas las atribuciones que corresponden al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior en materias propias de la Dirección General de Presidencia y, en particular, las siguientes:

a) De carácter general.

-La resolución de expedientes administrativos.

-La autorización y disposición de gastos y el reconocimiento de obligaciones de pago.

-La resolución de conflictos que surjan entre las distintas unidades orgánicas de la Dirección General de Presidencia.

-La certificación de los acuerdos adoptados por el Gobierno de Navarra.

-La certificación de acuerdos y actos de la Diputación Foral anteriores a 7 de mayo de 1984 y las certificaciones relativas a los documentos obrantes en el Archivo Administrativo de Navarra.

b) De contratación.

Las facultades contractuales que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley Foral 10/1998, de 16 de junio, de Contratos de las Administraciones Públicas de Navarra, corresponden al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, a excepción de las relativas a contratos que, a tenor de lo establecido en el artículo 13 de la citada Ley, precisan autorización del Gobierno de Navarra para su celebración.

c) De personal.

En relación con el personal adscrito a la Dirección General de Presidencia, las facultades que el artículo 3.º del Decreto Foral 165/1996, de 1 de abril, atribuye a los Consejeros.

Artículo 2.º El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior podrá recabar en todo momento para su resolución cualquier expediente.

Artículo 3.º En las resoluciones que se dicten en virtud de la delegación conferida por esta Orden Foral se hará constar expresamente esta circunstancia. Dichas resoluciones se considerarán a todos los efectos como dictadas por el Consejero y serán susceptibles de recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.-Queda derogada la Orden Foral 205/1999, de 13 de octubre, del Consejero de Presidencia e Interior, por la que se delega el ejercicio de atribuciones en el Secretario General de Presidencia.

Segunda.-La presente Orden Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, diecinueve de noviembre de dos mil uno.-El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Rafael Gurrea Induráin.

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