BOLETÍN Nº 121 - 5 de octubre de 2001

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

S A N S O L

E D I C T O

Habiéndose interpuesto recurso contencioso administrativo número 501/2001, a instancia de la Comunidad Foral de Navarra, contra el acuerdo del Ayuntamiento de Sansol de 20 de febrero de 2001, por el que se revoca y deja sin efecto alguno su anterior acuerdo de 5 de marzo de 1998, sobre inclusión de terrenos comunales en el proceso de concentración parcelaria, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra requiere a esta Administración para que remita el expediente administrativo correspondiente, y practique los emplazamientos en la forma prevista en el artículo 49.1.º, 2.º y 4.º de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

El Ayuntamiento de Sansol, en sesión plenaria celebrada el 25 de junio de 2001, acordó proceder a la remisión del citado expediente y a la práctica de los emplazamientos requeridos.

Es por ello que se procede a la publicación de la presente en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Sansol y a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para conocimiento de los interesados, emplazándolos para que puedan presentarse en los autos ante dicha Sala, en el plazo de nueve días siguientes a su publicación.

Sansol, veinte de septiembre de dos mil uno. El Alcalde, firma ilegible.

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