BOLETÍN Nº 118 - 29 de septiembre de 2000

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Social número Tres de Navarra

Cédula de notificación

Doña Lourdes García Ruiz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Tres de Navarra.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecución número 99/2000 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de don Francisco Javier Victoria Miranda, don Francisco Javier Goñi Gascue y don Francisco Roldán Viedma, contra la empresa Talleres Burlada, S.A., sobre ordinario, se ha dictado lo siguiente:

Primero: Despachar la ejecución solicitada por don Francisco Javier Victoria Miranda, don Francisco Javier Goñi Gascue y don Francisco Roldán Viedma, contra Talleres Burlada, S.A., por un importe de 5.888.261 pesetas de principal, más 588.826 pesetas y 368.016 pesetas para costas e intereses, que se fijan provisionalmente, sin perjuicio de posterior liquidación.

Segundo: Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos, procédase a la averiguación de los mismos y a tal fin, expídanse los correspondientes oficios y mandamientos al señor Jefe Provincial de Tráfico, ilustrísimo Alcalde de Villava, Registro de la Propiedad de Pamplona y también al Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno de Navarra, a fin de que comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Foral se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el Impuesto sobre el Valor Añadido, o cualquier otro.

Y asimismo para que todos ellos, y sin perjuicio de las exigencias legales, en el plazo máximo de cinco días, faciliten la relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia. Advirtiéndose a las autoridades y funcionarios requeridos de las responsabilidades derivadas del incumplimiento injustificado de lo acordado (artículos 75.3 y 238.3 de la L.P.L.).

En caso positivo, se acuerda el embargo de los posibles vehículos propiedad de la ejecutada, interesándose a su vez, la correspondiente anotación y consiguiente certificación, así como el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesándose la remisión de las mismas a la cuenta de depósitos y consignaciones abierta por este Juzgado en el Banco Bilbao-Vizcaya, cuenta corriente número 3160-0000-64-0099-00, sito en calle Monasterio de Urdax, número 45.

Tercero: Advertir y requerir a la ejecutada de las obligaciones y requerimientos que se le efectúan en los razonamientos jurídicos Cuarto y Quinto de esta resolución y de las consecuencias de su incumplimiento que se detallan en el razonamiento Sexto y que podrán dar lugar a la imposición de apremios pecuniarios en cuantía de hasta 50.000 pesetas por cada día de retraso.

Cuarto: Dar traslado de esta resolución y del escrito interesando la ejecución al Fondo de Garantía Salarial.

Quinto: A la vista del importe por el que se ha despachado la presente ejecución, se acuerda notificar la presente resolución, así como las restantes en las que se decreten embargos, a los representantes de los trabajadores de la empresa ejecutada, a fin de que, si a su derecho conviniere, puedan comparecer en el proceso.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Conforme: El Magistrado, Juez. La Secretaria Judicial.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Talleres Burlada, S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

En Pamplona, a cuatro de septiembre de dos mil. La Secretaria Judicial, Lourdes García Ruiz.3405

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