BOLETÍN Nº 51 - 26 de abril de 2000

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

- Obras y Servicios Públicos

ORDEN FORAL 271/2000, de 10 de abril, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se convoca para el levantamiento de actas previas a la ocupación de bienes y derechos afectados por el proyecto "Canal de Navarra: Tramo 1, Balsa de Regulación de Villaveta, Tramo 2 y Balsa de Regulación de Monreal".

Por Orden Foral 4623/99, de 22 de diciembre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se inició la tramitación del procedimiento de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados por las obras contempladas en el proyecto del "Canal de Navarra: Tramo 1, Balsa de Regulación de Villaveta, Tramo 2 y Balsa de Regulación de Monreal", sometiéndose a información pública, por el plazo de un mes la relación de bienes y derechos afectados.

Por Orden Foral 218/2000, de 14 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones se ha resuelto la información pública, contestándose a las alegaciones presentadas.

El Gobierno de Navarra por Acuerdo de 20 de marzo de 2000 ha declarado la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados.

En su virtud, en uso de las facultades conferidas por el artículo 36.2 de la Ley Foral 23/1983 reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,

ORDENO:

1.º Convocar a los titulares de bienes y derechos afectados por el proyecto "Canal de Navarra: Tramo 1, Balsa de Regulación de Villaveta, Tramo 2 y Balsa de Regulación de Monreal", para que comparezcan el día 8 de mayo en el Ayuntamiento de Lónguida, el día 9 de mayo en los Ayuntamientos de Urroz e Izagaondoa y el día 10 de mayo en los Ayuntamientos de Unciti y Monreal, a fin de proceder al levantamiento de actas previas a la ocupación y, en su caso, a las de ocupación definitiva de los bienes y derechos afectados.

2.º Deberán asistir a dicho acto personalmente o representados por persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, aportando los documentos acreditativos de su titularidad (escritura pública, certificación de registro de la propiedad, etc.) pudiendo hacerse acompañar, a su costa, si lo estiman oportuno de sus Peritos y/o un Notario.

3.º Esta Orden Foral se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, en dos diarios de la Comunidad, en el Tablón de Anuncios de los Ayuntamientos de Lónguida, Urroz, Izagaondoa, Unciti y Monreal y se notificará a los titulares afectados, mediante la oportuna cédula de citación individual, significándose que esta publicación se realiza igualmente a los efectos que determina el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.º Dar traslado de la presente Orden Foral a los Ayuntamientos de Lónguida, Urroz, Izagaondoa, Unciti y Monreal, al Servicio de Proyectos, Tecnología y Obras Hidráulicas y Sección de Expropiaciones.

Pamplona, diez de abril de dos mil.-El Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, José Ignacio Palacios Zuasti.

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