BOLETÍN Nº 118 - 28 de septiembre de 2001

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

ORDEN FORAL 970/2001, de 29 de agosto, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Andosilla, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad, y que afecta a la Normativa Urbanística y a diversos emplazamientos.

El Ayuntamiento de Andosilla ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, un expediente de modificación del Plan Municipal, referente a la Normativa Urbanística y a los emplazamientos que a continuación se relacionan:

-Estafeta de Correos (parcela 154, polígono 2); Parcela 394 del polígono 4; Unidades UC-18 y UC-19 (Area de calle Los Huertos y grupo viviendas Virgen de la Cerca); Parcelas 1081 y 1082, polígono 5 (parcelas 675 y 676 del Plan Municipal); y, Zona Industrial.

Vista la documentación aportada, y teniendo en cuenta el informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Andosilla, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad, y que afecta a la Normativa Urbanística y a varias parcelas y unidades de ejecución.

2.º Señalar que contra esta Orden Foral podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y contra el expediente de modificación se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de la presente Orden Foral, tal como se dispone en el articulo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.º Notificar esta Orden Foral al Ayuntamiento de Andosilla y publicarla en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, veintinueve de agosto de dos mil uno.-El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, Jesús Javier Marcotegui Ros.

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