BOLETÍN Nº 138 - 15 de noviembre de 2000

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

A Z A G R A

Convocatoria par la provisión con carácter temporal, mediante concurso-oposición, de la plaza de Interventor para el Ayuntamiento de Azagra

Base primera.-Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión con carácter temporal mediante concurso-oposición, de la plaza de Intervención para el Ayuntamiento de Azagra.

1.2. El contrato tendrá carácter administrativo, finalizando en todo caso, cuando se cubra la vacante en propiedad.

De este modo, el nombramiento conferirá a la persona designada el carácter de contratada administrativa temporal al servicio del Ayuntamiento de Azagra.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel B de los establecidos en el Decreto Foral Legislativo 251/1993 de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y Reglamento Provisional de Retribuciones de 4 de julio de 1984 y complementos que se asignen al puesto de trabajo.

1.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades de servicio pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

1.5. La persona seleccionada ejercerá las funciones de Intervención y será responsable del Area Económica.

1.6. Con la relación de aprobados/as que no hayan obtenido la plaza vacante se confeccionará una lista de la que el Ayuntamiento de Azagra, podrá hacer uso para la contratación temporal de personal, por riguroso orden de puntuación.

Base segunda.-Requisitos de las personas aspirantes.

2.1. Para ser admitidas en el concurso-oposición, las personas aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad y tener nacionalidad española.

b) Hallarse en posesión del título de Diplomatura en Ciencias Económicas o Empresariales, o en Derecho, conforme al artículo 251.2b de la Ley Foral 6/90 de 2 de julio.

c) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondiente funciones.

d) No hallarse inhabilitadas ni suspendidas para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separadas del servicio de cualquier Administración Pública.

2.2. Los requisitos anteriores deberán ser acreditados por la persona aspirante aprobada que obtenga la plaza, en el plazo y forma previstos en la base 7 de la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

Base Tercera.-Solicitudes.

3.1. Las solicitudes para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro del Ayuntamiento de Azagra en el plazo de 15 días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, finalizando el plazo a las trece horas de dicho día. En el caso de que éste sea inhábil, el plazo finalizará a la misma hora del siguiente día hábil.

Dichas solicitudes deberán ajustarse al modelo publicado como Anexo 1 y a las mismas se deberán acompañar los certificados originales, copias autenticadas o fotocopias compulsadas de los méritos que se deseen hacer valer en la fase del concurso.

3.2. A la instancia deberá adjuntarse el justificante de haber abonado en Tesorería Municipal, la cantidad de 3.000 pesetas en concepto de formalización del expediente y derechos de examen.

3.3. El plazo para la presentación de solicitudes será improrrogable.

Base cuarta.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente de la Corporación Municipal de Azagra dictará resolución aprobando la lista provisional de las personas aspirantes admitidas y excluidas, y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, las personas aspirantes excluidas, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Presidente de la Corporación Municipal de Azagra, dictará resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Base quinta.-Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal Calificador estará compuesto por las siguientes personas:

-Presidente: Don Basilio Sánchez Lasheras, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Azagra.

-Suplente: Don Jesús Murgui Díaz, Concejal del Ayuntamiento de Azagra.

-Vocal: Un Técnico/a a designar por la Federación Navarra de Municipios y Concejos.

-Suplente: Un Técnico/a a designar por la Federación Navarra de Municipios y Concejos.

-Vocal: Un Técnico/a a designar por el Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra.

-Suplente: Un Técnico/a a designar por el Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra.

-Vocal: Don Jesús Manuel Rosón Lete, Interventor del Ayuntamiento de Castejón.

-Suplente: Interventor a designar por el titular.

-Vocal-Secretario: Doña María Jesús Hernández Luri, Secretaria del Ayuntamiento de Azagra.

-Suplente: Doña Raquel García Pérez, Secretaria del Ayuntamiento de Cadreita.

5.2. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas, siendo necesaria para su válida constitución y actuación, la asistencia de al menos la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.4. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especiales técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquellas.

Base sexta.-Comienzo y desarrollo del concurso-oposición.

6.1. El concurso-oposición dará comienzo en el mes de enero del año 2001.

En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos/as y exclusivos/as, se determinarán el lugar, la fecha y la hora de comienzo de las pruebas.

6.2. Desarrollo del concurso:

Se valorarán los méritos del candidato/a, con un máximo de 12,5 puntos, de conformidad con lo detallado en el Anexo II.

6.3. Desarrollo de la oposición:

La oposición constará de los siguientes ejercicios.

a) Prueba escrita de carácter teórico. Consistirá en el desarrollo de dos temas de entre los que figuran en el Anexo III, el total máximo de esta prueba será de 20 puntos.

Quedará eliminado de la oposición el aspirante que no obtenga al menos diez puntos en esta prueba.

b) Prueba escrita de carácter práctico. Consistirá en el desarrollo por escrito de dos supuestos prácticos habituales en las funciones de Interventor de un Ayuntamiento Navarro, sobre materias relacionadas con el Anexo IV. El total máximo de esta prueba será de 30 puntos. Quedará eliminado de la oposición el aspirante que no obtenga al menos quince puntos en esta prueba.

6.4. Finalizada la corrección de cada ejercicio, el Tribunal hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Azagra, la lista de las personas aprobadas con las calificaciones obtenidas, y la fecha, el lugar y la hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición con una antelación, como mínimo, de 48 horas.

6.5. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio mediante llamamiento único, al que deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad.

Base séptima.-Relación de personas aprobadas y presentación de documentos.

7.1. Terminada la calificación del último ejercicio el Tribunal elevará al Ayuntamiento la relación de las personas aprobadas por orden de puntuación total obtenida, sumando las calificaciones alcanzadas por cada aspirante en el concurso y en los distintos ejercicios de la oposición, y acompañarán la propuesta de nombramiento a favor del/la aspirante con mayor puntuación. Dicha propuesta deberá publicarse en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Azagra.

7.2. Dentro de los 15 días naturales siguientes a la notificación de la propuesta de nombramiento, el/la aspirante propuesto/a deberá presentar en las oficinas del Ayuntamiento los siguientes documentos:

1.-Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

2.-Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

3.-Declaración jurada de no hallarse inhabilitado/a ni suspendido/a para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado/a del servicio de cualquier Administración Pública.

4.-Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de las funciones propias del cargo.

7.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presentarán dichos documentos, no podrá ser nombrado/a, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia solicitando tomar parte en la convocatoria.

7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, la baja se cubrirá con el/la aspirantes incluido/a inmediatamente a continuación en la relación de aprobados/as que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con dicha persona en la forma señalada en los apartados anteriores.

Base octava.-Nombramiento y toma de posesión.

8.1. Concluido el proceso selectivo y aportados por el/la aspirante los documentos a que se refiere la base 7.2 anterior, el Pleno del Ayuntamiento de Azagra procederá a su nombramiento como contratado/a administrativo/a temporal para el Ayuntamiento de Azagra, para desempeñar el puesto de trabajo de intervención y se procederá a la firma del contrato correspondiente.

8.2. La persona nombrada deberá tomar posesión en el plazo de 7 días a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo, y salvo los casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos. En tal supuesto se estará a lo establecido en la base 7.4.

Base novena.-Recursos.

Contra esta convocatoria, sus bases y actos de aplicación de las mismas podrá interponerse alguno de los siguientes recursos:

a) Directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, ante el órgano competente.

b) Con carácter potestativo, recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del plazo de 1 mes a partir de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

c) Recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes contado desde el día de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/doña ........................, mayor de edad, D.N.I. número ..............., con domicilio en ..........., calle ........................, número .........., código postal ........., teléfono ................

Expone:

Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión con carácter temporal, mediante concurso-oposición, de la plaza de Intervención para el Ayuntamiento de Azagra.

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso/a en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación señalada en la base 2 de la convocatoria.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Por lo expuesto:

Solicito ser admitido/a a la convocatoria para la provisión con carácter temporal, mediante concurso-oposición, de la plaza de Interventor para el Ayuntamiento de Azagra.

(Fecha y firma)

ANEXO II

Los méritos alegados, que deberán ser justificados documentalmente con la presentación de originales o fotocopias compulsadas que se adjuntarán a la solicitud, se calificarán y puntuarán de acuerdo al siguiente baremo:

1.-Experiencia en funciones en intervención en Entidades Locales de Navarra o en labores de asesoramiento a las mismas desde el Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra, por cada año, 1 punto con máximo de 5 puntos.

2.-Experiencia en puestos de trabajo de otras Administraciones Públicas en los que sea necesario los títulos exigidos en esta convocatoria, por cada año 0,5 puntos con un máximo de 2,5 puntos.

3.-Por cursos, duración mínima de 100 horas, relacionados con la gestión económico-financiera de Administraciones Públicas hasta 2,5 puntos.

4.-Por cursos de informática de usuario aplicados al puesto de trabajo, hasta 2,5 puntos.

Los servicios prestados se acreditarán mediante certificados de la Administración Pública especificando la jornada realizada, y se admitirán los efectivamente prestados cualesquiera que fuere el régimen de contratación. En caso de simultaneidad se valorarán sólo los que den derecho a mejor puntuación.

Cuando el tiempo de experiencia acreditado no complete anualidades completas o bien no realizase el trabajo a jornada completa, se obtendrá la correspondiente proporcionalidad por meses enteros.

La valoración máxima a obtener en la fase de concurso será de 12,5 puntos.

Concluida la fase de concurso, se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Azagra, la puntuación obtenida por los/las aspirantes en esta fase.

ANEXO III

Tema 1.-Los principios presupuestarios clásicos. Crisis de concepción presupuestaria clásica. Principios políticos, contables y económicos. Nuevas formas de presupuestos. Efectos económicos del Presupuestos.

Tema 2.-El Presupuesto General de las Corporaciones Locales, según Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en materia de presupuestos y gasto público. Contenido. Bases de ejecución, anexos, formación, tramitación, aprobación, publicación y entrada en vigor. Modificaciones del Presupuesto.

Tema 3.-La estructura de los Presupuestos de las Corporaciones Locales, según Decreto Foral 271/1998, de 21 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en materia de estructura presupuestaria. Concepto general. Clasificación de gastos e ingresos.

Tema 4.-El control de la gestión financiera. Clases de control, control administrativo. Control externo o jurisdiccional. Control político o parlamentario.

Tema 5.-Fiscalización de la gestión económica de las corporaciones locales. Fiscalización interna. Organos y procedimientos de fiscalización. Las funciones de intervención y tesorería. Alcance y contenido.

Tema 6.-Fiscalización de la gestión económica de las Corporaciones Locales. Fiscalización externa. Cámara de Comptos de Navarra. Competencias, funciones, composición.

Tema 7.-Recursos de las Haciendas Locales de Navarra. Ingresos de derecho público e ingresos de derecho privado. Concepto y clases. Los precios públicos. Las operaciones de crédito. Multas y sanciones.

Tema 8.-Recursos de las Haciendas Locales de Navarra. Los recursos tributarios, tasas, contribuciones especiales, impuestos y recargos.

Tema 9.-Recursos de las Haciendas Locales. La participación en los tributos de la Comunidad Foral. Las transferencias corrientes. Las transferencias de capital. El Plan Trienal de Obras e Infraestructuras Locales. Las subvenciones.

Tema 10.-Recursos de las Haciendas Locales de Navarra. Los recursos no tributarios: Aprovechamientos comunales, cuotas de urbanización, otras prestaciones.

Tema 11.-El convenio económico entre Navarra y el Estado. Estructura y contenido. Principios derivados del mismo. Repercusiones para la Administración Local.

Tema 12.-La Ley Foral 8/88, de Hacienda Pública de Navarra. Operaciones financieras. Tesorería, control y contabilidad.

Tema 13.-La Administración Local de Navarra. Organización y administración. Tipos de entidades locales. Organización y funcionamiento, competencias. Miembros de las Corporaciones Locales.

Tema 14.-Los contratos de la Administración Local de Navarra. Naturaleza y sus clases. El contrato administrativo. Elementos del contrato. Validez e invalidez.

Tema 15.-El procedimiento de contratación. Presupuestos del procedimiento de preparación del contrato. Garantías de la contratación.

Tema 16.-Los bienes de las Entidades Locales. Concepto y clases. Modificación de la calificación jurídica de los bienes. El inventario: formación, estructura y elaboración.

Tema 17.-El procedimiento de gestión tributaria: disposiciones generales. Imposición de tributos. Tramitación y liquidación. Comprobación e investigación.

Tema 18.-La recaudación. El período voluntario. La vía de apremio. Prescripción. Otras formas de extinción de deuda. Las garantías. Entidades colaboradoras.

ANEXO IV

Tema 1.-Operaciones financieras en régimen de capitalización simple y compuesta. Conversos para tiempos fraccionarios.

Tema 2.-Descuentos simples y compuestos. Valor actual de un capital en régimen de captación compuesta. Valores medios en la capitalización. Sustitución de créditos en capitalización compuesta. Vencimientos común y medio. Tantos equivalentes de interés y descuentos entero y fraccionado.

Tema 3.-Rentas ciertas, constantes y variables en progresión aritmética y geométrica.

Tema 4.-Préstamos amortizables mediante rentas constantes y variables. Préstamos con interés anticipados y amortizables por el sistema americano. Empréstitos normales, con primas, con lotes y sin pago del último cupón. Empréstitos amortizables mediante rentas variables y empréstitos cuyos totales se amortizan por un efectivo variable cada año. Conversión de empréstitos.

Tema 5.-Cálculo del coste de los servicios públicos generadores de tasas.

Tema 6.-La contabilidad pública: Principios básicos. El sector público. El Plan General de Contabilidad Pública. Fases de la Contabilidad Pública.

Tema 7.-La instrucción de contabilidad para la Administración Local. Operaciones contables. La contabilidad del presupuesto de ingresos. La contabilidad del presupuesto de gastos. Contabilidad de otras operaciones: Inmovilizado; operaciones de crédito; administración de recursos de otros entes públicos; otras operaciones.

Tema 8.-Estados a rendir e información a suministrar. Cálculo del Resultado Presupuestario y del Remanente de Tesorería. La Cuenta General. Estados y Cuentas Anuales de la Entidad Local y sus Organismos Autónomos. Cuentas de las Sociedades Mercantiles. Información para el Pleno de la Entidad y los Organos de Gestión.

Tema 9.-La Contabilidad Administrativa Local. Concepto y fines. Previsiones presupuestarias, reconocimiento y liquidación de derechos y obligaciones, recaudación de ingresos y pago de gastos. Análisis fiscal de expedientes de ingreso y pago de gastos. Análisis fiscal de expedientes de ingreso y gasto. La liquidación del presupuesto.

Azagra, veinte de octubre de dos mil. El Alcalde, Basilio Sánchez Lasheras.

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