BOLETÍN Nº 100 - 18 de agosto de 2000

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Autoridades y Personal

ORDEN FORAL 173/2000, de 31 de julio, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para la constitución, mediante pruebas selectivas, de una relación de aspirantes Titulados de Grado Medio, para su posterior contratación temporal, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en el Departamento de Economía y Hacienda de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra (incluida la Hacienda Tributaria de Navarra, organismo autónomo adscrito al mismo), con una vigencia temporal de tres años.

Por Orden Foral 172/2000, de 31 de julio, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, se ha aprobado la convocatoria para la constitución, mediante pruebas selectivas, de una relación de aspirantes Titulados de Grado Medio, para su posterior contratación temporal, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en el Departamento de Economía y Hacienda de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra (incluida la Hacienda Tributaria de Navarra, organismo autónomo adscrito al mismo), con una vigencia temporal de tres años, con arreglo a las siguientes bases:

1.-Se anuncia convocatoria para constituir, mediante pruebas de selección y de conformidad con lo dispuesto tanto en el artículo 42.2.c) del Reglamento de Ingreso del Personal en las Administraciones Públicas de Navarra (publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 73, de 17 de junio de 1985), como en los Acuerdos sobre las condiciones de empleo del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, suscritos con fecha 28 de junio de 1996, una relación de aspirantes Titulados de Grado Medio, para su posterior contratación temporal, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en el Departamento de Economía y Hacienda de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra (incluida la Hacienda Tributaria de Navarra, organismo autónomo adscrito al mismo), con una vigencia temporal de tres años.

La contratación de personal temporal de dicha relación quedará, en todo caso, supeditada a la inexistencia, en la última convocatoria publicada celebrada o a celebrarse, de personal que, habiendo superado pruebas selectivas para el ingreso como contratados laborales fijos o funcionarios en un puesto de trabajo análogo y de su misma especialidad, no hubieran obtenido plaza; dado que los aprobados sin plaza de la ultima convocatoria publicada resuelta gozarán de un derecho preferente, cara a la provisión temporal de puestos de trabajo.

Agotada esta posibilidad, bien por haberse efectuado el ofrecimiento, bien por no existir ese personal, se acudirá a la contratación del personal incluido en la citada relación, por orden de puntuación obtenida.

2.-Los aspirantes que resulten seleccionados podrán ser contratados temporalmente en régimen administrativo o en régimen laboral, y encuadrados en el nivel o grupo B, en las condiciones, por lo que respecta al personal a contratar en régimen laboral temporal, económicas y laborales señaladas en la legislación laboral vigente que resulte de aplicación así como en el vigente Convenio Colectivo Supraempresarial del Personal Laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Foral y de sus Organismos Autónomos, publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 107, de 4 de septiembre de 1996.

Por su parte, el personal a contratar en régimen administrativo lo será conforme a lo dispuesto en el artículo 88 b) y siguientes del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, y demás disposiciones normativas que resulten de aplicación (siempre y cuando sean adecuadas a la naturaleza de su condición); percibiendo las retribuciones correspondientes a dicho puesto de trabajo, salvo aquellas que sean inherentes a la condición de personal fijo de plantilla.

Los contratados serán dados de alta y afiliados al Régimen General de la Seguridad Social, siendo, por tanto, de su cargo la cuota correspondiente, así como la retención del I.R.P.F. en las cuantías que procedan.

3.-Los aspirantes deberán reunir en la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias los requisitos siguientes:

a) Tener nacionalidad española, y ser mayor de edad.

b) Hallarse en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, o titulación declarada oficialmente equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, o haber cursado y superado en esa fecha los tres primeros cursos completos de una licenciatura, arquitectura o ingeniería superior.

c) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impidan el desempeño de sus funciones.

d) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

e) Cumplir los requisitos específicos relativos al modelo de contratación a utilizar.

Los anteriores requisitos deberán ser acreditados documentalmente por los aspirantes que resulten seleccionados y contratados en el momento que se les indique, con anterioridad a la formalización del contrato.

El cumplimiento de los anteriores requisitos, salvo el correspondiente al apartado e), se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección y hasta el momento de la contratación.

4.-Quienes deseen participar en la presente convocatoria deberán presentar en el Registro General del Gobierno de Navarra, sito en la Av. Carlos III, número 2, de Pamplona, la correspondiente solicitud, según modelo oficial que figura en el Anexo I de esta convocatoria.

5.-El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

6.-Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Servicio de Relaciones Laborales de la Dirección General de la Función Pública del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior hará pública en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Av. Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona) la relación de aspirantes admitidos y excluidos. Los aspirantes podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia en el plazo de cinco días hábiles.

7.-Con la relación de aspirantes admitidos y excluidos se hará pública la fecha de realización de la prueba de selección y el lugar de celebración de la misma; teniendo previsto realizar dicha prueba de selección a partir de la segunda quincena del mes de septiembre de 2000.

8.-Tribunal calificador.

El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: don José Ignacio Pérez de Albéniz Andueza, Director del Servicio de Tributos de la Hacienda Tributaria de Navarra.

Suplente: don José Luis Azkárate Sanz, Director del Servicio de Gestión de Hacienda de la Hacienda Tributaria de Navarra.

Vocal: don Jesús Ondarra Erdozia, Jefe del Negociado de Asesoramiento Técnico sobre el IVA del Servicio de Tributos de la Hacienda Tributaria de Navarra.

Vocal Suplente: doña Elvira de Lorenzo Valdelomar, Gestor, adscrita a la Sección del Impuesto sobre el Valor Añadido del Servicio de Tributos de la Hacienda Tributaria de Navarra.

Vocal: doña Ana Juániz Larrañegui, Jefa del Negociado de Asesoramiento Técnico sobre IRPF y Patrimonio del Servicio de Tributos de la Hacienda Tributaria de Navarra.

Vocal Suplente: doña Inés Casado Redín, Gestor, adscrita a la Sección de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y Patrimonio del Servicio de Tributos de la Hacienda Tributaria de Navarra.

Vocal: Un representante designado por las Comisiones de Personal y los Comités de Empresa del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra (incluida la Hacienda Tributaria de Navarra).

Suplente: Un representante designado por las Comisiones de Personal y los Comités de Empresa del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra (incluida la Hacienda Tributaria de Navarra).

Vocal-Secretario: don Javier Ezpeleta Iraizoz, Jefe del Negociado de Organización de la Campaña de la Renta y Patrimonio del Servicio de Gestión de Hacienda de la Hacienda Tributaria de Navarra.

Suplente: don Isaac Hualde Resano, Jefe del Negociado de Entidades Colaboradoras del Servicio de Gestión de Hacienda de la Hacienda Tributaria de Navarra.

El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para la prueba. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquélla.

9.-La selección se efectuará mediante la realización de una prueba de conocimientos, sobre las materias contenidas en el temario, recogido en el Anexo II de la presente convocatoria.

La duración de la prueba será fijada por el Tribunal al comienzo de la misma.

10.-La prueba selectiva será calificada con una valoración de 0 a 50 puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación total máxima (25 puntos).

11.-La relación de aspirantes seleccionados se hará pública en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra.

12.-Los seleccionados que resulten contratados serán adscritos al Departamento de Economía y Hacienda de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra (incluida la Hacienda Tributaria de Navarra, organismo autónomo adscrito al mismo).

13.-Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde la publicación o notificación del acto recurrido. Contra el acuerdo resolutorio del recurso de alzada procederá recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses.

Pamplona, treinta y uno de julio de dos mil.-El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Rafael Gurrea Induráin.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/doña .............................., mayor de edad, provisto de Documento Nacional de Identidad número ............., nacido el día ...... de .................. de 19....., natural de .................. (...............) y con domicilio en ................. (...............), calle ......................, número ......, piso ......, código postal ............, teléfono .............

Expone:

Que habiéndose aprobado la convocatoria para la constitución, mediante pruebas selectivas, de una relación de aspirantes Titulados de Grado Medio, para su posterior contratación temporal, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en el Departamento de Economía y Hacienda de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra (incluida la Hacienda Tributaria de Navarra, organismo autónomo adscrito al mismo), con una vigencia temporal de tres años, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ......, de fecha ......................

Que reuniendo todos y cada uno de los requisitos exigidos en la misma, que son los siguientes:

a) Tener la nacionalidad española y ser mayor de edad.

b) Hallarse en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, o titulación declarada oficialmente equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, o haber superado en esa fecha los tres primeros cursos completos de una licenciatura, arquitectura o ingeniería superior.

c) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impidan el desempeño de sus funciones.

d) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas, y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Que padece minusvalía, por lo que solicita la adaptación que se adjunta por los motivos que se expresan (en folio aparte se especificará la minusvalía y las adaptaciones que se solicitan)

Solicita: Ser admitido a la convocatoria citada, a fin de participar en la prueba de selección correspondiente.

Pamplona, .......... de .................................... de 2000.

(Firma)

ANEXO II

Temario

CONVENIO ECONOMICO

Tema 1.-Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra. Disposiciones Generales, normas comunes de armonización tributaria y normas referentes al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y al Impuesto sobre el Valor Añadido

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS

Tema 2.-Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Régimen jurídico, naturaleza, objeto y ámbito de aplicación del impuesto.

Tema 3.-Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Ambito material y personal del hecho imponible.

Tema 4.-Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Base imponible: norma general. Rendimientos del trabajo. Rendimientos del capital inmobiliario y mobiliario.

Tema 5.-Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Rendimientos de actividades empresariales y profesionales. Incrementos y disminuciones de patrimonio. Imputaciones: Transparencia fiscal.

Tema 6.-Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Integración y compensación de rentas. Base liquidable general: reducciones en la parte general de la base imponible. Compensación de la parte general de la base liquidable negativa. Base liquidable especial.

Tema 7.-Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Cuota íntegra. Cuota líquida: deducciones de la cuota. Cuota diferencial. Deuda tributaria.

Tema 8.-Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Opción por la tributación conjunta. Concepto de unidad familiar. Ejercicio de la opción. Elementos de la tributación conjunta. Compensación de partidas negativas en la tributación conjunta. Reglas especiales de la tributación conjunta.

Tema 9.-Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Periodo impositivo y devengo del impuesto. Periodo impositivo inferior al año natural. Imputación temporal de ingresos y gastos. Determinación de la situación familiar.

Tema 10.-Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta. Obligados a practicar pagos a cuenta. Nacimiento de la obligación de retener o ingresar a cuenta. Imputación temporal de las retenciones. Cálculo e importe de las retenciones o ingresos a cuenta. Obligaciones del retenedor y del obligado a ingresar a cuenta. Pagos fraccionados.

Tema 11.-Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Gestión del impuesto: iniciación del procedimiento, comprobación e investigación, liquidación, recaudación. Obligaciones formales. Prescripción. Recursos.

Nota: Las contestaciones de los temas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se realizarán ajustándose a la normativa foral navarra vigente

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

Tema 12.-El Impuesto sobre el Valor Añadido. Naturaleza y ámbito de aplicación. Hecho Imponible: Entregas de bienes, prestaciones de servicios, adquisiciones intracomunitarias de bienes e importaciones de bienes.

Tema 13.-Impuesto sobre el Valor Añadido. Exenciones: Entregas de bienes, prestaciones de servicios, adquisiciones intracomunitarias de bienes. Exenciones en importaciones de bienes (artículos 27, 64 y 65 de la Ley 37/92 del Impuesto sobre el Valor Añadido.)

Tema 14.-Impuesto sobre el Valor Añadido. Lugar de realización del hecho imponible: Entregas de bienes, prestaciones de servicios y operaciones intracomunitarias. Devengo del impuesto: Entregas de bienes, prestaciones de servicios, adquisiciones intracomunitarias de bienes e importaciones de bienes.

Tema 15.-Impuesto sobre el Valor Añadido. Base Imponible: Entregas de bienes, prestaciones de servicios, adquisiciones intracomunitarias de bienes e importaciones de bienes. Sujetos Pasivos: Entregas de bienes, prestaciones de servicios, adquisiciones intracomunitarias de bienes e importaciones de bienes. Responsables del Impuesto. Repercusión del Impuesto.

Tema 16.-Impuesto sobre el Valor Añadido. Tipo Impositivo. Deducciones y devoluciones. Devoluciones a empresarios y profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del Impuesto.

Tema 17.-Impuesto sobre el Valor Añadido. Regímenes especiales. Normas Generales. Régimen Simplificado. Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca. Régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección. Régimen especial de la agencias de viajes. Régimen especial del recargo de equivalencia.

Tema 18.-Impuesto sobre el Valor Añadido. Obligaciones de los sujetos pasivos. Gestión del Impuesto: Liquidación y recaudación. Liquidación provisional de oficio. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Representante fiscal.

Tema 19.-Impuesto sobre el Valor Añadido. Suspensión del ingreso. Infracciones y sanciones. Recursos. Disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales.

Tema 20.-Impuesto sobre el Valor Añadido. Decreto Foral 85/1993, de 8 de marzo, por el que se regula la expedición de facturas y la justificación de gastos y deducciones.

Nota: Las contestaciones de los temas del Impuesto sobre el Valor Añadido se realizarán ajustándose a la normativa foral navarra vigente y, en lo no regulado por ésta, a la normativa de territorio común vigente.

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