BOLETÍN Nº 118 - 28 de septiembre de 2001

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

RESOLUCION 504/2001, de 12 de septiembre, del Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, por la que se convocan los XV Juegos Deportivos de Navarra y se aprueban los criterios básicos que regulan el desarrollo de la competición.

El artículo 44.14 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra atribuye a la Comunidad Foral de Navarra competencia exclusiva en materia de promoción del deporte y adecuada utilización del ocio.

Por Real Decreto 335/1986, de 24 de enero, se llevó a cabo la transferencia de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de deportes a la Comunidad Foral de Navarra. Entre las funciones que se atribuyen a la Comunidad Foral figura expresamente la relativa a la promoción y organización de la actividad deportiva escolar.

Entre los objetivos de política deportiva de la reciente aprobada Ley Foral 15/2001, de 5 de julio, del Deporte de Navarra, Artículo 3.5, figura el de promocionar el deporte base desde los niveles escolares y por encima de cualquier otra práctica deportiva, como núcleo fundamental para el desarrollo del deporte navarro en todos sus niveles.

Así mismo en el Artículo 6.2.g de la citada Ley Foral figura como competencia de la Administración deportiva de la Comunidad Foral, organizar o autorizar la organización de las competiciones deportivas oficiales de Navarra, en edad de escolarización obligatoria.

El Decreto Foral 204/1997, de 28 de julio, por el que se aprueban los estatutos del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, establece en su artículo primero que el Organismo Autónomo, bajo la superior planificación, dirección y tutela del titular del Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud, ejercerá las competencias en materia de deporte y juventud que corresponden al Gobierno de Navarra, con el alcance que establecen sus propios estatutos.

Entre las funciones que corresponden al Instituto Navarro de Deporte y Juventud se encuentran las de:

a) Fomentar y promocionar la realización de actividades físicas y deportivas en todas sus manifestaciones en el conjunto de la sociedad Navarra. Facultades cuyo ejercicio desarrolla el propio estatuto del Instituto, comprendiendo la promoción, coordinación, fomento y organización de la actividad deportiva en general.

b) Cooperar con Federaciones y Entidades para el desarrollo del Deporte. Las Federaciones Deportivas de Navarra, entidades privadas de base asociativa ejercen por delegación funciones públicas de carácter administrativo y tienen reconocidas, en virtud del Decreto Foral 189/1992, de 19 de mayo, entre sus funciones las concernientes a la promoción y desarrollo de su modalidad o modalidades deportivas, así como la organización de competiciones oficiales de ámbito navarro.

Teniendo en cuenta los antecedentes descritos, procede convocar los XV Juegos Deportivos de Navarra y establecer en términos generales los criterios básicos que regulen los Juegos Deportivos de Navarra, aglutinando y unificando como competición oficial en el ámbito de la Comunidad Foral a aquella actividad y manifestación deportiva realizada por participantes en categoría infantil, cadete y juvenil, con carácter general, de las modalidades deportivas integradas en los citados juegos, durante el período de tiempo no lectivo. Marco básico que ha venido ejecutándose y asentándose en las ediciones anteriores y en el que por la propia naturaleza deportiva de la actividad desarrollada deben participar e intervenir en ejercicio de las funciones que tienen atribuidas, las Federaciones Deportivas.

La organización de estos Juegos Deportivos de Navarra corresponde al Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud a través del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, conjuntamente con las Federaciones Deportivas y Entidades Locales de Navarra.

Procede igualmente aprobar el texto de los acuerdos a suscribir entre el Instituto Navarro de Deporte y Juventud y las distintas Federaciones Deportivas de Navarra participantes en los mismos.

En consecuencia, y sin perjuicio de la regulaciÍn que al respecto pueda establecer la Junta de Gobierno del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, en uso de las facultades conferidas por el artículo 14 del Decreto Foral 204/1997, de 28 de julio, por el que se aprueban los estatutos del Instituto Navarro de Deporte y Juventud,

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria de los XV Juegos Deportivos de Navarra y los criterios básicos que regulan la competición conforme a la normativa que figuran en anexo a la presente Resolución y su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

2.º Aprobar el texto de los acuerdos a suscribir con las Federaciones Deportivas de Navarra para su organización.

3.º La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.º Trasladar la presente Resolución a la señora Interventora-Delegada, al Instituto Navarro de Deporte y Juventud, a su Sección de Servicios Generales e Infraestructuras, a la Subdirección de Deporte, a las Federaciones Deportivas de Navarra interesadas y al BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, a doce de septiembre de dos mil uno.-El Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, Javier Trigo Oubiña.

A N E X O

1. Objetivos.

A) Posibilitar la participación deportiva de toda la población navarra en las categorías infantil y cadete, garantizando su sentido formativo-educativo.

B) Apoyar al deporte de competición, posibilitando la detección de valores individuales, con proyección de futuro.

C) Promocionar modalidades deportivas con escasa implantación en estas edades.

D)Potenciar la participación en el paso de la categoría cadete a la juvenil.

E) Ofertar actividad deportiva adecuada a las características psicofísicas de los chicos y chicas en estas edades.

2. Zonificación.

A efectos de organización territorial de la competición en los J.D.N., se establecen las siguientes zonas, en algunos casos con su correspondiente oficina de gestión, a cargo del técnico de gestión del Instituto Navarro de Deporte y Juventud.

-Zona de Pamplona: Estará compuesta por los siguientes municipios: Ansoáin, Aranguren, Barañáin, Berriozar, Burlada, Ciriza, Zizur, Echarri, Etxauri, Elorz, Egüés, Ezcabarte, Galar, Goñi, Huarte, Iza, Juslapeña, Oláibar, Olza, Ollo, Orcoyen, Pamplona, Puente la Reina, Vidaurreta, Villava y Zabalza.

Oficina de la Zona: Calle Arrieta, 25.

Oficina de J.D.N.

Teléfono: 948 427845 - 31002 Pamplona.

-Zona de Ribera Baja: Estará compuesta por los siguientes municipios: Ablitas, Arguedas, Barillas, Buñuel, Cabanillas, Cadreita, Cascante, Castejón, Cintruénigo, Corella, Cortes, Fitero, Fontellas, Fustiñana, Milagro, Monteagudo, Murchante, Ribaforada, Tudela, Tulebras, Valtierra y Villafranca.

Oficina de la Zona: Edificio Lestonac. Teléfono: 948 826362 - 31500 Tudela.

-Zona Media Baja: Estará compuesta por los siguientes municipios: Adiós, Añorbe, Artajona, Artazu, Barásoain, Belascoáin, Biurrun-Olcoz, Beire, Berbinzana, Caparroso, Carcastillo, Cirauqui, Enériz, Garínoain, Guirguillano, Larraga, Lerga, Legarda, Leoz, Mañeru, Mélida, Mendigorría, Miranda de Arga, Murillo el Cuende, Murillo el Fruto, Muruzábal, Obanos, Olite, Olóriz, Orísoain, Pitillas, Pueyo, Santacara, San Martín de Unx, Tafalla, Tiebas-Muruarte de Reta, Tirapu, Ucar, Ujué, Unzué y Uterga.

-Zona Media Occidental: Estará compuesta por los siguientes municipios: Abáigar, Abárzuza, Aberin, Alli, Allo, Améscoa Baja, Ancín, Aranarache, Arellano, Arróniz, Ayegui, Barbarin, Dicastillo, Estella, Etayo, Eulate, Guesálaz, Igúzquiza, Lana, Larraona, Legaria, Lezáun, Luquin, Mendaza, Metauten, Morentin, Mués, Murieta, Nazar, Oco, Olejua, Oteiza, Piedramillera, Salinas de Oro, Sorlada, Villamayor de Monjardín, Villatuerta, Yerri y Zúñiga.

Oficina de la Zona: Ayuntamiento de Estella.

Teléfono: 948 548216 - 31200 Estella.

-Zona Ribera Media: Estará compuesta por los siguientes municipios: Andosilla, Azagra, Cárcar, Falces, Funes, Marcilla, Peralta y San Adrián.

Oficina de la Zona: Casa de Cultura. Calle Corte, 13. Teléfono: 948 750543 - 31350 Peralta.

-Zona de Baztan-Bidasoa: Estará compuesta por los siguientes municipios: Arantza, Arano, Areso, Baztan, Bertizarana, Donamaria, Etxalar, Elgorriaga, Eratsun, Ezkurra, Goizueta, Ituren, Labaien, Leitza, Lesaka, Oizt, Saldías, Doneztebe/Santesteban, Sunbilla, Urdazubi/Urdax, Urrotz, Bera/Vera de Bidasoa, Igantzi, Zubieta y Zugarramurdi.

Oficina de la Zona: Ayuntamiento de Baztan.

Teléfono: 948 581279 - 31700 Elizondo.

-Zona de Sakana: Estará compuesta por los siguientes municipios: Altsasu/Alsasua, Arakil, Arbizu, Arruazu, Bakaiku, Ziordia, Etxarri Aranatz, Ergoiena, Uharte-Arakil, Irañeta, Iturmendi, Lakuntza, Olazti/Olazagutía, Urdiain e Irurtzun.

Oficina de la Zona: Mancomunidad de Sakana.

Teléfono: 948 464866 - 31830 Lakuntza.

-Zona de Ultzama-Larráun: Estará compuesta por los siguientes municipios: Anue, Araitz, Atez, Basaburua, Betelu, Imotz, Lantz, Larráun, Odieta y Ultzama.

-Zona Media Alta: Estará compuesta por los siguientes municipios: Aibar, Aoiz, Cáseda, Eslava, Ezprogui, Gallipienzo, Ibargoiti, Izagaondoa, Javier, Leache, Liédena, Lizoáin, Lónguida, Lumbier, Monreal, Petilla de Aragón, Romanzado, Sada de Sangüesa, Sangüesa, Urraúl Alto, Urraúl Bajo, Urroz, Unciti y Yesa.

-Zona de Ribera Alta: Estará compuesta por los siguientes municipios: Aguilar de Codés, Aras, Armañanzas, Azuelo, Bargota, Cabredo, Desojo, El Busto, Espronceda, Genevilla, Lapoblación, Lazagurría, Lerín, Lodosa, Los Arcos, Marañón, Mendavia, Mirafuentes, Sansol, Sartaguda, Sesma, Torralba del Río, Torres del Río y Viana.

-Zona Pirenaica: Estará compuesta por los siguientes municipios: Abaurregaina/Abaurrea Alta, Abaurrepea/Abaurrea Baja, Arce, Aria, Arive, Auritz/Burguete, Burgui, Castillonuevo, Esparza, Erro, Esteribar, Ezcároz, Gallués, Garaioa, Garde, Garralda, Güesa, Isaba, Izalzu, Jaurrieta, Navascués, Ochagavía, Orbaitzeta, Orbara, Oronz, Oroz-Betelu, Roncal, Orreaga/Roncesvalles, Sarriés, Urzainqui, Uztárroz, Luzaide/Valcarlos, Vidángoz y Villanueva.

3. Deportes convocados.

Para la presente edición de los J.D.N. se convocan los deportes que a continuación se relacionan:

3.1. Modalidades.

Actividades subacuáticas, ajedrez, atletismo, (campo a través y pista), badminton, baloncesto, balonmano, béisbol y sofbol, ciclismo, deportes de invierno, fútbol (fútbol campo y fútbol sala), herri kirolak, hípica, judo y D.A, kárate, natación (natación y waterpolo), patinaje (velocidad y hockey), pelota (pelota a mano, cesta punta, remonte, paleta goma, paleta cuero, pala corta, guante (laxoa y paxaka), rugby, taekwondo, tenis, tenis de mesa, triatlhon y vela.

4. Participantes-categorías.

El programa "J.D.N." va dirigido a todos/as los/as deportistas comprendidos/as en las categorías que más abajo se reseñan. Su participación se hará efectiva a través de clubes deportivos inscritos en el Registro de Asociaciones Deportivas.

Se establecen con carácter general las siguientes edades por categorías:

-"I" Infantil: nacidos/as 1988-89.

-"C" Cadetes: nacidos/as 1986-87.

-"J" Juveniles: nacidos/as 1984-85.

-En natación, patinaje, kárate, taekwondo y vela, las categorías serán las establecidas por las federaciones correspondientes y reflejadas en la "normas técnicas" de los J.D.N.

-La participación de la categoría juvenil, en el programa J.D.N. en varias modalidades se realizará con las mismas condiciones de participación que infantiles y cadetes, excepto en:

-Desplazamientos en autobús.

-Horarios de juego.

-Gestión de instalaciones.

-Arbitrajes.

5. Ambito.

Los J.D.N. constituyen la única competición oficial de la Federación Navarra correspondiente en las categorías establecidas. Cualquier otra actividad que se oferte desde las federaciones deportivas navarras en estas edades deberán contar con el V.º B.º del I.N.D.J.

6. Calendarios.

La actividad programada en los J.D.N. se desarrollará a lo largo del curso escolar 2001-2002, con carácter general. El día de la semana destinado a la misma, como norma habitual, será el sábado en horario de mañana (salvo en categoría juvenil).

El I.N.D.J. a través del comité de organización aprobará el sistema de competición en cada deporte, propuesto por las federaciones deportivas.

Actividades subacuáticas I-C-J 10 días antes de prueba - - 300/1,80 - febrero-mayo

Ajedrez (equipo) I-C Según Federación 4 ó más 4 2.000/12,02 2.000/12,02 octubre-mayo

Ajedrez (individual) I-C Según Federación - - 300/1,80 - enero-mayo

Atletismo (campo a través) I-C-J 2-16 noviembre - - 300/1,80 - diciembre-febrero

Atletismo (pista) I-C-J 1-23 febrero - - 300/1,80 - marzo-mayo

Badminton I-C 10 días antes de prueba - - 300/1,80 - febrero-abril

Baloncesto I-C-J Hasta el 5 de octubre I-C (8-15) J (8-12) 12 8.000/48,08 10.000/60,10 octubre-mayo

Balonmano I-C-J Hasta el 5 de octubre 12-18 I 14 C y J 12 8.000/48,08 10.000/60,10 octubre-mayo

Béisbol I-C-J Hasta 29 septiembre 12-18 12 5.000/30,05 5.000/30,05 oct-ene y mar-jun

Ciclismo I-C 10 días antes de prueba - - 300/1,80 - marzo-septiembre

Fútbol (sala) I-C-J Hasta el 5 de octubre 7-15 12 8.000/48,08 10.000/60,10 octubre-mayo

Fútbol (campo) C Según Federación 16-25 16 - - octubre-mayo

Herri kirolak I-C Hasta 15 de febrero 10-16 10 2.000/12,02 10.000/60,10 marzo-mayo

Hockey I-J Hasta 20 de diciembre 5-15 10 2.000/12,02 2.000/12,02 enero-marzo

Hípica I-J 10 días antes de prueba - - 300/1,80 - marzo-mayo

Judo y D.A I-C 10 días antes de prueba - - 300/1,80 - febrero-mayo

Kárate I-C-J 10 días antes de prueba - - 300/1,80 - octubre-mayo

Natación (nivel A) B-A-I 10 días antes de prueba - - 300/1,80 - noviembre-agosto

Patinaje I-C Enero-febrero - - 300/1,80 - febrero-abril

Pelota (mano/indiv.) J Hasta el 5 de octubre - - 300/1,80 - octubre-mayo

Pelota (mano/parejas) I-C-J Hasta el 5 de octubre - - 300/1,80 - octubre-mayo

Paleta cuero I-C-J Hasta el 5 de octubre - - 300/1,80 - octubre-mayo

Paleta goma I-C-J Hasta el 5 de octubre - - 300/1,80 - octubre-mayo

Pala Corta J Hasta el 5 de octubre - - 300/1,80 - octubre-mayo

Pelota (cesta punta) I-C-J Hasta el 5 de octubre - - 300/1,80 - octubre-mayo

Pelota (remonte) C-J Hasta el 5 de octubre - - 300/1,80 - octubre-mayo

Pelota (guante-laxoa) I-C-J Hasta el 5 de octubre 4 4 300/1,80 2.000/12,02 octubre-noviembre

Pelota (paxaka) I-C-J Hasta el 5 de octubre 3 2 300/1,80 2.000/12,02 noviembre-marzo

Sófbol J Hasta 5 de octubre 12-18 12 2.500/15,03 2.500/15,03 octubre-marzo

Taekwondo I-C Hasta 18 de enero - - 300/1,80 - enero-abril

Tenis (nivel A) I-C Hasta el 31 de enero I 3-8 C 4-8 - 2.500/15,03 5.000/30,05 enero-mayo

Tenis de mesa (equipos) I-C Hasta el 18 de octubre 3-6 3 2.500/15,03 2.500/15,03 noviembre-mayo

Tenis de mesa (individual) I-C Hasta 28 de febrero - - 300/1,80 - octubre-mayo

Vela OPT-VA 10 días antes de prueba - - 300/1,80 - agosto-septiembre

Waterpolo (nivel A) SUB 15 Hasta 23 febrero 18 10 300/1,80 2.000/12,02 marzo-junio

Deportes de invierno IB-IA-C-J 10 días antes de prueba - - 300/1,80 - enero-abril

Hípica (iniciación) Sub 12 10 días antes de prueba - - 300/1,80 - marzo-mayo

Judo (Copa Navarra) I-C 10 días antes de prueba - - 300/1,80 - marzo-mayo

Kárate I-C-J 10 días antes de prueba - - 300/1,80 - noviembre-mayo

Natación (nivel B) AL-I 10 días antes de prueba 20 - 300/1,80 - agosto-septiembre

Rugby I-C-J Hasta el 31 de octubre 15 9-12-15(S.A.) 8.000/48,08 10.000/60,10 enero-mayo

Taekwondo (exhibición) Sub 12 10 días antes de prueba - - 300/1,80 - enero-abril

Tenis (nivel B) I-C Hasta el 10 de enero 4-8 - 2.500/15,03 5.000/30,05 enero-mayo

Triatlon I-J 10 días antes de prueba - - 300/1,80 - junio-septiembre

Waterpolo (nivel B) 89-90-91 Hasta el 28 de agosto 10 Mixto 10 Mixto 2.000/12,02 2.000/12,02 septiembre

7. Inscripciones.

Las inscripciones se formalizarán obligatoriamente en los impresos oficiales, que estarán a disposición de los futuros participantes en las federaciones deportivas de Navarra correspondientes y en las oficinas de gestión de cada zona en la que existe representante del I.N.D.J.

Los deportistas, delegados, entrenadores, técnicos y árbitros, para desarrollar su función deberán estar acreditados por la correspondiente licencia federativa.

La cumplimentación de todos los datos que se señalan en los impresos es obligatoria.

Una vez tramitadas las inscripciones se procederá a la expedición de la licencia federativa correspondiente que habilita para poder participar en los J.D.N.

Las tasas que los clubes deportivos abonarán en concepto de inscripción y expedición de licencias serán única y exclusivamente las determinadas en el cuadro correspondiente de éste programa deportivo.

Se establecerán los siguientes criterios para los pagos de depósitos (antes fianzas) para hacer frente a las responsabilidades de los participantes.

-Por uno o dos equipos de un mismo club: El establecido en el cuadro de éste programa deportivo.

-Por tres o más equipos: El doble del mencionado.

La pérdida total del depósito por sanciones reglamentarias obliga a su reposición inmediata para que el equipo sancionado pueda continuar en competición.

Concluida la competición, las federaciones deportivas devolverán el importe del depósito a los clubes que lo soliciten previo descuento de las cantidades que reglamentariamente se hayan deducido.

8. Participación en Campeonatos de España.

Con carácter general tendrán derecho a su participación en los Campeonatos de España convocados por el Consejo Superior de Deportes (Escolar y de la Juventud) los equipos o deportistas individuales campeones de su especialidad en J.D.N., siempre que reúnan las condiciones exigidas por el organismo convocante. Si el campeón no reuniese los requisitos exigidos la Subdirección de Deporte del I.N.D.J. determinará, a propuesta de la Federación Navarra correspondiente, quién accede al citado campeonato.

Los equipos participantes en el Campeonato de España Escolar estarán integrados por escolares matriculados en el mismo centro de enseñanza en el curso 2001 - 2002.

Los grupos y deportistas participantes en los mencionados Campeonatos de España deberán utilizar la indumentaria representativa de Navarra facilitada por el I.N.D.J. y Caja Navarra.

9. Desplazamientos.

El I.N.D.J. correrá con los gastos originados por los desplazamientos realizados en los J.D.N., según los criterios establecidos al efecto.

Con carácter general el medio de transporte será el autobús. Cuando no sea posible lo anterior, los participantes organizarán sus desplazamientos debiendo ser estos autorizados previamente, por la oficina de los J.D.N., que contemplará hasta 28 pesetas/kilómetro (0,17 euros/kilómetro) recorrido por cada 4 participantes.

El horario y lugar de salida de los autobuses será de obligado cumplimiento para los equipos participantes, que deberán informarse de los mismos a través de la oficina general de J.D.N., oficinas de gestión del I.N.D.J., en las diferentes federaciones deportivas o la página web de los J.D.N.

Los equipos que vayan a utilizar el transporte oficial de J.D.N. no podrán hacerlo sin la presencia de una persona responsable mayor de 18 años como delegado/a o entrenador/a, siendo aconsejable la de ambos.

Los/as delegados/as, entrenadores/as de los equipos participantes serán los/as responsables de los mismos en el transcurso de los desplazamientos que efectúen sin perjuicio del resto de obligaciones propias del desempeño de sus cargos.

Los equipos que no deseen utilizar los medios de transporte propuestos por la organización deberán comunicarlo con al menos una semana de antelación no teniendo derecho a percibir indemnización alguna.

El incumplimiento de las normas que regirán los desplazamientos podrá ser motivo de privación de la utilización del transporte oficial o de las ayudas que por desplazamientos pudieran derivarse sin perjuicio de la sanción deportiva que en su caso procediese.

Los técnicos de gestión de las distintas zonas deportivas, se encargarán de controlar y planificar los desplazamientos de los deportistas participantes para su conformidad comunicándolos a la oficina de los J.D.N., con al menos 8 días de antelación.

Los desplazamientos en los que intervengan ligas abiertas y se desarrollen a través de todo el territorio navarro, se programarán y controlarán desde la oficina de los J.D.N., reservándose la organización el derecho a señalizar partidos en campo neutral si lo considera oportuno.

Durante la mañana de los sábados, cuando existan dudas sobre los horarios y/o recorridos de los autobuses se atenderán en el teléfono móvil 608 779031 de la empresa Navarbus adjudicataria del servicio de transporte en autobuses en el Programa J.D.N.

En categoría juvenil los desplazamientos se organizarán de forma libre, abonándose hasta 28 pesetas/kilómetro (0,17 euros/kilómetro) por cada 4 deportistas desplazados según figuren en el acta correspondiente al partido disputado.

10. Seguros.

La asistencia sanitaria corresponderá al seguro sanitario de cada uno de los participantes. Aquellos participantes que no dispongan de dicho seguro, deberán solicitar su afiliación a la Mutualidad General Deportiva, a través de los técnicos de gestión de las distintas zonas deportivas o de la Federación correspondiente.

Los participantes en fútbol y fútbol sala deberán, obligatoriamente, afiliarse a la Mutualidad de Futbolistas Españoles.

El I.N.D.J. tiene contratada una póliza de seguro que cubre los riesgos de pérdidas anatómicas y funcionales por accidente deportivo. La responsabilidad civil que pudiera derivarse de estas actividades tiene la cobertura que con carácter general contrata el Gobierno de Navarra.

El I.N.D.J. no se responsabiliza en ningún caso de accidente deportivo alguno si no se han cumplido las normas establecidas al efecto.

11. Oficina de Juegos Deportivos de Navarra.

Tendrá las siguientes funciones:

-Recepción de resultados.

-Coordinación de viajes e instalaciones.

-Relación con las federaciones deportivas.

-Relación con el gabinete de prensa del Gobierno de Navarra. Canalizar toda la información (resultados, clasificaciones, señalamientos, fotografías, etc.) a través del gabinete de prensa a los diferentes medios de comunicación.

-Control de medallas y trofeos.

-Otras que pudieran serles encomendadas de las que tiene asignadas la unidad orgánica de la que dependen.

12. Técnicos de gestión del I.N.D.J.

Los técnicos de gestión son los responsables de la organización general de los J.D.N. en sus zonas respectivas en colaboración con las federaciones deportivas, teniendo entre otras las siguientes funciones:

-Supervisar las actividades desarrolladas en la zona.

-Tramitar las inscripciones de los/as participantes de la zona.

-Informar y potenciar las actividades.

-Recibir y remitir toda la información que generen los J.D.N. a las diferentes federaciones y a la oficina de los J.D.N.

-Controlar y planificar los viajes de los equipos de sus respectivas zonas según se indica en el apartado de desplazamientos.

-Completar la información a los clubes inscritos para participar en los J.D.N. del procedimiento a seguir en el caso de accidente deportivo.

-Tramitar a la oficina de J.D.N. los justificantes de gastos producidos en los J.D.N. por los participantes de su zona, con el visto bueno de forma bimestral; debiendo controlar los viajes, fechas, y precios facturados.

-Elaborar una memoria del desarrollo de la actividad que tenga relación con su zona. Esta memoria deberá ser descriptiva y se añadirá a la misma una valoración de la actividad.

-Las que pudieran serles encomendadas de las que tiene asignadas la Unidad Orgánica de la que dependen.

13. Federaciones Deportivas.

Los J.D.N. deben constituir el único campeonato de la federación navarra correspondiente, en las categorías establecidas, de acuerdo con sus normas de inscripción, técnicas y régimen disciplinario.

Además ejercerán las siguientes funciones:

-Elaborar o facilitar las reglas de juego específicas aplicables a este campeonato que las enviarán a la oficina de J.D.N.

-Utilizar las hojas de inscripción, papelería específica de los J.D.N. en todos los asuntos relacionados con los mismos y la publicidad estática del I.N.D.J.

-Elaborar y entregar el calendario 10 días antes del inicio de la competición.

-Seguir el sistema de competición, calendarios y las tarifas arbitrales convenidas entre federación y el I.N.D.J.

-Notificar a la oficina de J.D.N. los señalamientos, clasificaciones, resultados y nuevas inscripciones.

-Indicar por escrito el nombre de la o las personas responsables de los J.D.N. que deberán componer el comité de organización.

-Enviar, a la oficina de J.D.N. al finalizar la competición, una memoria valorada de la misma.

-Comunicar todos los datos de interés mencionados anteriormente a los clubes y técnicos de gestión en las distintas zonas deportivas.

-Designación de los árbitros y jueces necesarios para el correcto desarrollo de la competición, asegurando la presencia de los mismos en los encuentros programados.

-Elaboración de las clasificaciones, recepción de actas, y programación de jornadas (señalamientos).

Las funciones de los delegados y entrenadores serán las estipuladas en los reglamentos particulares de cada federación deportiva.

El incumplimiento de las normas a que están obligadas las federaciones deportivas participantes en los J.D.N. podrá dar lugar a su exclusión del mencionado programa sin perjuicio de las penalizaciones económicas que pudieran derivarse.

Los J.D.N. tienen papelería y cartelería específica. Toda información y comunicación se hará mediante dicha papelería-cartelería o la que disponga cada federación, pero en las que deberá figurar el anagrama del Instituto Navarro de Deporte y Juventud y de J.D.N.

-Carteles anuncio.

-Datos del club.

-Datos de los componentes del equipo/individual.

-Comunicados oficiales de federaciones.

-Comunicaciones generales.

14. Instalaciones.

Todos los equipos participantes en los J.D.N. deberán disponer de instalaciones adecuadas para efectuar la competición, o bien gestionar con los técnicos de gestión el uso de otras instalaciones alternativas. En ningún caso se podrán derivar gastos de alquiler de instalaciones con cargo al I.N.D.J. Los equipos que tengan una hora fija de juego en sus instalaciones deberán coordinar la hora de juego con la del autobús cuando el equipo contrario utilice como medio de desplazamiento el transporte organizado en autobuses.

15. Encuentros.

Los partidos deben celebrarse siempre. Los equipos no podrán alegar ninguna causa para no celebrar un encuentro estando presentes ambos equipos. La negativa a disputar el encuentro, por parte de alguno de los equipos, podrá ser considerada como incomparecencia.

16. Aplazamientos.

Podrán aplazarse encuentros cuando la solicitud se realice por escrito con al menos ocho días de antelación a la señalización del encuentro, con acuerdo escrito de ambos clubes e indicando el lugar, la hora, e instalación de recuperación, además de contar con la aprobación del órgano competente de cada federación deportiva. Los gastos que pudieran derivarse del aplazamiento serán con cargo al club/equipo que solicita el mismo.

17. Finales.

El I.N.D.J. donará los trofeos y medallas que se entreguen en los J.D.N. en las diferentes finales que se celebren.

Así mismo, el I.N.D.J. facilitará la decoración de los actos en la entrega de premios, la cual será propia de los Juegos Deportivos de Navarra y Caja Navarra.

18. Disciplina Deportiva.

Será de aplicación a los XV Juegos Deportivos de Navarra el régimen disciplinario deportivo general previsto en el ordenamiento jurídico vigente, específicamente el capítulo V del Decreto Foral 189/1992 de 19 de mayo, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de Navarra.

Es objetivo del I.N.D.J. la aplicación de reglamentos adaptados a estas edades, huyendo de la aplicación de reglamentos para adultos y/o profesionales.

Código del anuncio: A0109770