BOLETÍN Nº 58 - 15 de mayo de 1998

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES SALAZAR Y NAVASCUES

Convocatoria para la provisión por concurso-oposición, de plazas de Trabajador/a Familiar, a media jornada en régimen laboral

La Mancomunidad de Servicios Sociales de Salazar y Navascués, en sesión celebrada el día 30 de marzo de 1998, aprobó por unanimidad la convocatoria para la provisión, por el sistema de concurso-oposición de las siguientes plazas de Trabajador/a Familiar, a media jornada de régimen laboral:

1.º Una plaza de Trabajador/a Familiar, a media jornada, en régimen laboral fijo.

2.º Una plaza de Trabajador/a Familiar, a media jornada, en régimen laboral fijo discontinuo.

3.º Creación de una lista de Trabajadores Familiares, a media jornada, en régimen laboral temporal, para cubrir sustituciones por bajas, vacaciones, etc...

Las bases de la convocatoria son:

Base 1.-Normas generales.

1.1. Se anuncia convocatoria para la provisión, por el sistema de concurso-oposición, de las siguientes plazas de Trabajador/a Familiar para la Mancomunidad Salazar y Navascués:

1.º Una plaza de Trabajador/a Familiar a media jornada, en régimen laboral fijo.

2.º Una plaza de Trabajador/a Familiar, a media jornada, en régimen laboral fijo discontinuo.

3.º Lista de Trabajadores Familiares, a media jornada, en régimen laboral para cubrir sustituciones por bajas, vacaciones, etc...

1.2. El puesto de trabajo estará dotado con las remuneraciones correspondientes al nivel E, en su sueldo inicial o nivel básico, sin ningún otro complemento retributivo que el que se vaya generando por antigüedad, en la parte proporcional que le corresponda, es decir, su retribución bruta anual será el equivalente al 50% del sueldo inicial del nivel E, a tenor de lo dispuesto en las disposiciones aplicables.

1.3. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en un principio por la Mancomunidad. El horario será de media jornada.

1.4. El nombrado tendrá el deber de residir en alguna de las localidades de esta Mancomunidad.

1.5. El nombramiento conferirá a las personas designadas, a todos los efectos, el carácter de empleado/a en régimen laboral, con las siguientes características:

-Empleado/a fijo/a en régimen laboral para la persona que acceda a la primera de las plazas ofertadas.

-Empleado/a fijo/a discontinuo en régimen laboral, para la persona que acceda a la segunda de las plazas ofertadas.

-Empleado/a laboral temporal para cubrir sustituciones para las personas que pasen a confeccionar la lista de sustituciones.

Los nombrados tendrán todos los derechos y deberes que señalan las disposiciones vigentes en materia de empleados laborales de la Mancomunidad Salazar y Navascués.

1.6. Modo de asignar las plazas: El Tribunal calificador, concluidas las fases de concurso y oposición, confeccionará la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación obtenida, de mayor a menor, y elevará a la Asamblea de la Mancomunidad, propuesta de nombramiento para las plazas, del siguiente modo:

-En favor del aspirante que hubiera obtenido mayor puntuación final, para la plaza de Trabajador/a Familiar a media jornada en régimen laboral fijo.

-En favor del aspirante que hubiera obtenido la segunda mejor puntuación final, para la plaza de Trabajador/a Familiar a media jornada en régimen laboral fijo discontinuo.

-Confeccionará una lista por estricto orden de puntuación final obtenida, con el resto de las personas aprobadas, a partir de la tercera mejor puntuación final obtenida, que elevará a la Asamblea de la Mancomunidad para ser contratadas para cubrir sustituciones.

La propuesta del Tribunal calificador, será vinculante para la Mancomunidad, que procederá a nombrar a las personas propuestas por el Tribunal, por el sistema así establecido.

1.7. Normas específicas para el puesto de Trabajador/a Familiar a media jornada, en régimen laboral fijo discontinuo: El periodo anual en el que prestará sus servicios para la Mancomunidad, será de diez meses al año. Es decir, la persona nombrada permanecerá contratada durante diez meses al año, y de baja en la empresa los dos meses restantes del año. El señalamiento de los meses concretos del año en que prestará sus servicios, será establecido cada año por la Mancomunidad, comunicándosele al trabajador con una antelación suficiente.

1.8. Normas específicas para la lista de Trabajadores Familiares a media jornada en régimen laboral, para cubrir sustituciones: Las personas que compongan esta lista, serán contratadas para cubrir sustituciones por bajas, vacaciones, etc..., en función de las necesidades, por estricto orden de puntuación obtenida. La Asamblea de la Mancomunidad elevará a definitiva la lista confeccionada por el Tribunal calificador, y será posteriormente el Presidente de la Mancomunidad quien formalice los oportunos contratos concretos para las sustituciones, siguiendo el estricto orden de la lista.

Base 2.-Funciones a desempeñar.

2.1. La persona designada realizará todas aquellas tareas encaminadas a la atención a la familia y cuidado del hogar de aquellas personas o familias que debido a su situación requieran ser atendidas por el Servicio de atención a domicilio, las cuales le serán encomendadas por la Mancomunidad Salazar y Navascués.

Base 3.-Requisitos de los aspirantes.

3.1. Para ser admitidos al concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir, a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad.

b) Tener nacionalidad española o de alguno de los países que componen la Unión Europea.

c) Hallarse en posesión del Certificado de escolaridad o equivalente.

d) Hallarse en posesión del carnet de conducir de vehículos de la clase B1 y disponer de vehículo para realizar las tareas propias de su cargo.

e) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

f) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas, y no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública.

3.2. Los requisitos anteriores, deberán ser acreditados por el aspirante aprobado que obtenga puesto de trabajo. Deberá además gozar de los mismos durante el proceso de selección, hasta el momento del nombramiento.

Base 4.-Instancias.

4.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria, deberán presentarse en el Registro de la Mancomunidad, sito en la Secretaría del Ayuntamiento de Ezcároz, en el plazo de treinta días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. El plazo expirará a las doce horas del último día.

Las instancias deberán ajustarse al modelo publicado como anexo 1 a esta convocatoria, y en ella los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

4.2. Junto con la instancia deberá presentarse una copia del D.N.I.

4.3. Deberá presentarse copia autentificada o fotocopia compulsada u originales de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos en el punto 3.1, o declaración prometida o jurada al respecto.

4.4. Los aspirantes acompañarán curriculum vitae y documentación acreditativa, original o autenticada notarial o administrativamente de cuantos méritos sean alegados a los efectos del baremo.

4.5. El plazo para la presentación de instancias será improrrogable.

4.6. El incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en esta base 4.ª dará lugar a la inadmisión del solicitante, a excepción de la no presentación de documentos acreditativos de los méritos alegados, que tan solo dará lugar a la no valoración de los mismos en la fase de concurso.

Base 5.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se aprobará por el señor Presidente de la Mancomunidad la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

5.2. Dentro de los diez días hábiles siguientes al de la publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, los aspirantes excluidos, podrán formular reclamaciones, y subsanar, en su caso, los defectos formales de su instancia y documentación presentada.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Presidente aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

En la misma publicación se señalará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

Base 6.-Tribunal calificador.

6.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: don Juan Angel Contín Carlosena, Presidente de la Mancomunidad de Servicios Sociales Salazar y Navascués.

Suplente: don Juan José Ortiz Anaut, Vicepresidente de la Mancomunidad de Servicios Sociales Salazar y Navascués.

1.º Vocal: un técnico designado por el Departamento de Bienestar Social del Gobierno de Navarra, así como su suplente.

2.º Vocal: un Trabajador Social nombrado por el Colegio de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales, así como su suplente.

3.º Vocal: un trabajador familiar de un servicio de atención a domicilio, así como un suplente.

4.º Vocal Titular: don José Luis Carrica Narvaiz. Suplente: don Eduardo Ibáñez Eseverri.

De Secretario, sin derecho a voto, actuará el del Ayuntamiento de Ezcároz. Suplente el Secretario del Ayuntamiento de Esparza de Salazar.

6.2. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

6.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

6.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

6.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitaran al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el tribunal en base exclusivamente de aquéllas.

7.-Desarrollo del concurso-oposición.

El concurso-oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición, en la forma indicada en la presente convocatoria.

7.1. Fase de concurso:

a) El Tribunal procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes, de acuerdo con el siguiente baremo de méritos. Todos los méritos deberán ser alegados y acreditados documentalmente por los aspirantes en el momento de presentar su instancia solicitando tomar parte en el concurso-oposición. Los documentos deberán ser originales o compulsados debidamente, teniéndose en cuenta sólo los méritos acreditados en la fecha de la publicación de la convocatoria.

b) El Tribunal podrá solicitar en cualquier momento aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por los concursantes. Los méritos alegados y acreditados fuera de plazo se tendrán por no presentados.

c) Concluida la fase del concurso, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes, precisando los puntos que haya obtenido cada uno de ellos en la fase de concurso, en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Ezcároz.

d) Baremo de méritos:

d.1.) Por experiencia en puestos de Trabajador Familiar en Administraciones públicas: 2 puntos por año, hasta un máximo de 6 puntos. Si se trata de Entidades no públicas: 1 punto por año hasta un máximo de 2 puntos. Se contabilizarán las fracciones correspondientes a los meses.

Ambas puntuaciones se concederán íntegras por cada año trabajado, siempre que la jornada laboral haya sido como mínimo el 50%. Si la jornada no alcanzase ese 50%, se computará la parte proporcional que corresponda, siendo la media jornada el 100% de la equivalencia.

d.2.) Por cursos de formación relacionados con las funciones a desempeñar a través del S.A.D.:

-Por cursos de hasta de 20 horas, se concederá 1 punto por cada curso hasta un máximo de 2 puntos.

-Por cursos de más de 20 horas, se concederán 1,50 puntos por cada curso hasta un máximo de 3 puntos.

-Cuando de haya alcanzado la máxima puntuación por cursos de más de 20 horas, y el aspirante justifique tener más cursos de duración superior a 20 horas, estos cursos computarán como de menos de 20 horas, siempre que el aspirante no haya alcanzado la máxima puntuación en el apartado de los de menos de 20 horas.

-Cuando no se especifiquen las horas de duración de los cursos, éstos se computarán como de menos de 20 horas.

d.3.) Por otras titulaciones académicas superiores a la exigida, se concederán 0,50 puntos por cada titulación, hasta un máximo de 2 puntos.

La puntuación máxima de la fase de concurso será de 15 puntos.

7.2. Fase de oposición.

Consistirá en la realización de las siguientes pruebas:

Primer ejercicio: Un ejercicio de carácter teórico, consistente en la exposición por escrito de un tema elegido por sorteo del anexo II durante un máximo de dos horas. La puntuación máxima será de 15 puntos, quedando eliminado todo aquel que no obtenga 7,5 puntos.

Segundo ejercicio: Un ejercicio de carácter teórico-práctico que consistirá en el desarrollo de un supuesto práctico sobre un caso de Atención domiciliaria, elaborado por el tribunal. La duración máxima del ejercicio será de dos horas y la puntuación máxima de 15 puntos, quedando eliminado todo aquel que no obtenga 7,5 puntos.

Tercer ejercicio: Entrevista con el Tribunal calificador que versará sobre temas generales de los Servicios Sociales y temas concretos del trabajo a desarrollar y sobre las características generales y problemática de la zona que abarca la Mancomunidad. La puntuación máxima será de 5 puntos.

Cada una de estas pruebas tendrá carácter eliminatorio, salvo la entrevista, por lo que, en caso de que no se supere alguna, se perderá el derecho a participar en la siguiente prueba.

Cada una de los miembros del Tribunal efectuará la calificación por separado, y la media aritmética de todas las calificaciones será la puntuación de la parte del ejercicio de que se trate.

Una vez terminado cada ejercicio, el Tribunal hará público en las oficinas de la Casa Consistorial de Ezcároz, el lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio y las calificaciones obtenidas.

El Tribunal podrá acordar potestativamente la realización de varios o de todos los ejercicios en un mismo día.

Las pruebas se realizarán mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparezcan a las mismas, quedarán eliminados.

Base 8.-Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

8.1. Valorados los méritos, y calificados los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Ezcároz, sede de la Mancomunidad, la relación de aprobados por orden de puntuación total obtenida, de mayor a menor, elevando el Tribunal a la Asamblea General de la Mancomunidad, propuesta de nombramiento del siguiente modo:

-En favor del aspirante que hubiera obtenido mayor puntuación final, para la plaza de Trabajador/a Familiar, a media jornada, en régimen laboral fijo.

-En favor del aspirante que hubiera obtenido la segunda mejor puntuación final, para la plaza de Trabajador/a Familiar a media jornada, en régimen laboral fijo discontinuo.

-Confeccionará una lista por estricto orden de puntuación final obtenida con el resto de personas aprobadas, a partir de la tercera mejor puntuación final obtenida, para ser contratadas para cubrir sustituciones.

La propuesta del Tribunal Calificador, será vinculante para la Mancomunidad, que procederá a nombrar a las personas propuestas por el Tribunal por el sistema así establecido.

Esta propuesta será publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

8.2. Dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación de la propuesta de nombramiento en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, los aspirantes propuestos deberá presentar en Secretaría de la Mancomunidad la siguiente documentación:

1.-Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

2.-Original o fotocopia compulsada de la titulación exigida.

3.-Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio en cualquier Administración Pública.

4.-Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de las funciones propias de su cargo.

5.-Original o fotocopia del carnet de conducir B1.

8.3. Quienes dentro del plazo indicado y salvo en los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presentaran dichos documentos, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido en la presentación de su instancia.

8.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, la Mancomunidad cubrirá el puesto de trabajo con el aspirante incluido inmediatamente en la relación de aprobados, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

Base 9.-Nombramiento y toma de posesión.

9.1. Normas para las plazas números: 1.º y 2.º de Trabajador/a Familiar fijo y fijo discontinuo, respectivamente:

9.1.a. La Asamblea General de la mancomunidad nombrará para los puestos a los aspirantes propuestos por el Tribunal, que hubieran dado cumplimiento a lo establecido en la base anterior. Dicho nombramiento será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

9.1.b. Las personas nombradas deberán tomar posesión de las plazas en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento.

Si en dicho caso y salvo en casos de fuerza mayor, no tomaran posesión, perderán todos sus derechos, y se procederá a aplicar lo dispuesto en la base 8.4 de la presente convocatoria.

9.2. Normas para la lista de Trabajadores Familiares para cubrir sustituciones:

9.2.a. La Asamblea General de la Mancomunidad, aprobará la lista propuesta por el Tribunal, elevándola a definitiva, incluyendo en la misma a los aspirantes que hubieran dado cumplimiento a lo establecido en la base 8.ª

9.2.b. Las personas incluidas en la lista, accederán a los puestos de trabajo por estricto orden de puntuación obtenida, siendo el Presidente de la Mancomunidad, quien formalice los oportunos contratos de trabajo concretos para las sustituciones, en función de las necesidades de cada momento, por bajas, vacaciones, etc... Si los aspirantes designados para cubrir una baja concreta, no accedieran al puesto de trabajo en el plazo que se les indique, se procederá a designar al aspirante siguiente por orden de puntuación.

Base 10.-Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma cabe interponer optativamente, los siguientes recursos:

a) Recurso contencioso - administrativo ante la sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación o notificación.

b) Previamente y con carácter potestativo, recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en al plazo de un mes desde la publicación o notificación del mismo.

Ezcároz, a treinta de marzo de mil novecientos noventa y ocho. El Presidente, Juan Angel Contín Carlosena.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/Doña ..............., mayor de edad, provisto de D.N.I. número ............, nacido el día ..... de .......... de 19...., natural de ........., provincia de ..........., con domicilio en .............., calle ..............., número ........., teléfono ...........

Ante Vd. comparece y como mejor proceda dice:

Que solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de plazas de Trabajador/a Familiar a media jornada, para la Mancomunidad de Servicios Sociales Salazar y Navascués, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ........ de fecha ...............

Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Por lo expuesto,

Solicita se sirva admitir la presente instancia y en su virtud tenga al suscribiente por admitido en la convocatoria para la provisión de las mencionadas plazas.

En ............ a ........ de .......... de 199....

(Firma)

ANEXO II

Temario

I.-Los Servicios Sociales de base en Navarra. - Definición - Características - Funciones - Programas.

II.-El Servicio de Atención a Domicilio - Definición - Objetivos del S.A.D. - Usuarios - Funcionamiento y metodología.

III.-Los Trabajadores Familiares en el Servicio de Atención a Domicilio - Definición - Funciones y tareas a desempeñar - Perfil del Trabajador Familiar - Derechos y deberes del Trabajador familiar - Relación con el equipo de los S.S.B. y con otros equipos.

IV.-Problemas más frecuentes en la tercera edad: Físicos, psíquicos y sociales - Factores que intervienen en el proceso de envejecimiento de este sector de población - Funciones y tareas del Trabajador Familiar.

V.-La Salud. - Hábitos saludables, nutrición y alimentación - Manipulación de alimentos: normas a observar - Ejercicio físico: prevención de la enfermedad y accidentes - Rehabilitación - Primeros auxilios: nociones básicas - Asistencia sanitaria y medicación.

VI.-El Trabajador Familiar en el desarrollo de sus funciones con los diferentes usuarios del Servicio de Atención a Domicilio.-Tercera edad - Disminuidos físicos, psíquicos y sensoriales - Familias en dificultad - Personas que padecen enfermedades graves y/o terminales.

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