III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
T A F A L L A
Aprobación definitiva de la modificación del plan especial de protección y reforma interior, Sector E
En la sesión que el Pleno del muy ilustre Ayuntamiento de Tafalla celebró con carácter de ordinaria el día 26 de septiembre de 2000, entre otros, se adoptó el siguiente acuerdo:
Habiéndose aprobado inicialmente en la sesión del Pleno del muy ilustre Ayuntamiento de Tafalla de fecha 30 de mayo de 2000, la modificación del plan especial de protección y reforma interior Sector E-4, parcela 694 del polígono 34, calle Misericordia, número 38, y promovida por don Juan Martín Navascués.
Sometido el expediente a información pública, mediante anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de fecha 7 de agosto de 2000, número 95, y transcurrido el plazo no se han presentado alegaciones.
Visto el informe de los Servicios Técnicos Municipales y el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo de fecha 22 de septiembre, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 117 y siguientes de la Ley Foral 10/94, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se acuerda:
Primero.-Aprobar definitivamente la modificación del plan especial de protección y reforma interior, Sector E-4 parcela 694 del polígono 34, calle Misericordia, número 38, y promovida por don Juan Martín Navascués.
Segundo.-Publicar acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, así como remitir acuerdo y copia de la Modificación, debidamente diligenciada, al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda del Gobierno de Navarra.
Tercero.-Notificar el acuerdo al Area Económico-Contable, Area de Urbanismo, así como a los interesados a los efectos oportunos.
Lo que notifico para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra dicho acuerdo cabrá interponer:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.
b) Recurso contencioso - administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, o
c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.
Tafalla, a tres de octubre de dos mil. El Alcalde, firma ilegible. La Secretaria, firma ilegible.
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