BOLETÍN Nº 164 - 31 de diciembre de 1999

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

- E G Ü E S

Aprobación definitiva Ordenanza Reguladora de Precios Públicos por utilización de instalaciones y desarrollo de actividades en el Polideportivo Municipal en Olaz

Don Jesús Miguel Monteano Sorbet, Secretario del Ayuntamiento del Valle de Egüés, certifica que en sesión plenaria ordinaria celebrada en día veintiocho de octubre de mil novecientos noventa y nueve, el Ayuntamiento adoptó el siguiente acuerdo que se transcribe a continuación:

"Aprobación definitiva Ordenanza Reguladora de Precios Públicos por utilización de instalaciones y desarrollo de actividades en el Polideportivo Municipal en Olaz.

En sesión plenaria de 11 de junio de 1998 se aprobó inicialmente la Ordenanza Reguladora de los precios públicos por utilización de instalaciones y desarrollo de actividades deportivas.

La aprobación inicial y su exposición pública fueron publicadas en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 81 de 8 de julio de 1998.

Habiendo transcurrido el período de exposición pública, sin que se hayan presentado reclamaciones, y de conformidad con lo dispuesto en artículo 325.c) que dispone que las Ordenanzas Fiscales se entenderán aprobadas definitivamente, sin necesidad de acuerdo expreso, si durante el período de exposición no se hubieran presentado reclamaciones.

En consecuencia se acuerda: Por 8 votos favorables.

1.-Entender aprobadas definitivamente la Ordenanza Reguladora de los Precios Públicos por utilización de las instalaciones Deportivas Municipales en Olaz.

2.-Publicar su texto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Se expide a los efectos oportunos en Egüés a trece de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. El Secretario, firma ilegible.

ORDENANZA REGULADORA DE LOS PRECIOS PUBLICOS POR LA UTILIZACION DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES, PRESTACION DE SERVICIOS Y DESARROLLO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS

Artículo 1.º El precio público objeto de esta Ordenanza se establece al amparo de lo dispuesto en los artículos 28 y siguientes de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de las Haciendas Locales de Navarra.

Art. 2.º Estarán obligados al pago de estas exacciones las personas naturales usuarias de las piscinas, frontón, y cuantas otras instalaciones deportivas que sean de titularidad municipal.

También lo estarán las personas naturales que se inscriban para la participación en actividades organizadas de carácter deportivo.

Los precios públicos se devengarán tanto si los servicios se prestan y las actividades se organizan directamente por el Ayuntamiento, como si se organizan y prestan respectivamente de forma indirecta por tercero en virtud de adjudicación.

Art. 3.º La obligación de contribuir nacerá desde que la utilización se inicie mediante la entrada al recinto de las instalaciones deportivas, o, según los casos, desde la inscripción para la recepción de servicios o desarrollo de actividades deportivas.

Tanto los pases diarios como los abonos por tiempo determinado tendrán carácter personal e intransferible.

Art. 4.º Las tarifas de precios públicos serán las que se expresan en el anexo a esta Ordenanza.

Art. 5.º Los usuarios de las instalaciones deberán respetar, en todo momento, la normativa de uso interno y las normas de comportamiento y utilización de las mismas que figuren expuestas en sus respectivos recintos.

Art. 6.º La negativa a presentar los pases y abonos a requerimiento del personal encargado de las instalaciones podrá sancionarse con la expulsión del recinto de las mismas.

Art. 7.º Se considerará acto de defraudación el hecho de entrar al recinto de las instalaciones sin el correspondiente pase o autorización de uso.

Art. 8.º La utilización de las instalaciones deportivas municipales para actividades culturales y benéficas estará exenta del pago de los precios públicos. La exención se reconocerá, en cada caso, por la Alcaldía.

DISPOSICION FINAL UNICA

La presente Ordenanza entrará en vigor, produciendo plenos jurídicos, una vez haya sido publicado íntegramente su texto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

ANEXO DE TARIFAS

Precios públicos por utilización de las instalaciones y desarrollo de actividades deportivas en Polideportivo Municipal en Olaz

CURSOS DEPORTIVOS

ABONADOS NO ABONADOS

OCTUBRE A MAYO OCTUBRE A MAYO

Menores de 18 años 6.900 13.000

Mayores de 18 años 9.900 19.000

SALA DE MUSCULACION

Sólo abonados

CURSILLO PROGRAMAS

DE APRENDIZAJE DE SEGUIMIENTO

Adultos de 18 a 65 años 2.500 1.000

Mayores de 65 años 1.500 1.000

ABONO VERANO Y ENTRADAS DIARIAS

ABONO VERANO ENTRADA DIARIA ENTRADA DIARIA

3 MESES VERANO LABORAB. VERANO FESTIVOS

Infantiles 4-13 años 4.500 300 450

Juveniles 14-17 años 6.750 400 550

Adultos 18-65 años 9.000 600 750

Mayores de 65 años 4.500 300 450

ALQUILER FRONTON Y PISTA POLIDEPORTIVA

PELOTA FUTBITO, BALONCESTO...

SIN LUZ CON LUZ SIN LUZ CON LUZ

Abonados 400 600 1.500 1.800

No abonados 2.000 2.300 5.000 5.300

CUOTAS DE ENTRADA INICIAL Y PRECIOS PARA ABONADOS

Forma de pago (Descuento en pago semestral y anual)

ENTRADA TOTAL TRIMESTRAL SEMESTRAL ANUAL

INICIAL PTAS./AÑO 4 PAGOS 2 PAGOS 1 PAGO

Infantiles 4-13 años 12.000 5.750 1.438 2.818 5.462

Juveniles 14-17 años 14.000 8.625 2.156 4.226 8.194

Adultos 18-65 años 16.000 11.500 2.875 5.635 10.925

Mayores de 65 años 12.000 5.750 1.438 2.817 5.462

Código del anuncio: A9912337

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