BOLETÍN Nº 118 - 29 de septiembre de 2000

V. ADMINISTRACION DEL ESTADO

Dirección Provincial de Navarra de la Tesorería General de la Seguridad Social

Cédula de notificación Cancelaciones de aplazamiento extraordinario

En expediente seguido por la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Lleida se ha expedido resolución de cancelación del expediente de aplazamiento extraordinario de cuotas, que copiado en su parte bastante dice:

Con relación al aplazamiento de cuotas que le fue concedido a don Ghalmi Tahar, con domicilio en calle Crucero Ancho, 9, de 31330 Villafranca, con fecha 25 de noviembre de 1998 correspondiente al período junio de 1996 a agosto de 1997 por cuotas del Régimen Especial Agrario Cuenta Ajena, N.A.F. 251001235301, e importe de 60.366 pesetas, al amparo de lo dispuesto en los artículos 24 a 27 de la Orden Ministerial de 22 de febrero de 1996 ("Boletín Oficial del Estado" de 29 de febrero de 1996) que desarrolla el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre ("Boletín Oficial del Estado" de 24 de octubre de 1995), ponemos en su conocimiento que se ha declarado sin efecto el mencionado aplazamiento, de conformidad a lo estipulado en el artículo 23.2 de la citada Orden Ministerial al haberse incumplido por usted el apartado quinto de la resolución de concesión del mencionado aplazamiento al dejar de ingresar, a su vencimiento, las cuotas correspondientes a los plazos de 12/98 y siguientes.

Contra esta Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 183 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre ("Boletín Oficial del Estado" de 24 de octubre de 1995) y 2.b) de la Disposición Adicional Quinta de la Orden Ministerial de 26 de mayo de 1999 en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en el plazo de un mes, desde la notificación de la presente resolución.

Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 183.1.a) del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Y para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" de 27 de noviembre de 1997), y a fin de que sirva de notificación, se hace público el presente anuncio.

Transcurridos ocho días desde la publicación del anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de su último domicilio y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento.

Pamplona, a trece de septiembre de dos mil. El Subdirector Provincial de Recaudación Ejecutiva de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Lleida (artículo 16 Ley 30/92), Isidoro Huguet Sabaté.3493

Código del anuncio: 3493