BOLETÍN Nº 51 - 26 de abril de 2000

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

- Juzgado de lo Social número Tres de Navarra

Cédula de notificación

Doña Lourdes García Ruiz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Tres de Navarra.

Hago saber: Que en el procedimiento demanda número 80/2000 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de doña Sonia Langarita Gil, contra las empresas Expo Sofá, Tornero García, Vicente Javier y Juan Luis Otazu Janáriz, sobre despido, se ha dictado sentencia con fecha 30 de marzo de 2000, cuya parte dispositiva dice así:

"Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por doña Sonia Langarita Gil, frente a la empresa Expo Sofá, de la propiedad de don Vicente Javier Tornero García y don Juan Luis Otazu Janáriz, por despido, debo declarar y declaro improcedente el despido y debo condenar y condeno a los demandados a que conjunta y solidariamente, y a su elección, readmitan a la actora en el mismo puesto de trabajo o le abonen una indemnización equivalente a 45 días por año de servicio del salario mensual, así como a que le abonen una indemnización equivalente a los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido, hasta la notificación de esta sentencia.

Se hace saber a la empresa, que la opción deberá ejercitarse mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría del Juzgado de lo Social, dentro del plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia que declara el despido improcedente, sin esperar a la firmeza de la misma, si fuera la de instancia, y, a su vez, que en el supuesto de no optar el empresario por la readmisión o indemnización, se entiende que procede la primera.

Contra esta sentencia, cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante el Juzgado en el mismo plazo.

Se acompañará al anuncio, justificante de haber ingresado 25.000 pesetas en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, cuenta 3160-0000-65-0080-00, en la sucursal del Banco Bilbao-Vizcaya, de la calle Monasterio de Urdax, número 47, de Pamplona, y justificante de haber ingresado, en operación aparte, aunque en el mismo Banco y cuenta, esta vez con el número de procedimiento 3160-0000-67-0080-00, la cantidad objeto de condena.

Esta última cantidad, podrá ser sustituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia, Letrado que dirija el recurso y si no lo hace, lo nombrará de oficio el Juzgado si se trata de trabajador o empresario con beneficio de justicia gratuita, el cual, ostentará también la cualidad de representante, a menos que él hubiese hecho designación expresa de este último.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo".

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Juan Luis Otazu Janáriz, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

En Pamplona, a cinco de abril de dos mil. La Secretaria Judicial, Lourdes García Ruiz.

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