BOLETÍN Nº 113 - 21 de septiembre de 1998

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

O L I T E

Convocatoria para la provisión, por concurso-oposición, de una plaza de Subalterno-Peón de Servicios Múltiples, de carácter laboral, a jornada completa y por tiempo indefinido, para el Ayuntamiento de Olite

B A S E S

1.-Condiciones generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, por el sistema de concurso-oposición, de un puesto de trabajo de subalterno-Peón de Servicios Múltiples, contratado en régimen laboral, a jornada completa y por tiempo indefinido, para el Ayuntamiento de Olite.

1.2. Los trabajos a desarrollar por el nombrado serán los propios de su nivel y desempeñará cuantas funciones le sean encomendadas por los órganos municipales competentes, incluso en el cementerio municipal y en el manejo, atención, mantenimiento etc, de la maquinaria y vehículos municipales.

1.3. Dentro del total de horas fijadas en los calendarios laborales para cada año, el régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos municipales competentes.

1.4. La retribución del puesto será la correspondiente al nivel "D" de la escala funcionarial establecida en la normativa reguladora de las condiciones de trabajo del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, a la que se asimila a este efecto.

1.5. El contratado tendrá el deber de fijar su residencia en Olite.

2.-Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la presente convocatoria, los aspirantes deberán reunir, a la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o de cualquier otro estado de la Unión Europea.

b) Ser mayor de edad.

c) Estar en posesión, como mínimo, del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

d) Tener las condiciones físicas y psíquicas adecuadas para el ejercicio de su trabajo.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio en cualquier Administración Pública.

f) Estar en posesión de permiso de conducir de la clase B-1., como mínimo.

2.2. Los requisitos enumerados deberán acreditarse por los aspirantes en el momento de presentación de su instancia y su cumplimiento se entenderá referido, en todo caso, a la fecha de expiración del plazo de presentación de éstas.

3.-Presentación de instancias.

3.1. Las solicitudes para poder participar en las pruebas deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Olite en el plazo de treinta días naturales desde la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, antes de las trece horas del día en que expire el plazo si fuera día hábil o, en su caso, el siguiente que lo sea, siendo el plazo improrrogable.

3.2. Las instancias deberán ajustarse al modelo que se inserta como anexo 1 de la presente convocatoria y a las mismas se acompañarán los documentos que siguen:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopia compulsada del título o títulos académicos y de los certificados de cursos específicos de formación.

c) Fotocopia compulsada del carnet de conducir

d) Certificación médica, en documento original, de contar con las condiciones físicas y psíquicas adecuadas para el puesto.

e) Declaración jurada de que el aspirante no ha sido inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas ni separado del servicio en cualquier Administración Pública.

f) Recibo o justificante acreditativo del ingreso en Depositaría Municipal de la cantidad de 3.000 pesetas en concepto de derechos de examen.

g) Certificación expedida por órgano competente, acreditativa de la prestación de servicios en Administraciones Públicas.

3.3. Las fotocopias podrán ser compulsadas notarial o administrativamente, pudiendo, en este caso, realizarse en el Ayuntamiento de Olite.

4.-Admisión y reclamaciones.

4.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias y mediante resolución de la Alcaldía , se aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos que deberá ser publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Dentro del plazo de diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional, en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos formales del expediente.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y resueltas éstas, el Alcalde dictará resolución aprobando la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos ordenando su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

En la misma resolución se señalará el lugar, día y hora del comienzo de las pruebas de la fase de oposición.

5.-Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Don Jesús Garde Valencia, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Olite o Concejal en quien delegue.

Suplente: Don Pedro Fernández Aranda, Concejal.

Vocal: Doña María Carmen Ochoa Canela, Teniente de Alcalde.

Suplente: Don José Antonio Vallés Andía, Teniente de Alcalde.

Vocal: Don Lorenzo Gorría Gabari, Encargado General de Obras del Ayuntamiento de Olite.

Suplente: Don Pedro Landívar Ardanaz, empleado del Ayuntamiento.

Vocal: Don José Ignacio Abaurrea Leoz, Representante del Personal.

Suplente: Doña Ana Carmen Sebastián Ochoa, Representante del Personal.

Vocal-Secretario: Don José Luis Unzué Ruiz, Secretario del Ayuntamiento de Olite.

Suplente: Doña Felisa Martínez Salinas, Oficial Administrativo del Ayuntamiento de Olite.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros y resolverá, por mayoría, todas las cuestiones relacionadas con la interpretación y aplicación de las bases.

5.3. El Tribunal podrá incorporar, para todas o alguna de las pruebas, asesores especialistas que se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, colaborando con el Tribunal en base exclusivamente a aquellas.

6.-Fase de concurso.

6.1. El Tribunal valorará los méritos alegados y probados por los aspirantes en el momento de presentar su instancia, con documentos originales o debidamente compulsados. Los no presentados en ese momento se tendrán por no aportados a todos los efectos.

6.2. Valoración de los méritos:

a) Servicios:

Por prestación de servicios en Administraciones Públicas, en puestos similares al de la convocatoria, por cada año un punto hasta un máximo de 10 puntos.

b) Curriculum:

1. Por cada certificado de realización de cursos específicos de formación en materias propias de su función, por cada uno un punto, hasta un máximo de 5 puntos.

2. Disponer de carnet de conducir de categoría superior a la exigida, por cada tipo un punto con un máximo de 2 puntos.

c) Títulos:

1. Por estar en posesión de título académico de nivel superior, 2 puntos.

2. Por titulación académica de grado medio, 1 punto.

No se valorarán los títulos cuya posesión sea requisito imprescindible para la consecución de otros de rango académico superior que se aleguen como mérito y sean objeto de valoración específica en el baremo.

Asimismo tampoco podrá ser objeto de valoración el título que sirva como requisito para poder concurrir a la convocatoria.

6.3. La puntuación máxima otorgada en la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, será de 20 puntos.

6.4. Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios municipal, la relación de aspirantes y la puntuación asignada a cada uno, con una antelación de tres días, al menos, a la fecha fijada para la fase de oposición.

En ese plazo, los aspirantes podrán presentar alegaciones o reclamaciones contra la valoración de los méritos.

7.-Fase de oposición.

7.1. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

a) Primer ejercicio: Lo integran dos pruebas consistentes en contestar por escrito a cuestionarios preparados por el Tribunal, que versarán sobre:

1. Escribir al dictado, un ejercicio de una extensión aproximada de 100 palabras.

2. Resolución de varios problemas de matemáticas de nivel básico. En esta prueba no podrán utilizarse máquinas calculadoras.

El tiempo máximo para la realización de ambas pruebas será de 60 minutos.

Estas pruebas se realizarán mediante el sistema de plicas cerradas.

b) Segundo ejercicio: Consistirá en cuatro pruebas prácticas relacionadas con el trabajo que va a realizar a las que se asignará una puntuación máxima de diez puntos por prueba y cuyo tiempo de ejecución será marcado por el Tribunal.

7.2. La puntuación máxima de los ejercicios de la fase de oposición, que no tienen carácter eliminatorio, será de 70 puntos, que quedan distribuidos de la siguiente forma:

Primer ejercicio: Un máximo de 30 puntos.

Segundo ejercicio: Un máximo de 40 puntos.

7.3. Entrevista: Finalizadas las pruebas de la fase de oposición, el Tribunal realizará una entrevista con cada uno de los aspirantes, sobre temas relacionados con el trabajo a desarrollar y cualquier otro que permita la mayor definición del perfil del aspirante y su idoneidad para el puesto.

La puntuación máxima a asignar en la entrevista es de 10 puntos.

7.4. Las pruebas se realizarán por llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparecieran a las mismas a la hora señalada quedarán eliminados.

8.-Relación de aprobados.

8.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Olite, y en el lugar de celebración del último ejercicio, la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida, sumando las calificaciones conseguidas por cada aspirante en la fase de concurso y en la de oposición y la elevará al órgano municipal competente con propuesta de nombramiento en favor del aspirante que haya obtenido la máxima puntuación en ambas fases, o del siguiente o siguientes en su caso, siendo la propuesta vinculante.

9.-Nombramiento y toma de posesión.

9.1. Concluido el procedimiento selectivo a que se refiere la base anterior, el Sr. Alcalde Presidente, mediante Resolución, nombrará y, en su caso, ordenará la contratación para desempeñar el puesto de Empleado de Servicios Múltiples del Ayuntamiento de Olite al aspirante aprobado que haya obtenido la mayor puntuación.

9.2. El designado deberá tomar posesión del cargo en el plazo de un mes desde la notificación fehaciente de su nombramiento.

Si en dicho plazo, y salvo casos de fuerza mayor justificados, no tomara posesión perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de Empleado de Servicios Múltiples nivel D.

En ese caso el puesto se cubrirá con el siguiente o siguientes candidatos incluidos en la relación a que se refiere la base 8.1.

El nombramiento, una vez efectuada la toma de posesión por el candidato elegido, se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

10.-Recursos.

Contra la presente convocatoria , sus bases y los actos de aplicación de la misma, cabe interponer, optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses desde la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación que se recurra, comunicando previamente al órgano autor del mismo la intención de recurrir, o potestativamente

b) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes, desde la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación que se recurra.

Olite a, veintiocho de agosto de mil novecientos noventa y ocho. El Alcalde-Presidente.

ANEXO I

Don .................. mayor de edad, con D.N.I. número ........... y nacido el día ..... de ........... de 19...., con domicilio en ............. calle .............. número ....... código postal ........... teléfono ..........

Comparece y como mejor proceda dice:

Que en el BOLETIN OFICIAL de Navarra n.º 113 de septiembre de 1998, se publica convocatoria para la provisión por concurso-oposición de una plaza de Subalterno-Peón de Servicios Múltiples para el Ayuntamiento de Olite, cuyas bases declara conocer y aceptar expresamente.

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Por lo expuesto,

Solicita se sirva admitir la presente instancia y en su virtud ser admitido a la convocatoria para al provisión mediante consurso-oposición de un puesto de Empleado de Servicios Múltiples.

Olite, a ...... de ............... de 199....

(Firma)

SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL M.I. AYUNTAMIENTO DE OLITE.

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