BOLETÍN Nº 137 - 13 de noviembre de 2000

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Social número Dos de Cáceres

Cédula de notificación

Doña Ana María Maqueda Pérez de Acevedo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Cáceres.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecución número 67/2000 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de doña María Cruz Gómez Rodríguez, contra la empresa Fabricados Baigorri, S.L., sobre despido, se ha dictado el siguiente:

"Auto. En Cáceres, a veintiuno de septiembre de dos mil.

Hechos.

Primero: Con fecha 14 de febrero del presente año, se declaró la improcedencia del despido de María Cruz Gómez Rodríguez, efectuado por la empresa Fabricados Baigorri, S.L. con efectos desde primero de diciembre del pasado año 1999, con la obligación de la demandada a la readmisión de la trabajadora y al abono de los salarios de tramitación.

Segundo: En fecha 2 de marzo pasado, la demandante solicitó la ejecución de lo acordado, alegando su no readmisión y pidiendo la extinción de la relación laboral, con el abono de la indemnización legal correspondiente y los salarios devengados desde el despido hasta la extinción de aquélla, conforme a la circunstancias de la relación laboral reflejadas en el título de ejecución.

Tercero: Habiéndose acordado la celebración del incidente, ha tenido lugar éste, sin que haya comparecido la parte condenada ni el Fondo de Garantía Salarial.

Cuarto: La empresa condenada ha desaparecido de su domicilio, cerrando sus instalaciones y cesando en su actividad.

Fundamentos de Derecho.

Primero: Como resulta de lo actuado y del silencio contradictorio de la condenada que no comparece para defender su derecho, debe tenerse como cierto que la empresa no ha procedido a la readmisión de la trabajadora en las mismas condiciones anteriores al despido, lo que supone, conforme establece el artículo 279 de la Ley de Procedimiento Laboral, la declaración de extinción de la relación laboral que unía a las partes, con efectos desde la presente resolución judicial y la condena de la empresa al abono de una indemnización de 45 días por año de servicio, con el límite máximo de 42 mensualidades, ampliable hasta 15 días por año de servicio y máximo de 12 mensualidades si concurriesen circunstancias de gravedad y perjuicio de la trabajadora, así como al pago de los salarios devengados desde el despido hasta la fecha de la presente resolución.

Por todo lo cual,

Dispongo:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a doña María Cruz Gómez Rodríguez con la empresa Fabricados Baigorri, S.L., con efectos de la fecha de la presente resolución condenando a ésta a que abone a aquélla las cantidades siguientes:

Nombre trabajador: María Cruz Gómez Rodríguez. Indemnización: 357.922 pesetas. Salarios: 2.173.232 pesetas.

Notifíquese esta resolución a las partes, y para que ésta tenga lugar en cuanto a la Empresa "Fabricados Baigorri, S.L.", insértese el correspondiente edicto en el Boletín Oficial de esta Provincia de Cáceres y de la de Navarra, librándose, a tales efectos, los correspondientes oficios a los excelentísimos señores Subdelegado y Delegado de Gobierno de dichas provincias, interesándole la remisión de un ejemplar donde aparezca publicado dicho edicto.

Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma el ilustrísimo señor Magistrado, Juez, don José García Rubio. Doy fe. El Magistrado, Juez, José García Rubio. La Secretaria Judicial. Ana María Maqueda. Rubricados".

Se advierte al destinatario, que las siguientes comunicaciones se harán en los Estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a empresa Fabricados Baigorri, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

En Cáceres, a veintiuno de septiembre de dos mil. La Secretaria Judicial, Ana María Maqueda Pérez de Acevedo.3649

Código del anuncio: 3649

Hace cien años

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