VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Instrucción número Tres de Pamplona
Cédula de notificación
El ilustrísimo señor Magistrado, Juez del Juzgado de Instrucción número Tres de Pamplona, en autos de juicio de faltas número 581/1999, seguido sobre lesiones, daños en tráfico, contra María Carmen Sádaba Arbizu, ha acordado notificar la sentencia dictada en los mismos a Oscar Villafranca Encinas y Víctor Vicente Goñi Jubera, cuyo encabezamiento y parte dispositiva dicen así:
"Sentencia. En la ciudad de Pamplona, a siete de junio de dos mil. Vistos por el ilustrísimo señor don José Antonio González González, Magistrado, Juez del Juzgado de Instrucción número Tres de Pamplona y su Partido, los presentes autos de juicio de faltas número 581/99, sobre lesiones por imprudencia, en el que son partes implicadas Oscar Villafranca Encinas y Víctor Vicente Goñi Jubera como denunciantes y María Carmen Sádaba Arbizu como denunciada, y Seguros Axa como responsable civil, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la presente sentencia:
Fallo: Que debo absolver y absuelvo a María Carmen Sádaba Arbizu, de la falta de lesiones por imprudencia por la que venía denunciada, y las costas de oficio.
Así por esta mi sentencia, juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo".
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Navarra, en el plazo de cinco días a partir de su notificación. Rubricado y sellado.
Y para que conste y sirva de notificación a Oscar Villafranca Encinas y Víctor Vicente Goñi Jubera, en ignorado paradero, expido la presente en Pamplona, a cuatro de octubre de dos mil. El Secretario, firma ilegible.
3819
Cédula de notificación y emplazamiento
En autos de cognición número 173/2000, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
"Propuesta de providencia de la Secretaria Judicial en funciones, doña María Victoria Erdozáin Eguaras. En Aoiz, a doce de septiembre de dos mil.
Por presentado el anterior escrito por el Procurador señor Castellano, únase a los autos de su razón. Como se solicita emplácese por edictos a la demandada Industrias Zulueta, S.A., emplazándole en legal forma para que comparezca en autos en el plazo de nueve días y tres más para contestar a la demanda y en caso de no verificarlo será declarada en rebeldía, teniéndose por contestada la demanda, siguiendo su curso los autos, sin más citarle ni oírle, ni hacerle otras notificaciones que las que expresamente la Ley ordena.
Lo que así se propone y firma, doy fe. Conforme: La Magistrado, Juez. La Secretaria en funciones".
Y como consecuencia del ignorado paradero de la demandada Industrias de Zulueta, S.A., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación y emplazamiento en Aoiz, a doce de septiembre de dos mil. La Secretaria, firma ilegible.3628
Código del anuncio: 3628