BOLETÍN Nº 113 - 17 de septiembre de 2001

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

RESOLUCION 934/2001, de 27 de agosto, del Director General de Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de 11 de abril de 2001, de la Comisión de Ordenación del Territorio (Subcomisión de Urbanismo), por el que se aprueba definitivamente el Plan Municipal de Noáin-Valle Elorz, promovido por el Ayuntamiento.

La Comisión de Ordenación del Territorio de Navarra (Subcomisión de Urbanismo), en sesión del 11 de abril de 2001, acordó aprobar definitivamente el Plan Municipal de Noáin-Valle Elorz, condicionando la publicación del acto aprobatorio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a la previa incorporación por el Ayuntamiento de una serie de determinaciones vinculantes a un nuevo Texto Refundido.

Con fecha 23 de agosto de 2001, ha tenido entrada en este Departamento el Texto Refundido requerido en el acuerdo citado. Analizado el documento por el Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo se señala que están correctamente resueltas las determinaciones exigidas, por lo que procede publicar la aprobación definitiva del Plan Municipal de Noáin-Valle Elorz.

A la vista de lo expuesto y en virtud de las atribuciones que me han sido delegadas por la Orden Foral 1028/1999, de 29 de julio, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

RESUELVO

1.º Publicar en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, el Acuerdo de 11 de abril de 2001, de la Comisión de Ordenación del Territorio (Subcomisión de Urbanismo), por el que se aprueba definitivamente el Plan Municipal de Noáin-Valle Elorz, acuerdo que figura en el anexo a esta resolución.

2.º Señalar que contra esta Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y contra el Plan Municipal se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la presente Resolución como se dispone en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.º Trasladar la presente Resolución al Ayuntamiento de Noáin-Valle Elorz, y publicarla en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, veintisiete de agosto de dos mil uno.-El Director General de Ordenación del Territorio y Vivienda, Luis Zarraluqui Ortigosa.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio (Subcomisión de Urbanismo), en sesión celebrada el día 11 de abril de 2001, adoptó el siguiente Acuerdo:

"ACUERDO de 11 de abril de 2001, de la Comisión de Ordenación del Territorio (Subcomisión de Urbanismo), por el que se aprueba definitivamente el Plan Municipal de Noáin-Valle de Elorz, promovido por el Ayuntamiento.

El Ayuntamiento de Noáin-Valle de Elorz, presentó con fecha 30 de enero de 2001 para su aprobación definitiva, el proyecto del Plan Municipal de dicho Valle.

El Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, propone la aprobación definitiva del Plan, con las determinaciones que se relacionan en la parte dispositiva de este Acuerdo.

En consecuencia, de conformidad con el artículo 289.e) de la Ley Foral 10/94, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y con el artículo 2.º del Decreto Foral 224/1994, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio de Navarra, la Subcomisión de Urbanismo,

ACUERDA:

1.º Aprobar definitivamente el Plan Municipal de Noáin-Valle de Elorz, condicionando la publicación del acto aprobatorio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra a la previa incorporación por el Ayuntamiento de las siguientes determinaciones vinculantes:

Se incorporarán las determinaciones del informe (17-nov.-00) del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, al texto de la normativa y planos del Plan.

Asimismo, se incorporará la reserva de suelo para la Alternativa número 4 de Autovía a Jaca presentada por el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

Se incorporarán explícitamente a la documentación del Plan las determinaciones del informe (25-oct.-00) de la Confederación Hidrográfica del Ebro.

Se adaptará la normativa relativa a las instalaciones ferroviarias a la banda de protección (25 + 35) establecidas por el PSIS para la Reserva de Terrenos destinados a infraestructura ferroviaria en el Area de Pamplona, tramo Acueducto de Noáin-Zuasti (BOLETIN OFICIAL de Navarra. 22-ene.-97), clasificando esa banda como suelo no urbanizable de infraestructuras previstas.

Anulación o reordenación de la edificación industrial prevista en el Area 6, excluyéndola de la zona de 50 metros de afección, medidos desde la arista exterior de la explanación ferroviaria, en base a la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres ("Boletín Oficial del Estado" 31-jul.-87) y al Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre.

En el entorno del Cementerio, el Ayuntamiento obtendrá autorización expresa de la Autoridad Sanitaria, para las edificaciones propuestas a menos de 50 y de 200 metros del perímetro, o bien, considerará el suelo urbanizable residencial del sector 4 como no ordenado, remitiendo a la tramitación y aprobación de un futuro Plan Parcial para su ordenación concreta.

Redelimitación del Area de Reparto y sector 4, excluyendo del mismo los terrenos de Audenasa (parcela 763) y recálculo, en consecuencia, de su aprovechamiento tipo.

Identificación de las cañadas y traviesa que cruzan el término municipal, según croquis adjunto, delimitación propia y regulación normativa, en base al artículo 40 de la Ley Foral 10/94 y a la legislación específica de vías pecuarias.

2.º Señalar que contra dicho Acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien, podrá ser impugnado directamente ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente de su notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, tal como dispone el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.º Notificar este Acuerdo al Ayuntamiento de Noáin-Valle de Elorz, a los efectos oportunos."

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