BOLETÍN Nº 51 - 26 de abril de 2000

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

- Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Aoiz

Cédula de notificación y citación a juicio

En el procedimiento de referencia, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

"En Aoiz, a veintisiete de marzo de dos mil.

Por recibido en este Juzgado la anterior papeleta de demanda, documentos y poder debidamente bastanteado y copias simples, regístrese en el Libro de su clase, numérese, y fórmese correspondiente juicio verbal, teniéndose como parte en el mismo a Sociedad Civil Sierra de Urraun, y en su nombre al Procurador don Enrique Castellano Vizcay, representación que acredita ostentar con la copia de escritura de poder general para pleitos, que le será devuelta una vez testimoniada en autos, entendiéndose con el referido Procurador las sucesivas diligencias en el modo y forma previsto en la Ley.

Se convoca a las partes a juicio verbal para el día 3 de mayo de 2000 próximo, a las diez horas, en la Sala de Audiencia de este Juzgado.

Cítese al actor de que su incomparecencia dará lugar a tenerle por desistido, conforme al artículo 278 L.E.C. y a la demandada, Mercantil Recupal, S.L., en los Estrados del Juzgado, fijando cédula en el Tablón de Anuncios y publicándolo en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, con el apercibimiento que previene el artículo 1.575 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Líbrense los despachos oportunos.

Hágase saber al arrendatario que el desahucio podrá ser enervado si en algún momento anterior al señalado para la celebración del juicio, paga al actor o pone a su disposición en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, abierta en el Banco Bilbao-Vizcaya, al número 3140, sucursal calle Monasterio de Urdax, o notarialmente, el importe de las cantidades en cuya inefectividad se sustente la demanda y el de las que en dicho instante adeude.

Contra esta resolución, cabe recurso de reposición en el plazo de tres días, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado.

Lo que así se propone y firma, doy fe. Conforme: La Juez, Rebeca Esther Alonso Adrián. La Secretaria en funciones, María Victoria Erdozáin Eguaras".

Y como consecuencia del ignorado paradero de la demandada Mercantil Recupal, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación y citación a juicio.

Aoiz, a veintisiete de marzo de dos mil. La Secretaria, firma ilegible.1496

Código del anuncio: 1496