BOLETÍN Nº 113 - 17 de septiembre de 2001

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

B A R A Ñ A I N

E D I C T O

En uso de las competencias que le vienen atribuidas por la legislación básica de régimen local, con fecha 9 de agosto de 2001 el Alcalde de Barañáin ha dictado Decreto, con el tenor literal siguiente:

"Ante la imposibilidad de celebrar reuniones ordinarias de la comisión de Gobierno del Ayuntamiento que presido en el período que va desde esta fecha hasta el día 17 de agosto y atendiendo a la necesidad de dictar los actos administrativos que sean necesarios, se hace imprescindible la recuperación de las competencias que se han delegado en la Comisión de Gobierno de este Ayuntamiento.

Por ello, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 13.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y el 21 de la Ley de Bases de Régimen Local,

Resuelvo:

Recuperar las competencias que la legislación básica de régimen local me atribuyen en mi condición de Alcalde en el período que va desde el 9 hasta el 17 de agosto del corriente."

Contra este Decreto caben los siguientes recursos:

a) Dentro del mes siguiente a la notificación y con carácter potestativo, el de reposición, ante el órgano municipal autor del mismo (Ley 30/1992, de 25 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero).

Si se presenta recurso de reposición, no se pueden interponer el de alzada ni el contencioso-administrativo, hasta que sea resuelto o desestimado presuntamente el primero.

Contra la resolución de un recurso de reposición no podrá interponerse de nuevo dicho recurso.

b) En el plazo de un mes desde la notificación y con carácter potestativo, el de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra (Ley Foral 6/1990, de 2 de julio).

Si se presenta este recurso no se podrá interponer el contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o desestimación presunta del de alzada.

c) En el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la notificación, el contencioso-administrativo ante el órgano competente de dicha jurisdicción (Ley 29/1998, de 13 de julio).

Lo que certifico para que así conste a los efectos oportunos.

Barañáin, nueve de agosto de dos mil uno. El Alcalde, Joaquín Olloqui Osés.

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