BOLETÍN Nº 118 - 29 de septiembre de 2000

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

RESOLUCION 585/2000, de 15 de septiembre, del Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, por la que se convocan los XIV Juegos Deportivos de Navarra y se aprueban los criterios básicos que regulan el desarrollo de la competición.

El artículo 44.14 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra atribuye a la Comunidad Foral de Navarra competencia exclusiva en materia de promoción del deporte y adecuada utilización del ocio.

Por Real Decreto 335/1986, de 24 de enero, se llevó a cabo la transferencia de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de deportes a la Comunidad Foral de Navarra. Entre las funciones que se atribuyen a la Comunidad Foral figura expresamente la relativa a la promoción y organización de la actividad deportiva escolar.

El Decreto Foral 204/1997, de 28 de julio, por el que se aprueban los estatutos del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, establece en su artículo primero que el Organismo Autónomo, bajo la superior planificación, dirección y tutela del titular del Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud, ejercerá las competencias en materia de deporte y juventud que corresponden al Gobierno de Navarra, con el alcance que establecen sus propios estatutos.

Entre las funciones que corresponden al Instituto Navarro de Deporte y Juventud se encuentran las de:

a) Fomentar y promocionar la realización de actividades físicas y deportivas en todas sus manifestaciones en el conjunto de la sociedad Navarra. Facultades cuyo ejercicio desarrolla el propio estatuto del Instituto, comprendiendo la promoción, coordinación, fomento y organización de la actividad deportiva en general.

b) Cooperar con Federaciones y Entidades para el desarrollo del Deporte. Las Federaciones Deportivas de Navarra, entidades privadas de base asociativa ejercen por delegación funciones públicas de carácter administrativo y tienen reconocidas, en virtud del Decreto Foral 189/1992 de 19 de mayo, entre sus funciones las concernientes a la promoción y desarrollo de su modalidad o modalidades deportivas, así como la organización de competiciones oficiales de ámbito navarro.

Teniendo en cuenta los antecedentes descritos, procede convocar los XIV Juegos Deportivos de Navarra y establecer en términos generales los criterios básicos que regulen los Juegos Deportivos de Navarra, aglutinando y unificando como competición oficial en el ámbito de la Comunidad Foral a aquella actividad y manifestación deportiva realizada por participantes en categoría infantil, cadete y juvenil, con carácter general, de las modalidades deportivas integradas en los citados juegos, durante el período de tiempo no lectivo. Marco básico que ha venido ejecutándose y asentándose en las ediciones anteriores y en el que por la propia naturaleza deportiva de la actividad desarrollada deben participar e intervenir en ejercicio de las funciones que tienen atribuidas, las Federaciones Deportivas.

La organización de estos Juegos Deportivos de Navarra corresponde al Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud a través del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, conjuntamente con las Federaciones Deportivas y Entidades Locales de Navarra.

Procede igualmente aprobar el texto de los acuerdos a suscribir entre el Instituto Navarro de Deporte y Juventud y las distintas Federaciones Deportivas de Navarra participantes en los mismos.

En consecuencia, y sin perjuicio de la regulación que al respecto pueda establecer la Junta de Gobierno del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, en uso de las facultades conferidas por el artículo 14 del Decreto Foral 204/1997, de 28 de julio, por el que se aprueban los estatutos del Instituto Navarro de Deporte y Juventud,

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria de los XIV Juegos Deportivos de Navarra y los criterios básicos que regulan la competición conforme a la normativa que figuran en anexo a la presente Resolución y su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

2.º Aprobar el texto de los acuerdos a suscribir con las Federaciones Deportivas de Navarra para su organización.

3.º La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.º Trasladar la presente Resolución a la señora Interventora delegada del Departamento de Economía y Hacienda, al Instituto Navarro de Deporte y Juventud, a su Sección de Servicios Generales e Infraestructuras, a la Subdirección de Deporte, a las Federaciones Deportivas de Navarra interesadas, a sus Oficinas Técnicas, y al BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, quince de septiembre de dos mil.-El Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, Javier Trigo Oubiña.

A N E X O

1.-Objetivos.

A) Posibilitar la participación deportiva de toda la población navarra en las categorías infantil y cadete, garantizando su sentido formativo-educativo.

B) Apoyar al deporte de competición, posibilitando la detección de valores individuales, con proyección de futuro.

C) Promocionar modalidades deportivas con escasa implantación en estas edades.

D) Evitar el descenso de participación en el paso de la categoría cadete a la juvenil.

2.-Zonificación.

A efectos de organización territorial de la competición en los Juegos Deportivos de Navarra, se establecen las siguientes zonas, en algunos casos con su correspondiente oficina de gestión, a cargo del técnico de gestión del Instituto Navarro de Deporte y Juventud.

-Zona de Pamplona: Estará compuesta por los siguientes municipios: Ansoáin, Aranguren, Barañáin, Berriozar, Burlada, Ciriza, Zizur, Echarri, Etxauri, Elorz, Egüés, Ezcabarte, Galar, Goñi, Huarte/Uharte, Iza, Juslapeña, Oláibar, Olza, Ollo, Orcoyen, Pamplona, Puente la Reina/Gares, Vidaurreta, Villava/Atarrabia y Zabalza.

Oficina de la Zona: Calle Arrieta, 25.

31002 Pamplona.

Oficina de JDN. Teléfono: 948/427845.

-Zona de Ribera Baja: Estará compuesta por los siguientes municipios: Ablitas, Arguedas, Barillas, Buñuel, Cabanillas, Cadreita, Cascante, Castejón, Cintruénigo, Corella, Cortes, Fitero, Fontellas, Fustiñana, Milagro, Monteagudo, Murchante, Ribaforada, Tudela, Tulebras, Valtierra y Villafranca.

Oficina de la Zona: Calle San Marcial, 25.

Edificio Lestonac.

31500 Tudela.

Teléfono: 948/826362.

-Zona Media Baja: Estará compuesta por los siguientes municipios: Adiós, Añorbe, Artajona, Artazu, Barásoain, Belascoáin, Biurrun-Olcoz, Beire, Berbinzana, Caparroso, Carcastillo, Cirauqui, Enériz, Garínoain, Guirguillano, Larraga, Lerga, Legarda, Leoz, Mañeru, Mélida, Mendigorría, Miranda de Arga, Murillo el Cuende, Murillo el Fruto, Muruzábal, Obanos, Olite, Olóriz, Orísoain, Pitillas, Pueyo, Santacara, San Martín de Unx, Tafalla, Tiebas-Muruarte de Reta, Tirapu, Ucar, Ujué, Unzué y Uterga.

-Zona Media Occidental: Estará compuesta por los siguientes municipios: Abáigar, Abárzuza, Aberin, Alli, Allo, Améscoa Baja, Ancín, Aranarache, Arellano, Arróniz, Ayegui, Barbarin, Dicastillo, Estella, Etayo, Eulate, Guesálaz, Igúzquiza, Lana, Larraona, Legaria, Lezáun, Luquin, Mendaza, Metauten, Morentin, Mués, Murieta, Nazar, Oco, Olejua, Oteiza, Piedramillera, Salinas de Oro, Sorlada, Villamayor de Monjardín, Villatuerta, Yerri y Zúñiga.

Oficina de la Zona: Ayuntamiento de Estella.

31200 Estella.

Teléfono: 948/548216.

-Zona Ribera Media: Estará compuesta por los siguientes municipios: Andosilla, Azagra, Cárcar, Falces, Funes, Marcilla, Peralta y San Adrián.

Oficina de la Zona: Casa de Cultura. Calle Corte, 13.

31350 Peralta.

Teléfono: 948/750543.

-Zona de Baztán-Bidasoa: Estará compuesta por los siguientes municipios: Arantza, Arano, Areso, Baztan, Bertizarana, Donamaria, Etxalar, Elgorriaga, Eratsun, Ezkurra, Goizueta, Ituren, Labaien, Leitza, Lesaka, Oitz, Saldías, Doneztebe/Santesteban, Sunbilla, Urdazubi/Urdax, Urroz, Bera/Vera de Bidasoa, Igantzi, Zubieta y Zugarramurdi.

Oficina de la Zona: Ayuntamiento de Baztan.

31700 Elizondo.

Teléfono: 948/581279.

-Zona de Sakana: Estará compuesta por los siguientes municipios: Altsasu/Alsasua, Arakil, Arbizu, Arruazu, Bakaiku, Ziordia, Etxarri Aranatz, Ergoiena, Uharte Arakil, Irañeta, Iturmendi, Lakuntza, Olazti/Olazagutía, Urdiain e Irurtzun.

Oficina de la Zona: Mancomunidad de Sakana.

31830 Lakuntza.

Teléfono: 948/464866.

-Zona de Ultzama-Larraun: Estará compuesta por los siguientes municipios: Anue, Araitz, Atez, Basaburua Mayor, Betelu, Imotz, Lantz, Larraun, Odieta y Ultzama.

-Zona Media Alta: Estará compuesta por los siguientes municipios: Aibar, Aoiz, Cáseda, Eslava, Ezprogui, Gallipienzo, Ibargoiti, Izagaondoa, Javier, Leache, Liédena, Lizoáin, Lónguida, Lumbier, Monreal, Petilla de Aragón, Romanzado, Sada de Sangüesa, Sangüesa, Urraúl Alto, Urraúl Bajo, Urroz, Unciti y Yesa.

-Zona Ribera Alta: Estará compuesta por los siguientes municipios: Aguilar de Codés, Aras, Armañanzas, Azuelo, Bargota, Cabredo, Desojo, El Busto, Espronceda, Genevilla, Lapoblación, Lazagurría, Lerín, Lodosa, Los Arcos, Marañón, Mendavia, Mirafuentes, Sansol, Sartaguda, Sesma, Torralba del Río, Torres del Río y Viana.

-Zona Pirenaica: Estará compuesta por los siguientes municipios: Abaurregaina/Abaurrea Alta, Abaurrepea/Abaurrea Baja, Arce, Aria, Arive, Auritz/Burguete, Burgui, Castillonuevo, Esparza, Erro, Esteribar, Ezcároz, Gallués, Garaioa, Garde, Garralda, Güesa, Isaba, Izalzu, Jaurrieta, Navascués, Ochagavía, Orbaitzeta, Orbara, Oronz, Oroz-Betelu, Roncal, Orreaga/Roncesvalles, Sarriés, Urzainqui, Uztárroz, Luzaide/Valcarlos, Vidángoz y Villavueva.

3.-Deportes convocados.

Para la presente edición de los JDN se convocan los deportes que a continuación se relacionan:

3.1. Modalidades.

Actividades Subacuáticas, Ajedrez, Atletismo, (Campo a Través y Pista), Bádminton, Baloncesto, Balonmano, Béisbol y Sofbol, Ciclismo, Deportes de Invierno, Fútbol (Fútbol Campo y Fútbol Sala), Herri Kirolak, Hípica (Equithlon y Horse-ball), Judo y D.A, Karate, Natación (Natación y Waterpolo), Patinaje (Velocidad, hockey), Pelota,(Pelota a mano, Cesta Punta y Remonte), Rugby, Taekwondo, Tenis, Tenis de Mesa, y Vela.

4.-Participantes-categorías.

El programa "JDN" va dirigido a todos/as los/as deportistas comprendidos/as en las categorías que más abajo se reseñan. Su participación se hará efectiva a través de clubes deportivos inscritos en el Registro de Asociaciones Deportivas.

Se establecen con carácter general las siguientes edades por categorías:

-"I" Infantil -nacidos/as 87-88.

-"C" Cadetes -nacidos/as 85-86.

-"J" Juveniles nacidos/as 83-84.

-En Natación, Patinaje, Karate, Taekwondo y Vela, las categorías serán las establecidas por las federaciones correspondientes y reflejadas en las "normas técnicas" de los JDN.

Se integra la categoría juvenil (nacidos en 83-84) en el Programa Juegos Deportivos de Navarra en varias modalidades deportivas con las mismas condiciones de participación que Infantiles y Cadetes, excepto en:

-Desplazamientos en autobús.

-Horarios de juego.

-Gestión de instalaciones.

-Arbitrajes.

5.-Calendarios.

La actividad programada en los JDN se desarrollará a lo largo del curso escolar 2000-2001 con carácter general. El día de la semana destinado a la misma, como norma habitual, será el sábado en horario de mañana (salvo en categoría juvenil); si excepcionalmente y no habiendo gastos de desplazamiento, se debiera jugar en otro día u horario, se hará previa petición a la federación deportiva correspondiente que lo comunicará al comité organizador de los JDN.

El INDJ a través del comité de organización aprobará el sistema de competición en cada deporte, propuesto por las federaciones deportivas.

Actividades Subacuáticas 10 días antes de prueba - - 300 - febrero-mayo

Ajedrez (Equipo) Hasta el 6 de octubre 4-8 4 2.000 2.000 octubre-mayo

Ajedrez (Individual) - - - 300 - octubre-mayo

Atletismo (Campo a través) 2-16 noviembre - - 300 - diciembre-febrero

Atletismo (Pista) 1-23 febrero - - 300 - marzo-mayo

Bádminton 10 días antes de prueba - - 300 - octubre-mayo

Baloncesto Hasta el 6 de octubre I-CD (8-15) J (8-12) 12 8.000 10.000 octubre-mayo

Balonmano Hasta el 6 de octubre 12-18 I 14 CD y J.12 8.000 10.000 octubre-mayo

Beisbol Hasta 29 septiembre 12-18 12 5.000 5.000 oct.-nov. y feb.-mayo

Ciclismo 10 días antes de prueba - - 300 - abril-septiembre

Fútbol (Sala) Hasta el 6 de octubre 7-15 12 8.000 10.000 octubre-mayo

Fútbol (Campo) Según Federación 16-25 16 - - octubre-mayo

Herri Kirolak Hasta 15 de febrero 10-16 10 2.000 10.000 marzo-mayo

Hockey Hasta 20 de diciembre 5-15 10 2000 2000 enero-marzo

Judo y D.A. 10 días antes de prueba - - 300 - febrero-mayo

Karate 10 días antes de prueba - - 300 - octubre-mayo

Natación (Nivel "A") 10 días antes de prueba - - 300 - diciembre-julio

Patinaje enero-febrero - - 300 - febrero-abril

Pelota (Mano/Parejas) enero-febrero - - 300 - octubre-junio

Pelota (Cesta Punta) enero-febrero - - 300 - marzo-junio

Pelota (Remonte) enero-febrero - - 300 - marzo-abril

Sófbol Hasta 6 de octubre 12-18 12 2.500 2.500 octubre-mayo

Taekwondo Hasta 18 de enero - - 300 - febrero-mayo

Tenis (Nivel A) Hasta el 10 de enero I "A" 3-8 CD "A" 4-8 - 2.500 5.000 enero-mayo

Tenis de mesa (Equipos) Hasta el 18 de octubre 3-6 3 2.500 5.000 noviembre-mayo

Tenis de Mesa (Individual) 10 días antes de prueba - - 300 - octubre-mayo

Vela 10 días antes de prueba - - 300 - agosto-septiembre

Waterpolo (Nivel A) Hasta 26 de noviembre 10 -18 10 Mixto 2000 2.000 diciembre-marzo

Deportes de invierno 10 días antes de prueba - - 300 - enero-abril

Hípica 10 días antes de prueba - - 300 - marzo-mayo

Horse ball 1 al 16 de febrero 6 De 4 a 6 2.000 2.000 marzo-mayo

Natación (Nivel B) 10 días antes de prueba 20 - 300 - agosto

Rugby Hasta el 31 de octubre 15 9-12-15(S.A.) 8.000 10.000 octubre-abril

Tenis-Nivel B Hasta el 10 de enero 4-8 - 2.500 5.000 enero-mayo

Waterpolo-Nivel B Hasta el 28 de agosto 10 Mixto 10 Mixto 2.000 2.000 septiembre

6.-Inscripciones.

Los JDN tienen papelería y cartelería específica. Toda información y comunicación se hará mediante dicha papelería-cartelería o la que disponga cada federación, pero en las que deberá figurar el anagrama del Instituto Navarro de Deporte y Juventud y de J.D.N.

.Carteles anuncio.

.Datos del club.

.Datos de los componentes del equipo/individual.

.Comunicados oficiales de federaciones.

.Comunicaciones generales.

Las inscripciones se formalizarán obligatoriamente en los impresos oficiales, que estarán a disposición de los futuros participantes en las federaciones deportivas de Navarra correspondientes y en las oficinas de gestión de cada zona en la que existe representante del I.N.D.J.

Los deportistas, delegados, entrenadores, técnicos y árbitros, para desarrollar su función deberán estar acreditados por la correspondiente licencia federativa.

La cumplimentación de todos los datos que se señalan en los impresos es obligatoria.

Una vez tramitadas las inscripciones, se procederá a la expedición de la licencia federativa correspondiente que habilita para poder participar en los JDN.

Las tasas que los clubes deportivos abonarán en concepto de inscripción y expedición de licencias serán única y exclusivamente las determinadas en el cuadro correspondiente de éste programa deportivo.

Se establecerán los siguientes criterios para los pagos de depósitos (antes fianzas) para hacer frente a las responsabilidades de los participantes.

.Por uno o dos equipos de un mismo club: El establecido en el cuadro de éste programa deportivo.

.Por tres o más equipos: El doble del mencionado.

La pérdida total del depósito por sanciones reglamentarias obliga a su reposición inmediata para que el equipo sancionado pueda continuar en competición.

Concluida la competición las federaciones deportivas devolverán el importe del depósito a los clubes que lo soliciten previo descuento de las cantidades que reglamentariamente se hayan deducido.

Con carácter general tendrán derecho a su participación en los Campeonatos de España convocados por el Consejo Superior de Deportes los equipos o deportistas individuales campeones de su especialidad en JDN, siempre que reúnan las condiciones exigidas por el organismo convocante.

7.-Desplazamientos.

El INDJ correrá con los gastos originados por los desplazamientos realizados en los JDN, según los criterios establecidos al efecto.

Con carácter general el medio de transporte será el autobús. Cuando no sea posible lo anterior, los participantes organizarán sus desplazamientos debiendo ser estos autorizados, previamente, por la oficina de los JDN, que contemplará hasta 28 pesetas/Km recorrido por cada 4 participantes.

El horario y lugar de salida de los autobuses será de obligado cumplimiento para los equipos participantes quienes deberán informarse de los mismos a través de la oficina general de JDN, Oficinas de Gestión del INDJ o en las diferentes federaciones deportivas.

Los equipos que vayan a utilizar el transporte oficial de JDN no podrán hacerlo sin la presencia del Delegado/a o del Entrenador/a, siendo aconsejable la de ambos.

Los/as delegados/as, entrenadores/as de los equipos participantes serán los/as responsables de los mismos en el transcurso de los desplazamientos que efectúen sin perjuicio del resto de obligaciones propias del desempeño de sus cargos.

Los equipos que no deseen utilizar los medios de transporte propuestos por la organización deberán comunicarlo con al menos una semana de antelación no teniendo derecho a percibir indemnización alguna.

El incumplimiento de las normas que regirán los desplazamientos podrá ser motivo de privación de la utilización del transporte oficial o de las ayudas que por desplazamientos pudieran derivarse sin perjuicio de la sanción deportiva que en su caso procediese.

Los técnicos de gestión de las distintas zonas deportivas, se encargarán de controlar y planificar los desplazamientos de los deportistas participantes para su conformidad comunicándolos a la oficina de los JDN, con al menos 8 días.

Los desplazamientos en los que intervengan ligas abiertas y se desarrollen a través de todo el territorio navarro, se programarán y controlarán desde la oficina de los JDN, reservándose la organización el derecho a señalizar partidos en campo neutral si lo considera oportuno.

En categoría juvenil los desplazamientos se organizarán de forma libre, abonándose hasta 28 ptas/Km/4 deportistas desplazados según figuren en el acta correspondiente al partido disputado.

8.-Seguros.

La asistencia sanitaria corresponderá al seguro sanitario de cada uno de los participantes. Aquellos participantes que no dispongan de dicho seguro, deberán solicitar su afiliación a la Mutualidad General Deportiva, a través de los técnicos de gestión de las distintas zonas deportivas o de la Federación correspondiente.

Los participantes en Fútbol y Fútbol Sala deberán, obligatoriamente, afiliarse a la Mutualidad de Futbolistas Españoles.

El INDJ no se responsabiliza en ningún caso de accidente deportivo alguno si no se han cumplido las normas establecidas al efecto.

9.-Comité de Organización.

Estará compuesto por representantes de las federaciones correspondientes y técnicos de la Subdirección de Deporte, teniendo las siguientes funciones:

.Organización general de los JDN.

.Aprobar calendarios, jornadas y sistemas de competición.

.Supervisión general y control de la actividad.

10.-Oficina de Juegos Deportivos de Navarra.

Tendrá las siguientes funciones:

.Recepción de resultados.

.Coordinación de viajes e instalaciones.

.Relación con las federaciones deportivas.

.Relación con el Gabinete de Prensa. Canalizar toda la información (resultados, clasificaciones, señalamientos, fotografías, etc.) a través del Gabinete de Prensa a los diferentes medios de comunicación.

.Control de medallas y trofeos.

.Otras que pudieran serle encomendadas de las que tiene asignadas la Unidad Orgánica de la que depende.

11.-Técnicos de Gestión del INDJ.

Los técnicos de gestión son los responsables de la organización general de los J.D.N. en sus zonas respectivas en colaboración con las federaciones deportivas, teniendo entre otras las siguientes funciones:

.Supervisar las actividades desarrolladas en la zona.

.Tramitar las inscripciones de los/as participantes de la zona.

.Informar y potenciar las actividades.

.Recibir y remitir toda la información que generen los JDN a las diferentes federaciones y a la oficina de los JDN.

.Controlar y planificar los viajes de los equipos de sus respectivas zonas según se indica en el apartado de desplazamientos.

.Completar la información a los Clubes inscritos para participar en los JDN del procedimiento a seguir en el caso de accidente deportivo.

.Tramitar a la Oficina de JDN los justificantes de gastos producidos en los JDN por los participantes de su zona, con el visto bueno, de forma bimestral; debiendo controlar los viajes, fechas, y precios facturados.

.Elaborar una memoria del desarrollo de la actividad que tenga relación con su zona. Esta memoria deberá ser descriptiva y se añadirá a la misma una valoración de la actividad.

.Las que pudieran serles encomendadas de las que tiene asignadas la Unidad Orgánica de la que dependen.

12.-Federaciones Deportivas.

Los JDN deben constituir el único campeonato de la federación navarra correspondiente, en las categorías establecidas, de acuerdo con sus normas de inscripción, técnicas y régimen disciplinario.

Además ejercerán las siguientes funciones:

.Elaborar o facilitar las reglas de juego específicas aplicables a este campeonato que las enviarán a la oficina de JDN.

.Utilizar las hojas de inscripción, papelería específica de los JDN en todos los asuntos relacionados con los mismos y la publicidad estática del INDJ.

.Elaborar y entregar el calendario 10 días antes del inicio de la competición.

.Seguir el sistema de competición, calendarios y las tarifas arbitrales convenidas entre federación y el INDJ.

.Notificar a la oficina de JDN los señalamientos, clasificaciones, resultados, nuevas inscripciones.

.Indicar por escrito el nombre de la o las personas responsables de los JDN que deberán componer el comité de organización.

.Enviar, a la oficina de JDN al finalizar la competición, una memoria valorada de la misma.

.Comunicar todos los datos de interés mencionados anteriormente a los clubes y técnicos de gestión.

.Designación de los árbitros y jueces necesarios para el correcto desarrollo de la competición, asegurando la presencia de los mismos en los encuentros programados.

.Elaboración de las clasificaciones, recepción de actas, y programación de jornadas (señalamientos).

Las funciones de los delegados y entrenadores serán las estipuladas en los reglamentos particulares de cada federación deportiva.

El incumplimiento de las normas a que están obligadas las federaciones deportivas participantes en los JDN podrá dar lugar a su exclusión del mencionado programa sin perjuicio de las penalizaciones económicas que pudieran derivarse.

13.-Instalaciones.

Todos los equipos participantes en los JDN deberán disponer de instalaciones adecuadas para efectuar la competición, o bien gestionar con los técnicos de gestión el uso de otras instalaciones alternativas. En ningún caso se podrán derivar gastos de alquiler de instalaciones con cargo al INDJ.

Los equipos que tengan una hora fija de juego en sus instalaciones deberán coordinar la hora de juego con la del autobús cuando el equipo contrario utilice como medio de desplazamiento el transporte organizado en autobuses.

14.-Aplazamientos.

Podrán aplazarse encuentros cuando la solicitud se realice por escrito con al menos ocho días de antelación a la señalización del encuentro, con acuerdo escrito de ambos clubes indicando el lugar, la hora, e instalación de recuperación y además contar con la aprobación del órgano competente de cada federación deportiva.

Los gastos que pudieran derivarse del aplazamiento serán con cargo al club/equipo que solicita el mismo.

15.-Trofeos y medallas.

El INDJ donará los trofeos y medallas que se entreguen en los JDN en las diferentes finales que se celebren.

16.-Disciplina deportiva.

Será de aplicación a los XIV JDN el régimen disciplinario general previsto en el ordenamiento jurídico vigente, específicamente el capitulo V del Decreto Foral 189/1992, de 19 de mayo, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de Navarra.

Es objetivo del I.N.D.J. la aplicación de reglamentos adaptados a estas edades huyendo de la aplicación de reglamentos para adultos y/o profesionales.

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