BOLETÍN Nº 121 - 5 de octubre de 2001

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

MIRANDA DE ARGA

Aprobación definitiva de la Ordenanza premios embellecimiento

El Pleno del Ayuntamiento de Miranda de Arga, en sesión celebrada el día 9 de febrero de 2001, aprobó inicialmente la Ordenanza sobre concesión de premios por el embellecimiento y ornato de edificios y viviendas. Publicado el anuncio de aprobación inicial en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 46, de 13 de abril de 2001, no se formularon reclamaciones, reparos u observaciones al respecto durante el período de exposición al público, quedando definitivamente aprobada en sesión de 29 de junio de 2001, por lo que se procede a la publicación íntegra de la referida Ordenanza.

Miranda de Arga, dos de agosto de dos mil uno. La Alcaldesa, María Teresa Iradiel Ibáñez.

ORDENANZA SOBRE CONCESION DE PREMIOS POR EL EMBELLECIMIENTO Y ORNATO DE EDIFICIOS Y VIVIENDAS

Exposición de motivos

Es deseo del Ayuntamiento de Miranda de Arga contribuir al embellecimiento y ornato del aspecto exterior de las viviendas y edificaciones comprendidas dentro del Area Homogénea I (casco histórico) contemplada en las Normas Subsidiarias de la localidad, así como de las viviendas y edificios catalogados en las Normas aun cuando se encuentren fuera de dicha Area Homogénea I.

Con el fin de fomentar e impulsar las actuaciones de los particulares propietarios de viviendas y edificios en la línea referida de embellecimiento y ornato el Ayuntamiento de Miranda de Arga regula por la presente Ordenanza la concesión de premios anuales a quienes ejecuten obras de las características mencionadas que supongan una actuación importante en cuanto a la conservación y enriquecimiento de edificios y conjuntos de interés histórico-arquitectónico.

Artículo 1.º El Ayuntamiento de Miranda de Arga concederá con periodicidad anual tres premios a los promotores de obras de embellecimiento y ornato del aspecto exterior de las viviendas y edificaciones comprendidas dentro del Area Homogénea I (casco histórico) contemplada en las Normas Subsidiarias de la localidad, así como de las viviendas y edificios catalogados en las Normas aun cuando se encuentren fuera de dicha Area Homogénea I, siempre que las referidas obras supongan una actuación importante en cuanto a la conservación y enriquecimiento de edificios y conjuntos de interés histórico-arquitectónico.

Art. 2.º La cuantía de los tres premios, que podrá actualizar la corporación en años sucesivos, será la siguiente:

Primer premio: 200.000 pesetas.

Segundo premio: 100.000 pesetas.

Tercer premio: 50.000 pesetas.

Art. 3.º Solicitudes. Los propietarios interesados en participar en el concurso anual de concesión de premios podrán solicitar su inclusión en dicho concurso mediante la presentación de una instancia que les será facilitada en las oficinas municipales, presentándola bien conjuntamente con la solicitud de licencia de obras bien de forma separada, hasta el día 1 de julio de cada año.

Art. 4.º Documentación. Quienes deseen optar a los premios previstos en la presente Ordenanza deberán presentar una fotografía del estado inicial de la fachada objeto de embellecimiento y otra del estado final, una vez ejecutadas las obras. Las fotografías deberán presentarse antes del día 1 de agosto del año en que participen en el concurso.

El promotor de las obras deberá comunicar al Ayuntamiento la fecha en que se dan por finalizadas las obras.

Art. 4.º Será requisito imprescindible para poder optar a los premios que las obras se hayan ejecutado contando con la preceptiva licencia de obras y que se hallen terminadas con anterioridad al día 1 de agosto de cada año.

Art. 5.º Los premios se concederán de forma anual, se harán públicos por los medios de costumbre y se efectuará entrega pública de los mismos durante las Fiestas Patronales de cada año.

Art. 6.º Quienes participen en el concurso de concesión de los premios previstos en la presente Ordenanza autorizan al Ayuntamiento de Miranda de Arga a realizar cuantas inspecciones fueran necesarias de las obras ejecutadas y autoriza a reproducir las fotografías de las edificaciones que resulten premiadas en el Boletín de Información Municipal.

Art. 7.º El Tribunal que juzgará la concesión de los tres premios estará formado por los siguientes miembros:

Alcaldesa del Ayuntamiento.

Presidente de la Comisión municipal de Urbanismo.

Uno de los arquitectos municipales.

Art. 8.º El Tribunal se reunirá entre el período comprendido entre el día 1 de agosto de cada año y la fecha de comienzo de las Fiestas Patronales para estudiar los expedientes instruidos, examinar las obras que concursen y emitir los fallos correspondientes.

El Tribunal se reserva el derecho a declarar desiertos todos o alguno de los premios del concurso anual de concesión de premios de embellecimiento y ornato.

En caso de declararse desierto uno de los premios podrá destinarse la cantidad correspondiente a dicho premio a repartirla a quienes resultasen premiados en una categoría inferior de premio cuando fuera a compartirse por dos o más concursantes.

Art. 9.º Para el año 2001 podrán optar a los premios los promotores de obras iniciadas y finalizadas entre el día 1 de enero de 2000 y el día 31 de julio de 2001.

En años sucesivos podrán optar a los premios los promotores de obras iniciadas y finalizadas entre el día 1 de agosto y el 31 de julio del año siguiente y que hubiesen formulado sus solicitudes en la forma prevista en el artículo 3.º

Art. 10. La aplicación de esta Ordenanza tendrá efectos durante el ejercicio del año 2001 y en años sucesivos.

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