BOLETÍN Nº 51 - 26 de abril de 2000

V. ADMINISTRACION DEL ESTADO

- Delegación Especial de Navarra de la Agencia Estatal de Administración Tributaria - DEPENDENCIA REGIONAL DE RECAUDACION

Anuncio de subasta

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 139 a 151 del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 1684/90, de 20 de diciembre, y Real Decreto 448/1995, de 24 de marzo), se anuncia la venta del bien que se hará constar en subasta pública, a cuyo efecto se ha dictado la correspondiente providencia en cumplimiento del acuerdo de esta Dependencia de 18 de febrero del 2000, debiendo tenerse en cuenta para su celebración lo siguiente:

1.-Providencia-enajenación: Enajenar mediante subasta pública el bien que a continuación se describe:

Vehículo-turismo Mercedes-260E, matrícula NA-0356-AJ, fecha primera matriculación 29 de febrero de 1988, número bastidor WDB1240261A696814.

Titulares del bien embargado: Jesús José Ruiz Turrillas (15851811G).

Expediente ejecutivo: el que se tramite contra el titular en 15851811-G-RUI.

Deuda a la que alcanza el embargo: 5.881.870 pesetas de principal, recargo de apremio e intereses de demora.

Todo ello según las diligencias de embargo de 21 de agosto de 1995 y 5 de marzo de 1997 citado.

Mandamiento de anotación: 21 de agosto de 1995 y 5 de marzo de 1997, anotados en esas fechas.

Notificación: el deudor ha sido notificado la diligencia de embargo y de la valoración de bien a enajenar y le será notificada esta providencia de subasta.

2.-Fecha, lugar y hora de celebración:

Fecha: 9 de mayo de 2000.

Lugar: En la Sala de Juntas de esta Delegación Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Navarra (calle General Chinchilla, 6-3.ª planta, de Pamplona).

Hora: 10,30 horas.

3.-Tipo de la subasta: 630.000 pesetas.

En cumplimiento de la transcrita providencia, se publica el presente anuncio advirtiéndose a las personas que deseen tomar parte en la subasta lo siguiente:

1.º Podrán tomar parte en la subasta todas las personas que tengan capacidad de obrar con arreglo a derecho, no tengan impedimento o restricción legal y se identifiquen por medio del D.N.I. o pasaporte y con el documento que justifique, en su caso, la representación que ostente.

2.º Todo licitador habrá de constituir ante la Mesa de subasta una fianza de, al menos, el 20 por ciento del tipo fijado. Este depósito se ingresará en firme en el Tesoro si los adjudicatarios no satisfacen el precio de remate, sin perjuicio de la responsabilidad en la que incurrirán por los mayores perjuicios que sobre el importe de la fianza origine la inefectividad de la adjudicación.

3.º Se admitirán ofertas en sobre cerrado. En éstas se expresará el precio máximo ofrecido por el licitador y los sobres deberán presentarse en el Registro General de la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Navarra hasta una hora antes de iniciarse la subasta, debiendo ir acompañadas de cheque conformado a favor del Tesoro Público por el importe de la fianza a que se hace referencia en el apartado segundo.

4.º La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, si se efectúa el pago de la deuda, costas e intereses devengados.

5.º Las cargas que han de quedar subsistentes son: Ninguna.

6.º Los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros.

7.º El rematante entregará en el acto de adjudicación, o dentro de los cinco días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de adjudicación.

8.º Segunda licitación o/y adjudicación directa: Se advierte de la posibilidad de realizar una segunda licitación, si la Mesa, al finalizar la primera, lo juzga pertinente, admitiéndose proposiciones que cubran el nuevo tipo, que será del 75 por ciento del tipo de subasta fijado para la primera licitación, así como de la posibilidad de acordar la adjudicación directa cuando los bienes no hayan sido adjudicados en la subasta realizada; esta última forma de enajenación se llevará a cabo en el plazo máximo de seis meses a contar desde el momento en el que se anuncie por la Mesa, la cual acordará asimismo si la adjudicación tendrá lugar sobre las propuestas presentadas en el primer mes o en los siguientes. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 150 del Reglamento General de Recaudación.

9.º Los deudores con domicilio desconocido, o los declarados en rebeldía, así como los acreedores hipotecarios o pignoraticios desconocidos se tendrán por notificados con plena virtualidad legal por medio del presente anuncio, el cual se publicará en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, en el Ayuntamiento de Pamplona y en las Delegaciones de la AEAT de Navarra y Benidorm, sin perjuicio de la publicidad por otros medios.

10. Practicada liquidación, al sobrante, si lo hubiere, se le dará la aplicación conforme dispone el artículo 148.5.c) del Reglamento General de Recaudación.

Pamplona, veintiocho de marzo de dos mil. El Jefe de la Dependencia Regional de Recaudación, Pedro C. Jiménez Jiménez.

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Código del anuncio: