BOLETÍN Nº 39 - 29 de marzo de 2000

V. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

- Juzgado de lo Social número Uno de Navarra

Cédula de notificación

Don Antonio Fernández Ayesa, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Uno de Navarra.

Hago saber: Que en el procedimiento demanda 28/2000 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de don Juan Francisco Lazkano Aramburo, contra la empresa Osonko, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"Fallo: Que estimando la demanda de despido formulada por don Juan Francisco Lazcano Aramburu, contra Osonko, S.L., debo declarar y declaro improcedente el despido del demandante, condenando a la empresa a la readmisión del actor en iguales circunstancias a las que ostentaba antes del despido, o a su elección, al abono de una indemnización de 666.495 pesetas, opción que habrá de ejercitar la empresa en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, entendiendo que si no opta por la readmisión, con abono en todo caso de los salarios dejados de percibir por el trabajador desde el despido, hasta que la readmisión tenga lugar o hasta la notificación de esta sentencia a razón de 14.811 pesetas diarias.

Contra esta sentencia, cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Se acompañará justificante de haber ingresado 25.000 pesetas en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, procedimiento 3158 0000 65 002800, en la sucursal del Banco Bilbao-Vizcaya, de la calle Monasterio Urdax, número 45, de Pamplona, y justificante de haber ingresado, en operación aparte, aunque en el mismo banco y cuenta, esta vez con el número de procedimiento 3158 0000 69 002800, la cantidad objeto de condena.

Esta última cantidad, podrá ser sustituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia Letrado que dirija el recurso y si no se hace, lo nombrará de oficio el Juzgado si se trata de trabajador o empresario con beneficio de justicia gratuita, el cual ostentará también la cualidad de representante a menos que él hubiese hecho designación expresa de este último.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo".

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los Estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Osonko, S.L., que estuvo domiciliada en el Barrio de Endarlatsa, 2, de Lesaca (Navarra) y hoy en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

En Pamplona, a nueve de marzo de dos mil. El Secretario Judicial, Antonio Fernández Ayesa.1129

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