VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de lo Social número Tres de Navarra
Cédula de notificación
Doña Lourdes García Ruiz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Tres de Navarra.
Hago saber: Que en el procedimiento ejecución número 101/2000 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de doña Marta Aizkorbe Iñigo y don José María Hualde Urra, contra la empresa Trebe, S.L., sobre ordinario, se ha dictado resolución en el día de la fecha, que contiene la siguiente:
"Parte dispositiva.
Primero: Despachar la ejecución solicitada por doña Marta Aizkorbe Iñigo y don José María Hualde Urra, contra Fondo de Garantía Salarial, y Trebe, S.L., por un importe de 2.164.330 pesetas de principal, más 216.433 pesetas y 135.270 pesetas para costas e intereses, que se fijan provisionalmente, sin perjuicio de posterior liquidación.
Segundo: Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos, procédase a la averiguación de los mismos, y a tal fin, expídanse los correspondientes oficios y mandamientos al señor Jefe Provincial de Tráfico, ilustrísimo Alcalde, y Registros de la Propiedad de Pamplona, para que todos ellos, y sin perjuicio de las exigencias legales, en el plazo máximo de cinco días, faciliten la relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia. Advirtiéndose a las autoridades y funcionarios requeridos, de las responsabilidades derivadas del incumplimiento injustificado de lo acordado (artículos 75.3 y 238.3 de la L.P.L.).
En caso positivo, se acuerda el embargo de los posibles vehículos propiedad de la ejecutada, interesándose a su vez, la correspondiente anotación y consiguiente certificación.
Tercero: Advertir y requerir a la ejecutada, de las obligaciones y requerimientos que se le efectúan en los razonamientos jurídicos Cuarto y Quinto de esta resolución, y de las consecuencias de su incumplimiento que se detallan en el razonamiento Sexto, y que podrán dar lugar a la imposición de apremios pecuniarios en cuantía de hasta 50.000 pesetas por cada día de retraso.
Cuarto: Dar traslado de esta resolución y del escrito interesando la ejecución al Fondo de Garantía Salarial.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral)".
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Trebe, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
En Pamplona, a veintiuno de septiembre de dos mil. La Secretaria Judicial, Lourdes García Ruiz.3652
Código del anuncio: 3652