BOLETÍN Nº 71 - 15 de junio de 1998

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Disposiciones Generales. Decretos Forales

DECRETO FORAL 176/1998, de 1 de junio, por el que se modifica parcialmente la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos.

Mediante Decreto Foral 173/1998, de 25 de mayo, se da cumplimiento a la Disposición Adicional Primera de la Ley Foral 4/1998, de 6 de abril, de la Cámara Agraria de Navarra, sobre integración en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra del personal laboral fijo de la Cámara Provincial Agraria de Navarra, cuya relación figura en el Anexo al citado Decreto Foral.

En la plantilla orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación figuran las vacantes de Auxiliar administrativo necesarias para posibilitar la adscripción de los dos empleados de la Cámara Provincial Agraria de Navarra que, según se indica en el anexo del Decreto Foral 4/1998, desempeñan dicho puesto de trabajo.

Sin embargo, para facilitar la integración del resto de personal que se relaciona en el mencionado Anexo, es preciso crear en la plantilla orgánica provisional una vacante de Licenciado en Económicas y otra vacante de Licenciado en Derecho, y dotarlas económicamente con cargo los créditos liberados por la reconversión de plazas que se realiza en el Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, mediante este Decreto Foral, así como por los resultantes de la amortización de otras vacantes, adscritas al mismo Departamento, efectuada mediante Decreto Foral 143/1998, de 27 de abril, cuyos excedentes de crédito figuran en las líneas 28590-4 y 28220-4 del vigente presupuesto de gastos.

Por otro lado, el Departamento Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda propone la reconversión de una plaza de régimen laboral, con el fin de adecuar los actuales recursos a las necesidades de los servicios.

Existe informe favorable de la Intervención delegada del Departamento de Economía y Hacienda.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia e Interior y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día uno de junio de mil novecientos noventa y ocho,

DECRETO:

Artículo único.-La plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos queda modificada en los siguientes términos.

Uno.-Se amortizan las plazas vacantes que se relacionan a continuación, que cuentan con la correspondiente dotación económica en el vigente presupuesto de gastos:

a) Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

-Una vacante de Licenciado en Derecho, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 5.386.

b) Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

-Una vacante de Ingeniero Agrónomo, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 4.447.

Dos.-Se crean las plazas que se relacionan a continuación, con cargo a la dotación económica de las vacantes que se amortizan en el apartado uno de este artículo, y a los excedentes de crédito resultantes de las modificaciones de plantilla realizadas mediante Decreto Foral 143/1998, de 27 de abril, cuya consignación figura en las líneas 28590-4 y 28220-4 del vigente presupuesto de gastos del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación:

a) Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

-Una vacante de Auxiliar administrativo, de régimen funcionarial nivel D, adscrita a la Secretaría Técnica e identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 5.863.

b) Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

-Una vacante de Licenciado en Ciencias Económicas, de régimen laboral fijo, Grupo A, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 5.864.

-Una vacante de Licenciado en Derecho, de régimen laboral fijo, Grupo A, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 5.865.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.-Se faculta al Consejero de Presidencia e Interior para dictar las disposiciones que sean precisas para el desarrollo y ejecución de este Decreto Foral.

Segunda.-Este Decreto Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, uno de junio de mil novecientos noventa y ocho.-El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.-El Consejero de Presidencia e Interior, Rafael Gurrea Induráin.

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