III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
- U N C I T I
Tipos de gravamen para el año 2000
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 28 de enero de 2000, adoptó el siguiente acuerdo:
Visto el expediente correspondiente a los tipos impositivos y las tasas para el año 2000, así como las ordenanzas fiscales mediante las cuales se imponen y ordenan estas últimas.
Considerando lo dispuesto en los artículos 12 y 13 de la Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra y el artículo 325 y siguientes de la Ley Foral 6/1990, de Administración Local de Navarra, el Pleno acuerda:
I) Fijación del tipo de gravamen para los siguientes impuestos:
a) Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras:
1.-Coste real y efectivo hasta 35 millones de pesetas: 4 por ciento.
2.-Coste real y efectivo de más de 35 millones de pesetas: 5 por ciento.
b) Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana:
1.-Porcentajes anuales de incremento: 2,2 por ciento para todos los períodos.
2.-Escala de gravamen: 8 por ciento.
c) Contribución territorial:
1.-Urbana: 0,29 por ciento.
2.-Rústica: 0,375 por ciento.
II) Fijación de las siguientes tasas:
a) Recogida de basuras: 8.000 pesetas por vivienda y 16.000 pesetas por local.
Tasa por aprovechamientos especiales de suelo, vuelo y subsuelo por empresas explotadoras de servicios públicos de suministros: 1,5 por ciento sobre ingresos brutos procedentes de la facturación que obtengan anualmente en el término municipal de Unciti.
El expediente se somete a información pública durante treinta días, a partir de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para que los vecinos e interesados legítimos, puedan examinarlo y formular las reclamaciones que estimen convenientes.
Unciti, dos de febrero de dos mil. El Alcalde, Pedro Buldáin Zozaya.
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